Propuesta al liderazgo nacional dominicano

Al presidente de la República, a los legisladores y líderes políticos, a las jerarquías religiosas, a las organizaciones sociales, especialmente a las de mujeres, y a los forjadores de la opinión pública 

Como buen observador del acontecer dominicano que pretendo ser,  deseo proponer una fórmula que permita superar  el empantanamiento en que se encuentra el proyecto de Código Penal que se discute desde hace muchos años, a causa de las diferencias sobre la procedencia de despenalizar la interrupción del aborto en tres causales o circunstancias excepcionales.

            La propuesta está motivada en la necesidad de que el liderazgo nacional ofrezca una demostración de capacidad de concertación y transacción, en un asunto que a fin de cuentas no conlleva ninguna obligación, ni imposición o contribución para persona alguna, y que se ha establecido en más del 90 por ciento de las naciones.

Es sabido de todos que el Gobierno está obligado, legal y operacionalmente, a promover un pacto fiscal que contenga el camino a la insostenibilidad financiera en que se encuentra el país desde hace varios años, agravado por los enormes gastos que ha conllevado la pandemia del Covid-19 y sus consecuencias económico-sociales.

El presidente LuisAbinader acaba de anunciar la convocatoria a buscar consenso para ese pacto fiscal y para otras reformas, inclusive constitucionales, que requiere la nación.

Si no podemos lograr acuerdo en algo que no impone nada a nadie, hay razones para temer que mucho menos lo alcanzaremos en materias que como la fiscal que deberá conllevar significativos sacrificios para la ciudadanía, y especialmente para los sectores de mayores recursos y por ello de granincidencia en el debate nacional. Como también implicará limitaciones del gasto, de consecuencias políticas para los gobernantes. 

La concertación sobre la tres causales, o excepciones para permitir la interrupción de un embarazo, es también pertinente para superar la división que sobre el particular afecta a los legisladores, al gobierno, a la opinión pública y hasta a las mismas iglesias que proclaman a rajatablas la sanción del aborto en todas las circunstancias, aunque  muchos militantes y creyenteslas aceptan, al igual que varias concepciones religiosas.

Vistas las consideraciones anteriores, y las objeciones de todos conocidas, me permito proponer que se incluyan las tres excepciones a la penalización de la interrupción del aborto en el Código Penal bajo las siguientes condiciones:

1.- Compromiso del gobierno y los legisladores de no favorecer la extensión de la despenalización bajo otras circunstancias.

2.- Que sólo se pueda interrumpir un embarazo antes de doce semanas de la concepción.

3.- Que en cada hospital y clínica se establezca un comité de tres médicos, o de bioética, encabezados por el director del centro, que determine la procedencia de la interrupción en el tiempo y la autorice cuando  se compruebe clínicamente que corra peligro la vida de la madre o que el ser en gestación sea inviable. También cuando haya constancia legal de que el embarazo, fruto de violación o incesto, haya sido previamente denunciado ante la autoridad correspondiente.

            4.- Que el gobierno se comprometa a establecer en cada centro de salud un cartel contentivo del principio del valor de la vida humana desde la concepción.

Ciudadano Juan Bolívar Díaz

Madrid, 22 de agosto del 2021.-

Necesitamos un acto de contrición

Por Juan Bolívar Díaz
embarazo

Si alguna vez negué a alguien el derecho a la libre expresión o condené a alguna persona por sostener convicciones fruto de su honrada concepción de la vida, tengo que hacer un acto de contrición. Durante ya más de medio siglo, desde que era un dirigente laico católico, he escrito artículos y he disertado con absoluta libertad, y he militado en la pluralidad y la diversidad como esencia de la comunicación y la condición humana.

Por esas y otras razones defiendo el derecho a la expresión de los que por convicción religiosa consideran abominable y pecado mortal toda interrupción de un embarazo, sin importar circunstancias, sin la menor concesión a los derechos y la dignidad de la mujer, a la que se le obliga a ofrendar su propia vida y generar orfandades y viudez en aras de un proyecto de vida muchas veces iniciado con violencia sobre su alma y cuerpo.

Respeto la convicción de quienes sostienen que desde que un espermatozoide y una célula madre se unen, ese accidente adquiere supremacía sobre la portadora, aunque la gestación tenga lugar fuera del útero, deviniendo en lo que se denomina embarazo ectópico. Más aún cuando se trata de pastores con responsabilidad religiosa sobre millares de fieles. Les reconozco derecho a predicar hasta que es pecaminoso utilizar recursos creados por la ciencia para evitar un embarazo no deseado, como todavía ocurre por lo menos en la Iglesia Católica. Y si sus fieles así lo aceptan en acto de libre albedrío o por convicción religiosa, ni el Estado, ni las leyes ni nadie lo pueden disputar.

Pero nunca he podido entender que algunos pastores no tengan el mismo respeto y consideración por la inmensa mayoría de la población humana que acepta los anticonceptivos y hasta la interrupción del embarazo por lo menos cuando ha sido impuesto a la fuerza, física, moral y espiritualmente traumático, cuando pone en peligro la vida de la madre o si el feto en gestación se demuestra inviable.

La prevención del embarazo, por cualquier medio, es ya más que universal y las excepciones para su interrupción están consagradas en más de 190 de los 200 países del mundo, aunque muchas iglesias siguen manteniendo objeciones que no comparten la inmensa mayoría de sus propios fieles, como han demostrado investigaciones científicas.
Aunque también hay que consignar que numerosas iglesias evangélicas, como la Anglicana o Episcopal, hace tiempo que aceptan todos los métodos de planificación familiar, y la interrupción del embarazo en las tres circunstancias en disputa en nuestro país. Igual la mayor parte de los religiosos auténticos que conozco, de ambos sexos.

Lo inaceptable es que quienes se aferran al pecado absoluto quieran imponer su concepción a toda la sociedad apelando al chantaje sobre políticos y legisladores y que estos se dobleguen en la mayoría de los casos sin ninguna convicción religiosa ni científica, por simple oportunismo político de buscar la gracia de los jerarcas obligados a defender dogmas. Todavía en Filipinas la Iglesia Católica obstruye la institución del divorcio y los políticos siguen discutiéndolo. En Chile los obispos católicos impidieron hasta el 2004 que se legislara para permitir el divorcio, que desde luego los ricos conseguían.

Creo que nadie pretende obligar a utilizar anticonceptivos ni a ningún género de aborto, aún con un embarazo peligroso, inviable o fruto de una violación. Pero tampoco se debe encarcelar a una madre que defienda su vida y su dignidad, ni obligarla al peligroso aborto clandestino, lo que solo sufren las mujeres pobres, que van a hospitales públicos, pues todos sabemos que las acomodadas y ricas lo hacen en las clínicas privadas o viajan a países vecinos donde el aborto es absolutamente libre.

El debate chantajista que ha predominado en el país sobre este asunto es indigno de los que tenemos firmes convicciones religiosas y filosóficas. Yo le daría todo mi apoyo, ternura y comprensión a una niña traumatizada que no acepte la criminal violación de su dignidad, y a la madre que no quiera jugarse la vida por un embarazo improcedente o inviable. Necesitamos un acto colectivo de contrición por este penoso debate.

TC: Otra ratificación del relajo institucional

Por Juan Bolívar Díaz

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La sentencia del Tribunal Constitucional (TC) anunciada esta semana que anula el Código Penal promulgado hace un año es una nueva certificación del relajo institucional que se ha impuesto en el país y que mantiene en capilla ardiente al sistema judicial, subordinado a los intereses coyunturales y las luchas grupales del poder político.

No han podido encontrar una brecha para salir del escándalo en que está sumida la justicia y el Ministerio Público, cuando se certifica que el Congreso Nacional y el Poder Ejecutivo promulgaron el Código Penal sin la aprobación definitiva del Senado, violando flagrantemente la Constitución de la República, a pesar de oportunas advertencias.

Anulado el Código Penal. La mayoría de los medios y comentaristas se han quedado en la superficialidad ante el Comunicado del 2 de diciembre de que el TC acogió las acciones de inconstitucionalidad de tres entidades sociales contra la ley 550-14 de diciembre del 2014 que instituyó un nuevo Código Penal, discutido durante dos décadas y objeto de incontables sesiones y consensos dentro y fuera del Congreso Nacional.

La anulación del nuevo Código Penal y el restablecimiento del de 1884, no pudo ser por los cuatro artículos objetados, del 107 al 110, sobre casos de despenalización del aborto, que podían haber dejado sin efecto salvando los otros 391 de los 395 artículos de una de las piezas legislativas más complejas, que deroga 47 leyes, un decreto-ley, una orden ejecutiva y una resolución emitidas a lo largo de 130 años, entre el 1884 y el 2014.

El comunicado 61/15 del TC es muy parco en la información referente al Código Penal, dejando pendiente la publicación del texto de la sentencia, pero es obvio que se han acogido los argumentos de los recurrentes que también fundamentaban su pedido de nulidad por la forma en que fue aprobada la ley, sin la ratificación del Senado, tras unas observaciones presidenciales al proyecto original, solo conocidas por la Cámara de Diputados, y que instituciones, juristas y analistas, calificaron de absurdo inexplicable.

Al respecto búsquese el “Tema de Hoy” del 21 de diciembre del 2014, titulado “Una chapucería legislativa de los diputados y el PLD”, cuyo resumen advertía: “El procedimiento para aprobar las observaciones presidenciales que establecen excepciones en la penalización del aborto y su promulgación sin conocerlas el Senado, exponen la legislación a una declaratoria de inconstitucionalidad”.

Insólita maroma ejecutiva. El 28 de noviembre del 2014 el presidente Danilo Medina observó la ley del Código Penal que había aprobado el Congreso penalizando por completo el aborto, y la devolvió a la Cámara de Diputados, acogiendo un clamor nacional acorde con la legislación de casi todos los países del mundo, para despenalizarlo en tres casos: cuando peligre la vida de la madre, por malformación del feto incompatible con la vida, y si hay violación o incesto.

Cadena de violaciones a los procedimientos: El presidente de la Cámara, Abel Martínez no somete a votación el texto del Ejecutivo, sino una reformulación propia, la que solo acoge la primera causal y remite las otras dos a una “futura legislación especial”. Violenta el reglamento interno, pasando por encima de la Comisión de Justicia que debía conocerlo, ignora otras propuestas y no permite debate. La aprueban por mayoría simple, cuando la ley original había sido sancionada como Orgánica, con dos tercios de los votos.

Lo más absurdo es que Martínez remite el proyecto al Poder Ejecutivo, proclamando que no necesita pasar por el Senado, a pesar de que contenía reformas a lo que esta cámara había aprobado originalmente, en clara violación de los artículos 76 y 93 de la Constitución que establecen que el Poder Legislativo lo integran dos cámaras y que a ambas corresponde “Conocer de las observaciones que el Poder Ejecutivo haga a las leyes”.

Lo peor de todo es que pese a numerosas advertencias de legisladores, expertos constitucionalistas e instituciones, el Poder Ejecutivo se apresuró a promulgar la ley sin la aprobación senatorial, el 19 de diciembre. El viernes 4, HOY, (página 4-A) informa que el Consultor Jurídico del Ejecutivo, César Pina Toribio, dijo que la anulación del código “era una situación que se podía esperar”, informando que disintió de la decisión de los diputados, pero que el presidente lo dejó al Tribunal Constitucional.

La lucha interna en el PLD. El presidente Medina tenía una solución institucional fácil ante el conflicto, que era remitir el proyecto al Senado para que este decidiera si tenía que refrendarlo o no. Con el control total de esa cámara legislativa el trámite era un “flay al cátcher”, cuestión de par de días. El Tema de HOY citado indicó que Abel Martínez “no reveló el origen de su proyecto ni si lo había consensuado con su partido o con el Poder Ejecutivo, pero en fuentes políticas se sostiene que fue fruto de acuerdo para superar la división de los dos sectores que se disputan el predominio en el Partido de la Liberación Dominicana”.

Por lo que se supo, los seguidores del presidente del PLD, Leonel Fernández, entre los cuales resaltaba Martínez, maniobraron contra las observaciones de Danilo Medina para dejarlo como “auspiciador del aborto” ante los sectores eclesiásticos más retardatarios. Y transaron con estos para violar los procedimientos, garantizándoles de esa forma que su Tribunal Constitucional se encargaría liquidar la ley. Asesores políticos habrían recomendado al Presidente salirse del conflicto dejando correr la bola.

De esa forma, todo un Código Penal fruto de 20 años de discusiones y que actualizaría otro que data de 130 años, queda sin efecto, víctima de la lucha interna y las maniobras politiqueras en contubernio con poderes tradicionales que frenan la actualización de la sociedad dominicana. Por eso hay sectores que solo resaltan la anulación de los cuatro artículos que racionalizan y humanizan la penalización del aborto. Será bien difícil que la ley sea conocida antes de las elecciones, pues reeditaría la polémica sobre el aborto.

Temen salida política. La lucha de poderes en el PLD se advierte también en la crisis judicial, que envuelve a figuras como el presidente de la Suprema Corte de Justicia, Mariano Germán, y el exprocurador General Radhamés Jiménez, vinculados al doctor Leonel Fernández, a quienes casi se les ha responsabilizado de las operaciones de la banda denunciada por Francisco Domínguez Brito, también dirigente del partido oficial.

Las diligencias para ventilar el escándalo se centraban esta semana en la jueza Awilda Reyes, por las escandalosas sentencias relacionadas con el narcotraficante Arturo del Tiempo, con la quiebra del Banco Peravia, y la libertad del regidor Ericcson de los Santos, acusado de crímenes mediante sicariato. Los dos últimos vinculados al presidente del PRD, que pactó para apoyar la reelección del presidente Medina.

Se allanó la residencia de la jueza Reyes, pero el viernes se desmintió que se hubiese hecho lo mismo con la del renunciante juez Francisco Arias Valera, aunque este fue señalado como cabecilla de la banda judicial en su calidad de miembro del Consejo del Poder Judicial y ella denuncia como quien “le transmitía órdenes superiores”. No faltan quienes expresan temor de que todo quede en otra reducción del poder del expresidente Fernández, ahora en los partidarizados órganos judiciales, en beneficio del nuevo líder peledeísta Danilo Medina. Se confía que el bullicio navideño relegue la crisis al olvido.

Una chapucería legislativa de los diputados y el PLD

Por Juan Bolívar Díaz
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No hay explicación racional para que no pasara por el Senado, como dispone la Constitución y la práctica tradicional, la aprobación de las observaciones presidenciales que procuran establecer excepciones en la penalización del aborto, dejando esa legislación en riesgo de ser declarada inconstitucional.

Tal como han sostenido expertos constitucionalistas, diversas organizaciones y algunos legisladores, la Cámara de Diputados violó preceptos constitucionales y reglamentarios para despachar atropelladamente el Código Penal reformado con una chapucería legislativa, a sabiendas de que poderosos sectores objetarán la ley.

Atropello legislativo. Como por arte de magia, el presidente de la Cámara de Diputados, Abel Martínez, se sacó de la manga un proyecto de modificación a las observaciones presidenciales y lo hizo aprobar atropelladamente para luego enviarlo al Poder Ejecutivo, desconociendo la facultad del Senado, y para colmo el presidente Danilo Medina lo promulgó horas después.

No se ha entendido el objeto de tanta prisa y poca ponderación, sobre todo ante una legislación tan polémica que de antemano algunos sectores ya habían amenazado con procurar su anulación ante el Tribunal Constitucional.

El debate hubiese permitido una mayor votación porque la confusión y el procedimiento fue rechazado hasta por legisladoras tan partidarias de la despenalización parcial del aborto, como Guadalupe Valdez y Minou Tavárez Mirabal, que no aprobaron el proyecto.

Tal como señaló la Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus), el presidente de la Cámara incurrió en varias violaciones a su reglamento interno: pasó por encima de la Comisión de Justicia, a la que se había encomendado el estudio de las observaciones presidenciales, no permitió el debate de su propuesta, ignoró la disposición que le manda dejar la conducción de la sesión en manos de la vicepresidencia cuando se conozca un proyecto propio, y ante las objeciones no consultó al plenario.

Se adiciona el hecho de que Martínez ignoró por completo el proyecto que en la sesión anterior había sometido la diputada Guadalupe Valdez para convertir en ley las observaciones presidenciales al Código Penal, violentando su derecho como legisladora. Lo mismo que ocurrió con otros que pretendían se les permitiera referirse al asunto.

Una acogida parcial. En realidad, lo aprobado el martes 16 por los diputados fue sólo una parte de las observaciones del Poder Ejecutivo. Lo que se sometió a votación no fueron las observaciones formuladas, sino un proyecto que las modifica, acogiéndolas parcialmente. Abel Martínez obvió la obligación de someter a votación separada si se acogían las observaciones y en cambio presentó y sometió a votación su propio proyecto, sobre el que algunos votaron no, pese a que eran partidarios de acoger las observaciones.

Es clarísimo que el Presidente pidió exceptuar de sanciones penales el aborto en tres circunstancias: cuando peligra la vida de la madre, en caso de violación o incesto y cuando el feto en formación tiene “malformaciones incompatibles con la vida”. Sólo se aprobó la primera. Las otras dos excepciones fueron remitidas a una “ley especial”, sin siquiera plazo para ser presentada o aprobada, lo que modifica las observaciones presidenciales.

Martínez no reveló el origen de su proyecto, ni si lo había consensuado con su partido o con el Poder Ejecutivo, pero en fuentes políticas se sostiene que fue fruto de acuerdo para superar la división de los dos sectores que se disputan el predominio en el Partido de la Liberación Dominicana, incluyendo a altos funcionarios del gobierno. Lo aprobado reenvía el debate probablemente a “las calendas griegas”, como planteó la Alianza por la Democracia, que sostiene que en este caso pasó igual que con la ley 169-14 “donde los acuerdos de aposento y el temor primaron sobre el interés de la nación y lo verdaderamente justo”. En este caso la ley ha sido vulnerada ya que seis meses después a la gran mayoría de los desnacionalizados no se les han devuelto sus documentos.

De dos tercios a la mitad. En la misma aprobación de la Cámara Baja hubo una irregularidad que puede ser objeto de inconstitucionalidad. Ha habido divergencias en cuanto a si el Código Penal puede ser considerado una ley orgánica. Pero el hecho incontrovertible es que para la aprobación del proyecto que luego observó el Presidente, se estableció los dos tercios.

El artículo 112 de la Constitución establece que “Las leyes orgánicas son aquellas que por su naturaleza regulan los derechos fundamentales”… Y precisa que para su aprobación o modificación requerirán del voto favorable de las dos terceras partes de los presentes en ambas cámaras”. Se considera que el derecho a la vida de la madre o del feto, es fundamental.

Copias del “Protocolo de Votación” de las sesiones del 1 de abril y el 18 de noviembre, en las que se aprobó el código indican arriba “Tipo de mayoría” 2/3 Presentes”, mientras la del martes 16 de diciembre indica “1/2 presentes+”. Eso significa que una mayoría simple modificó cuatro artículos de un código para el cual se había requerido dos terceras partes. En la sesión de abril 126 votaron a favor, 7 se abstuvieron y ninguno en contra. La de noviembre 132 a favor, 3 en contra y 11 abstenciones. En la de diciembre 93 aprobaron, 66 en contra y 12 no votaron. Como se puede observar en las dos primeras sesiones la aprobación superó el 90 por ciento y en la última el 58 por ciento.

Se volaron el Senado. También ha habido divergencias en cuanto a si la modificación al código penal introducida por la Cámara de Diputados tenía que pasar por el Senado. El primero en considerar que era innecesario fue el presidente de la Cámara, lo que aceptó el Ejecutivo.

La única forma en que se podría prescindir del Senado, es si los diputados hubiesen rechazado las observaciones presidenciales, porque en ese caso estaban ratificando lo ya aprobado por los senadores y porque la desestimación de cualquiera de las dos cámaras liquida las sugerencias presidenciales. Es lo que ha predominado en la práctica legislativa.

Pero aún si los diputados hubiesen acogido las tres propuestas presidenciales de excepciones a la penalización del aborto, tenían que remitirlas al Senado para que lo hiciera también. Con más razón cuando a su vez se modificaron las observaciones. En pocas palabras: se ha convertido en ley un texto sólo de los diputados, diferente al aprobado por los senadores, que trata de exceptuar la penalización del aborto si es para salvar la vida de la madre, y que dispone una ley especial para las otras dos causales.

El experto constitucionalista Cristóbal Rodríguez lo fundamenta: “la observación presidencial, si es acogida, tiene como consecuencia la incorporación de nuevos contenidos a la ley. Nuevos contenidos que, por serlo, no han sido conocidos ni sancionados por la otra cámara. En un sistema bicameral no puede haber ninguna disposición legal que no haya sido debidamente sancionada por las dos cámaras. Está en la índole del bicameralismo que el contenido de la legislación a la que los ciudadanos y los órganos del poder público deben obediencia sea el resultado de un proceso de deliberación que debe producirse en ambos hemiciclos respecto de su contenido total”.

Rodríguez cita los artículos 76 y 93 de la Constitución que establecen que el Poder Legislativo se ejerce por dos cámaras, y que corresponde al Congreso Nacional (ambas cámaras) “Conocer de las observaciones que el Poder Ejecutivo haga a las leyes”.

 

En aras de la desigualdad

Por Juan Bolívar Díaz
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Si toda esa energía que han desplegado hombres de iglesia en las últimas semanas para que se penalice con cárcel a toda mujer o médico que interrumpa un aborto aún en peligro de muerte de la madre, se invirtiera para promover realmente la vida de los dominicanos más vulnerables y desprotegidos, estaríamos ante una verdadera cruzada de amor. Y digo hombres conscientemente, porque las mujeres de las iglesias están en este debate como las han mantenido siempre, a medias, casi escondidas, como ciudadanas de segunda categoría, sometidas al sabio magisterio masculino.

Es que las iglesias, relevantemente las del mundo islámico y católico, no han podido trascender la concepción y cultura machista primitiva de la subordinación de la mujer, justificada apenas como receptáculo del desahogo sexual para la concepción y preservación de la especie. Ese es su penoso destino, El vergonzoso sexo sólo se justifica para la procreación, y si el hijo de Dios habría de venir al mundo, tuvo que nacer de una virgen, incontaminado. Quiso ser uno más entre los humanos y padecer y morir por las vilezas de los hombres, pero de ninguna forma igualarse en el pecaminoso origen de la vida.

Es comprensible que muchos no hayan podido liberarse de los atavismos culturales milenarios. Pero penoso que no comprendan que su cruzada solo sirve para reafirmar la profunda desigualdad que sufren la mayoría de las mujeres dominicanas, en una de las sociedades más inequitativas del continente, líder en crecimiento excluyente, como certifican todos los estudios, desde las Naciones Unidas al Banco Mundial.

Podrían concentrar su atención en predicarle la abstención absoluta del aborto a sus propias feligreses, sin intentar imponérselo a toda la sociedad, porque deberían saber que creyentes y no creyentes apelan por decenas de miles cada año a interrumpir el embarazo, de manera muy desigual: las de clases medias y altas con asistencia de primera en consultorios y clínicas, en el país y en el extranjero, porque hasta en el vecindario esa práctica está despenalizada; pero la mayoría, las mujeres pobres y cuasi pobres, tiene que acudir a los curanderos y automedicación para llegar a los hospitales desangrándose y obligar a una atención que de lo contrario se les negaría en aras de la ley.

Podemos apostar que el cien por ciento de las mujeres no quieren tener que abortar, y en la mayoría de los casos, son víctimas de embarazos no deseados o inconvenientes, por ignorancia; porque iglesias poderosas impiden que se imparta educación sexual en las escuelas, a lo que se pliegan por simple oportunismo la mayoría de los agentes políticos; porque además impiden que el Estado les facilite anticonceptivos, los que todavía no se pueden vender en la red de farmacias estatales.

Se embarazan a destiempo, somos líderes también en embarazos de niñas y adolescentes, por violación e incesto incentivados por las condiciones de hacinamiento en que viven, por su extrema vulnerabilidad y dependencia de los arrebatos machistas.

Todos esos religiosos deberían empeñar sus energías en luchar por la vida de mujeres, niños y niñas pobres, para eliminar las condiciones que generan el aborto. Llegar al extremo de negarlo absolutamente, aún cuando esté en riesgo la vida de una madre, casi siempre con otros hijos, no es una efectiva campaña por la vida, sino por la muerte.

Esa campaña es en aras de la desigualdad. Porque mujeres de clase media y alta que quieran salvar su vida o su dignidad tras una violación o por una deformación del feto, van a encontrar un médico de confianza que le ayude. Pretenden imponer una legislación para las más pobres y desprotegidas. Que por cierto seguirán utilizando los métodos primitivos, aún corriendo el riesgo de la muerte, porque están conscientes de que esa penalización es inútil, por lo difícil que resultaría probarle el pecado-delito y encarcelarlas. ¿No está el aborto prohibido absolutamente? ¿Y cuántas sentencias se han pronunciado?

 

Es de derechos humanos, no de dogmas religiosos

Por Juan Bolívar Díaz
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Al conocer la petición del presidente Danilo Medina de despenalizar el aborto en tres circunstancias específicas, el Congreso Nacional afronta el desafío de legislar para todos y en función del Estado de derechos, evadiendo las presiones de las iglesias que quieren imponer sus creencias y dogmas religiosos a toda la sociedad.

Nadie debe desconocer el derecho de los religiosos a predicar sus dogmas y hasta a reclamarle acatamiento a sus fieles, pero no pueden pretender que el Estado obligue a toda la ciudadanía a aceptar planteamientos que han sido rechazados en casi todos los países y mucho menos bajo amenazas inquisitoriales de condena eterna.

Valentía de Danilo. Fue un acto de valentía del presidente Danilo Medina el haber observado los artículos del Código Penal recién aprobado por el Congreso en los cuales se penaliza el aborto sin hacer excepción de circunstancias en que esté en juego la vida y la dignidad de la madre, en contradicción con dogmas sustentados por el poder fáctico religioso.

La comunicación con la que el mandatario devolvió al Congreso el nuevo Código Penal es específica y, contrario a lo que se ha querido presentar en obvia manipulación, no está abogando por el aborto ni por “una cultura de muerte”, sino por derechos de las mujeres y respeto a la vida y la diversidad, instituidos en la Constitución de la República y en numerosos tratados internacionales.

El documento presidencial plantea que la complejidad de la infracción relativa a la interrupción del embarazo, en la que entra en juego la vida de la madre, “exige ineludiblemente hacer explícitos los supuestos excepcionales en los que debe prevalecer el derecho fundamental a la vida de la mujer embarazada, o el derecho al respeto de su dignidad humana y de su integridad psíquica y moral, resguardándose al mismo tiempo también la seguridad jurídica de quienes tienen la obligación de brindar asistencia médica”.

Los argumentos de la observación se resumen en que “lo más justo, equilibrado y acorde con el espíritu de protección de derechos y humanidad que debe regir al Estado sería equiparar nuestra legislación con la mayoría de los países del mundo, que permite la interrupción del embarazo, cuando sea practicada por personal médico especializado, en establecimientos de salud, públicos o privados, dentro de los plazos que se consideren de lugar y sólo en tres supuestos debidamente fundamentados: cuando la vida de la madre corre peligro, cuando la madre ha sido víctima de violación o incesto, o cuando el feto tenga malformaciones incompatibles con la vida”.

Dogmas ya superados. Las iglesias dominicanas, amparadas en el atraso y en el oportunismo político, insisten en batallas hace tiempo perdidas en casi todo el mundo. Estudios internacionales documentan que sólo en el estado del Vaticano y en Malta, Chile, El Salvador, Nicaragua y República Dominicana, se mantiene la prohibición absoluta del aborto. En 47 países, Europa, Australia, Estados Unidos y Canadá, se autoriza en general, y en otros 145 cuando peligra la “salud física o psíquica” de la madre, y en caso de violación e incesto.

Hasta el siglo pasado el dogmatismo religioso impuso a toda la sociedad la también “indisolubilidad del matrimonio” y se estigmatizó a los que por todo el mundo legalizaban el divorcio. En Chile, último en el continente, eso ocurrió hace apenas 10 años, con la oposición de la Iglesia Católica. Hoy sólo en la católica Filipinas está prohibido el divorcio, “por mandato divino”. Todavía se oponen a que el Estado eduque y proporcione a los pobres preservativos para planificar su familia y evitar embarazos no deseados.

Es imposible citar los innumerables tratados y documentos internacionales y de las asociaciones nacionales que legitiman los derechos a la vida y la dignidad de la mujer, subordinando los embarazos que atenten contra ellas. Pero es imprescindible citar la respuesta que ha dado a los dogmáticos el vocero del Gobierno, Roberto Rodríguez Marchena: “Ninguna ley puede obligar a una mujer embarazada a morir cuando gracias a la ciencia médica puede vivir, ninguna ley puede obligar a una mujer a parirle un hijo al delincuente que la violó, ninguna ley puede impedir a un médico mantener viva a una mujer embarazada que podría morir”.

El derecho a la prédica. Aunque muchos dogmas religiosos, en contradicción con la ciencia y el desarrollo social, son rechazados por fieles creyentes, los pastores tienen derecho a proclamarlos. No hay que ser ateo para rechazarlos, porque hasta entre los teólogos hay disensiones. Al final del Concilio Vaticano II, Paulo VI creó una comisión pontificia sobre planificación familiar que concluyó aprobando los anticonceptivos, pero medio siglo después, la doctrina sigue invariable, aunque las encuestas indican que más del 80 por ciento de los católicos los usan.

Los predicadores podrían tener éxito en que una parte de sus fieles acepten subordinar la vida de la mujer, de la madre, a menudo con otros hijos pequeños, y de la esposa, a un embarazo inviable como el ectópico, o cargar y dar a luz una criatura con deformidades incompatibles con la vida. Podrán lograr incluso que algunas acepten el fruto de la violencia, pero no pueden imponerlo a quien crea lo contrario.

Es frecuente que muchos creyentes de todos los niveles sociales apelen a la interrupción del embarazo en esas circunstancias, con el apoyo de sus médicos, y cuando no encuentren posibilidad de hacerlo en el país, viajarán muy cerca (a Puerto Rico o Florida) para que les practiquen el aborto. Muy pocos creerán que es un mandato divino aceptar que una niña violada, embarazada y traumatizada tenga que cargar toda su vida con el fruto de ese crimen. Menos aún que manden a la cárcel a una que prefiera abortarlo.

Es terriblemente contradictorio que los fundamentalistas antiabortistas acepten que un policía decida él solo matar a un delincuente en las calles, sin mayor oportunidad de vida, por el solo hecho de sentirse amenazado. “Derecho a la defensa” que niegan a la mujer y a la ciencia médica. Con silencio y hasta justificación eclesial en 20 años la Policía ha dado muerte a unos 4 mil jóvenes pobres, delincuentes y presuntos delincuentes como el padre José Tineo.

Políticas de salud pública. Es un maniqueísmo pretender que si el Estado respeta derechos y conciencias está promoviéndo la promiscuidad sexual. La educación y los preservativos son cuestiones universales de las políticas de salud, y en vez de promover el aborto podrían reducirlo, ya que en los hospitales se cuentan por decenas de miles cada año. Las más ignorantes, pobres e indigentes llegan y mueren por las complicaciones de métodos primitivos.

Esas políticas son más urgentes en un país que lidera el continente en embarazos de niñas y adolescentes, muchos por violación o incesto, y con una de la más altas tasas de mortalidad materno-infantil. Ahora que el presidente Medina ha tenido la valentía de defender el interés social por encima de dogmas, se debe esperar es que el debate sea respetuoso, argumentativo, abierto a la pluralidad, sin el chantaje de las excomuniones o las condenas eternas que tantas ignominias han producido en la historia de la humanidad.

Posiciones absolutistas

La Conferencia del Episcopado Dominicano y diversos voceros, así como el Consejo de Unidad Evangélica (CODUE) y otros sectores religiosos abogan por la posición absolutista, según la cual desde que dos células se unen nada puede separarlas. Se amparan en el artículo 37 de la Constitución, donde lograron consagrar la inviolabilidad de la vida “desde la concepción hasta la muerte”.

Sostienen que la “legalización del aborto es dictar pena de muerte”, como si se estuviera promoviendo todo tipo de aborto. Dicen que aún en peligro de muerte, tanto la madre como el médico deben procurar “salvar las dos vidas”, sin reconocer excepciones en las que solo hay una vida real, como cuando el desarrollo del feto es inviable o trae graves deformaciones.

Como ejemplo suficiente está el llamado embarazo ectópico, cuando la fertilización se produce fuera del útero, mayormente en la trompa de la mujer; ese proyecto de ser humano es absolutamente inviable, no puede desarrollarse ahí ni trasplantarse al útero. Su único destino es estallar en un desangramiento, que mientras más se dilate será más riesgoso para la madre con graves complicaciones de salud y hasta la muerte. Eso no es religioso, sino científico, de políticas públicas.
Practicar el aborto cuando “la criatura tenga malformaciones”, es para esas iglesias “condenar a muerte a una vida indefensa e inocente”. Ignoran o manipulan el argumento presidencial, que se refiere a “malformaciones incompatibles con la vida”. Lo mismo rechaza la suspensión del embarazo cuando sea fruto de una violación o incesto, defendiendo el derecho de un ser en formación, pero ignorando el de la madre traumatizada por el implante de un germen a la fuerza.

 

Reparemos las ventanas rotas

Por Juan Bolívar Díaz

Los tantos que creen que el auge de la criminalidad y la consiguiente inseguridad en el país se deben al “garantista” código procesal penal, o a que la pena máxima está limitada a 30 años de prisión, deben leer acerca de la “teoría de las ventanas rotas”, desarrollada por dos cientistas sociales norteamericanos, James Wilson y George Kelling, en los años ochenta cuando Nueva York estaba asediada por el crimen.

 Comenzó en el sistema de transporte subterráneo que era el lugar más inseguro de aquella ciudad. Los cientistas siguieron los experimentos del profesor Phillip Zimbardo, de la Universidad de California, que había originado la teoría de que si se rompe el vidrio de una ventana en un edificio y no se repara, pronto la gente lo verá como normal, se romperán otros y pronto el edificio devendrá en una ruina.

 Hacía años que el Metro newyorkino era una ruina con enormes pérdidas. Sucios, ruidosos y malolientes, tanto las estaciones como los vagones. Calor horrendo en el verano y frío glacial en el invierno. Las máquinas de boletos dañadas y muchos entraban sin pagar, arrojando pérdidas. Reinaba allí la ley de la selva, por lo que la tasa de criminalidad del subterráneo duplicaba la del resto de la urbe.

 La conclusión fue brillante. Reparemos todas estas ventanas rotas para imponer un nuevo orden. No comenzaron reprimiendo ni aumentando penas, sino limpiando, pintando, cambiando vagones deteriorados por otros con aire acondicionado y calefacción, colocando nuevas máquinas, multiplicando la vigilancia con policías eficientes y bien pagados. Entonces se elevaron las multas para el que se metiera “de chivo” o ensuciara y se habilitaron estafetas para pagarlas.

El resultado fue ”milagroso”.  La gente reparó también su comportamiento y de un año a otro las tasas de criminalidad en el Metro cayeron abruptamente. Fue entonces que el alcalde Rudolph Guiliani reprodujo el método en toda la urbe y empezó a reparar ventanas, edificios y barrios enteros de la ciudad y mejoró la policía hasta establecer su autoridad. Cosechó también una extraordinaria reducción de la delincuencia y Nueva York recuperó la seguridad.

Es lo que tenemos que hacer en la República Dominicana. Reparar todas las ventanas rotas de nuestro edificio social y no perdernos en consideraciones falsas. Antes muchos creían que el auge de la delincuencia era importado de Nueva York por los dominicanos deportados, lo que logramos disipar apelando a las estadísticas. Sólo son una ínfima minoría de los delincuentes. Esta sociedad genera sus propios criminales, en su inmensa mayoría sin salir del país.

Si por dureza de penas fuera, aquí la policía ha matado cuatro o cinco  mil delincuentes y presuntos delincuentes, incluyendo muchísimos inocentes, en los últimos quince años, sin darle siquiera oportunidad a defenderse. Y la criminalidad alarma cada semana más. Son pocas las sentencias de 30 años que se dictan, por lo que el problema no está en ese límite.

Nuestra incapacidad para reparar las ventanas rotas es obvia cuando se discute si tenemos que comprar tecnología o perros amaestrados para impedir que los presos tengan celulares en las cárceles. Asumimos que no tenemos autoridad en  capacidad para lograrlo. Porque los custodios los incautan para venderlos de nuevo o alquilarlos a los mismos prisioneros. Y en vez de ampararnos en los códigos, se plantea que ignoremos las garantías que establece la misma Constitución.

Tenemos que comenzar a reparar todas las ventanas rotas del edificio social, comenzando por la Policía y las Fuerzas Armadas, a imponer la ley en las calles, a trancar siquiera una parte de la corruptocracia nacional, a respetar el patrimonio público, a reducir los signos exteriores de riqueza mal y bien habida. Si autoridades civiles y militares, gobernantes y políticos de todos los partidos son ladrones y asaltantes, no habrá razón para que los cientos de miles de jóvenes sin oportunidades respeten las reglas del juego social dominicano.