Estudio sobre la reelección y constitucionalismo en RD

Por Juan Bolívar Díaz

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En un libro de 544 páginas, puesto a circular esta semana, el exrector de la Universidad Autónoma de Santo Domingo Franklin García Fermín, realiza uno de los más amplios compendios y reflexiones sobre el crónico continuismo que ha castrado el proceso democrático en 171 años de la historia dominicana.

Se remonta a la conquista y colonización para mostrar el legado de imposición, autoritarismo caudillista y presidencialismo continuista que todavía caracterizan la sociedad dominicana con una democracia en ciernes y grandes precariedades institucionales.

Herencia de la España feudal

La obra comienza por la violenta imposición de la conquista y colonia de la España feudal de los siglos 15 y 16 que arraiga el autoritarismo y sumisión, que serían la base para el desarrollo del presidencialismo y el continuismo crónico, acomodando sistemáticamente la Constitución a los intereses de cada gobernante. Para llegar a los antecedentes históricos del Estado Dominicano considera necesario un estudio de los tres siglos de colonización, del 1,500 al 1,800.

“Aquí el hombre europeo ensayó todos los métodos de dominación que mente humana conocía: encomiendas, repartimientos, reducciones, mitas, esclavitud, trata negrera y factorías colombinas”. Luego agrega que “El Estado dominicano está cimentado, desde su nacimiento, sobre una estructura autoritaria y una cultura caudillista que como fenómeno político tiene sus raíces en una estructura de poder colonial española y 22 años de dominación haitiana, así como en una legislación constitucional que ha perpetuado el predominio personal por encima de las instituciones”.

La imposición de un sistema basado en el exterminio de una raza, en la explotación de las riquezas y la esclavitud, no puede dejar como herencia ideológica, menos que conductas autoritarias y caudillezcas, sostiene.

Fracaso de los Trinitarios

El libro conformó la tesis doctoral de García Fermín en la Universidad del País Vasco, aprobada a unanimidad y cum laude en el 2003, con un adéndum de actualización. Conduce por los vericuetos de la conformación del ser dominicano, con unos sectores dominantes sumisos a la corona, que no asumen el ideal independentista, ni se resignan al abandono de la madre patria y originan una España Boba, y que tras dos décadas de la creación del Estado independiente, se decantan por una reanexión.

García Fermín plantea que las relaciones de producción esclavista feudal del hato, determinan que Juan Pablo Duarte y los Trinitarios, expresión de la liberalidad pequeño burguesa, fueran descartados como jefes de la naciente República, que quedaría bajo control de los hateros atrasados, movidos más por el rechazo a los haitianos que por sentimiento patriótico, que persistirían en buscar un protectorado, fuere francés, inglés o norteamericano, y que finalmente retornarían a los brazos de la madre patria irresponsable.

“Los inspiradores de la gesta liberadora dominicana estaban imbuidos por las ideas más avanzadas del liberalismo que pregonaban los principios igualitarios consagrados en la Declaración Universal de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, de 1789; sin embargo se impuso el autoritarismo sostenido por los sectores más atrasados y conservadores, encabezados por el sector de los hateros”.

Las 39 constituciones

El capítulo 2 compendia las constituciones dominicanas, que ya suman 39, comenzando por resaltar que desde la fundacional los poderes militares y caudillistas, reclaman y obtienen poderes que limitan la democracia y la participación, citando el artículo 210 de la Constitución del 1844, fruto de la “persuasión” de los constituyentes por las tropas del general Pedro Santana.

Ahí nació también el continuismo, indicando que Santana y Buenaventura Báez gobernaron cada uno en cinco ocasiones aunque la reelección no fue instituida hasta 1972, en lo que denomina como “caudillismo constitucional” mantenido hasta el presente.

García Fermín repasa todas las constituciones dominicanas, por lo menos una por cada gobernante que logró mantenerse en el poder siquiera un año. Hubo reformas en marzo de 1874 y de 1875, y en mayo de 1877 y 1878, y 9 meses después, en febrero de 1879, así como en mayo de 1880. En años consecutivos se instituyeron constituciones también en 1907 y 1908. Entre 1874 y 1887 cuenta 18 gobiernos y 8 reformas constitucionales. A 11 días de publicada la Constitución de 1907, Ramón Cáceres convocó la del 1908 que extendió el periodo presidencial a 6 años. No los disfrutó porque lo mataron en el 1911, y volvieron los gobiernos efímeros, siete hasta el 2014.

El legado norteamericano

García Fermín documenta que las luchas de caudillos, el relajo constitucional y la inestabilidad, condujeron a la ocupación norteamericana de 1916-24, que en vez de legar instituciones democráticas, dejaría a Rafael Trujillo como jefe militar del país, para hacerse con el poder en 1930, ayudado por la ambición continuista de Horacio Vásquez, y tiranizar la sociedad durante 31 años.

Durante la dictadura de Trujillo hubo 7 reformas constitucionales, tres en sus últimos tres años, dos de ellas en cinco meses del 1960. Resalta como Trujillo comenzó rechazando la reelección presidencial, para quedarse en dominio del poder durante tres décadas. Así comenzarían también Joaquín Balaguer, Leonel Fernández e Hipólito Mejía, siendo éste el único de los gobernantes dominicanos que fracasó en el intento reeleccionista. Todas las reelecciones en base a la corrupción y al atropello de los valores democráticos. La transición democrática registró tres constituciones en años seguidos, de 1961 al 63, ésta última considerada la más avanzada de nuestra historia, lo que decretó el derrocamiento del presidente Juan Bosch, y tras la segunda ocupación militar norteamericana y su legado Joaquín Balaguer se registra la Constitución de más extensa vigencia del 1966 al 1994.

El dominio conservador

A lo largo de su extensa obra, García Fermín documenta el predominio del caudillismo, del autoritarismo y del conservadurismo como base del continuismo reeleccionista, lo que explica que entre Santana, Báez, Heureaux, Vásquez, Trujillo, Balaguer y Leonel Fernández hayan gobernado dos tercios de la historia de la República y los dos últimos dos terceras partes de la “etapa democrática” tras el ajusticiamiento de Trujillo.

En cambio los gobernantes que más han encarnado el liberalismo democrático de los trinitarios fundadores, como Ulises Francisco Espaillat y Gregorio Luperón en el siglo 19 y Juan Bosch en el 20, fueron efímeros en el poder.

La obra registra las frustraciones originadas en los gobiernos del PRD que no avanzaron en las reformas constitucionales para afianzar la democracia, y en los del PLD que han montado un dominio de todas las instituciones del Estado en base a la corrupción y la absorción de los partidos.

 

 

“La maldita reelección”: el desafío de tres en uno

Por Juan Bolívar Díaz

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La forma acelerada, atropellada y de reparto del Estado en que se ha manejado la reforma de la Constitución para permitir la repostulación del presidente Danilo Medina vuelve a mostrar el alto costo que ha tenido en la historia nacional la reelección fundada siempre en la corrosión de las instituciones y la compra de conciencias.

Aunque para muchos la triple alianza parece invencible, por su premura no deja de ser indicativa de debilidad, y podría reproducir aquí la avalancha de rechazo al sistema político que se vive en la región, si un frente de oposición apela a los dos tercios de la población que viene expresando insatisfacción y desconfianza en los partidos políticos.

Costo de la financiación. Aunque la reforma constitucional no contaba con suficiente apoyo ni en el propio partido de gobierno, terminó imponiéndose con repartos antidemocráticos sin precedente primero en sus propias entrañas y luego con el sistema político. Nadie podrá precisar el costo de financiación de la 39 reforma de la Constitución dominicana que comenzó doblegando a la mitad de los legisladores del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), que dejaron solo a su líder Leonel Fernández, y siguió con los 42 diputados del Partido Revolucionario Dominicano (PRD), 9 del Reformista Social Cristiano (PRSC) y 2 de los 36 del nuevo Partido Revolucionario Moderno (PRM), estos últimos en vías de expulsión.

La reforma reeleccionista de Medina no tiene precedente en la adolescente democracia dominicana, ya que nunca los tres partidos dominantes durante más de medio siglo, se habían puesto de acuerdo para constituir un frente electoral. Aún a nivel mundial es difícil encontrar una concertación parecida, a no ser en las luchas contra las tiranías, como en Chile para rescatar de Pinochet el sistema político e institucional.

El pacto reeleccionista que implica a los tres partidos comenzó por sus diputados, que lo hicieron público, arrastrando a sus dirigentes, que para no quedarse en el descalabro han tenido que plegarse. Ningún organismo del PRD o el PRSC discutió ni aprobó el acuerdo, y sus líderes, candidatos presidenciales, no lo han explicado.

En el debate en la Cámara de Diputados el vocero del PRM Nelson Arroyo responsabilizó a los ministros de Obras Públicas y Economía y al reformista Marino Collante de haberse ocupado de persuadir a sus colegas, y nadie lo enfrentó. La diputada Minou Tavárez dijo sentirse asqueada del mercado en que convirtieron el Congreso. Los votos de diputados se habrían cotizado hasta a 10 millones de pesos. Algunos líderes y senadores, recibirían otros incentivos, como asignaciones de obras públicas.

Costo para el presidente. Todo el reparto antidemocrático y las protestas que ya está generando hasta en el propio PLD, donde miles de precandidatos que habían invertido fuertes sumas en su promoción, se ven amenazados, podría generar un alto costo, más aún al conllevar el aplastamiento de un liderazgo tan fuerte como el de Leonel Fernández y seguidores.

La palabra de Danilo Medina queda devaluada, tanto que en todo el proceso no ha justificado el haber cambiado sus promesas de que solo gobernaría 4 años, para involucionar a lo que siempre se ha hecho en la historia dominicana, desde Santana, Báez y Lilís, hasta Horacio, Trujillo, Balaguer y Leonel, a quien estigmatizó por ello en el 2008.

Abundan los vídeos y las citas de Medina en la Internet, resaltando el costo económico, institucional y democrático del reeleccionismo, desde su campaña por la nominación presidencial para el 2008 cuando le “venció el Estado”, a la lucha por el poder en el 2012 y al comenzar su gobierno. En “Las Propuestas de los Candidatos” del Grupo de Comunicaciones Corripio al final de la campaña del 2012, Danilo Medina se explayó explicando por qué nunca buscaría reelegirse, tras recordar que estaba prohibido “y es muy difícil que ningún presidente pueda conseguir los votos suficientes para modificar la Constitución”. Fue tajante: “yo quiero cuatro años y nada más”.

Danilo se extendió en explicaciones sobre cómo la reelección es antidemocrática, “porque tenemos instituciones democráticas muy débiles todavía. Tal vez en los próximos 20 años, cuando tengamos un período sucesoral de cuatro o cinco gobiernos, y hayamos avanzado en el fortalecimiento de las instituciones democráticas, entonces esas instituciones estén en capacidad de soportar la reelección”. Y agregó que “los funcionarios, cuando van a un proceso de reelección, no distinguen la línea que separa los bienes públicos de los bienes partidarios, y terminan dañando la imagen de los presidentes, dañando la imagen de los partidos y dañando la economía”.

Parece que las premoniciones de Medina se están dando en el actual proceso, que ya tiene alto coto en el PLD, y que “la maldita reelección”, como abjuraba Hipólito Mejía antes de caer en la tentación de modificar la Constitución para fracasar en su persecución, amenaza con enterrar lo poco que venía quedando de los dos partidos más antiguos de la historia nacional. Y todavía faltan más de once meses para las elecciones.

Un gran desafío nacional. Aunque hay propensión a creer que ante el pacto de tres en uno no hay mucho por hacer, el mismo representa un enorme desafío para la sociedad dominicana, si acaba de fraguar la planteada “Convergencia por un Mejor País”, que tendría como base principal al PRM y su candidato Luis Abinader, configurado en las encuestas como alternativa.

Si estos se manejan con el acierto que tuvieron en sus elecciones primarias y abren un real y amplio espectro político y social, por lo menos producirían una bipolarización del proceso y trazarían una línea de Pizarro, haciendo insubstancial a todo el que quede fuera de los dos polos, y nutriéndose aún más de la disidencia que producirá el reparto antidemocrático, por ejemplo en un PRD que desde hace meses viene reduciéndose en las encuestas a menos del 5 por ciento de las preferencias.

En el país podría repetirse una coyuntura como la del 1978, de todos contra el poder absoluto, cuando todo el presupuesto nacional, y el control total de las instituciones y empresas estatales, incluyendo junta electoral, militares, policías y jueces no fue suficiente para imponer la reelección. Ahora no hay un líder opositor de las capacidades de Peña Gómez, pero una ola de indignación está relegando los partidos tradicionales en todo el continente. Empezó por Venezuela, Perú, Brasil, Bolivia, Uruguay y Ecuador, y se ha extendido a Colombia, llegando a Centro América por El Salvador. El año pasado Varela y Solís fueron electos presidentes de Panamá y Costa Rica, aunque las encuestas los situaban en tercer lugar de preferencias, desplazando a partidos tan antiguos como el tico Liberación Nacional. Y en Guatemala y Honduras las masas piden la renuncia de los presidentes, en el primero tras liquidar a la vicepresidenta y los jefes del Banco Central y la seguridad social.

Muchos creen que República Dominicana vive aislada del mundo, pero seguramente no tienen en cuenta que las encuestas registran una fuerte insatisfacción y desconfianza en los partidos políticos. La última Encuesta sobre Cultura Política de la Democracia en RD, 2012, auspiciada por reconocidas instituciones, arrojó una caída del 58 al 49 por ciento de apoyo al sistema político, solo un 37 por ciento con militancia partidista y con los partidos en el último escalón de confianza ciudadanía, 32 por ciento, por debajo hasta de la Policía, entre las 12 más importantes instituciones nacionales.

Aún con la alta aprobación que ha registrado el presidente Medina, el tres en uno conlleva riesgos.-

 

Leonel resiste y encarece el costo de la reelección

Por Juan Bolívar Díaz
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Tres semanas después que su Comité Político (CP) dispusiera una reforma constitucional para posibilitar la repostulación del presidente Danilo Medina, el Partido de la Liberación Dominicana (PLD) atraviesa por su peor crisis en sus 41 años, con niveles de encono y confrontación que hacen temer una división.

Muchos observadores estiman que como siempre en la historia nacional se impondrá el poder presidencial, sin importar el costo institucional y económico, pero los leonelistas resisten y proponen que los dos períodos presidenciales y nunca más rijan a partir del 2020, cuando Medina podría repostularse y aspirar a 8 años más de gobierno.

Confrontación al rojo vivo. A tres semanas hoy de la decisión de buscar la reforma constitucional en post de la reelección del presidente Medina, la confrontación ha alcanzado niveles críticos en el PLD, tanto que dirigentes y legisladores empiezan a temer que pueda terminar en división o en un desgarramiento que los lleve a perder el poder en las elecciones del 2016, partiendo de las posibilidades de que se conforme un frente de oposición.

La división entre danilistas y leonelistas se expande por todas partes, y en algunos casos casi a la mitad, en los organismos de dirección, entre los legisladores, articulistas y comentaristas de los medios de comunicación, partidos aliados y entidades vinculadas, y ya separa al presidente Medina y la vicepresidenta Margarita Cedeño, quien esta semana se pronunció en defensa de la Constitución y de la institucionalidad democrática.

Ya pasó una semana desde que el secretario general del PLD, Reinaldo Pared Pérez, lanzó la toalla tras su estrepitoso fracaso en convencer a la mayoría de los senadores y diputados de que acataran la decisión del CP, al declarar que sólo una reunión entre Leonel y Danilo podría resolver el conflicto, mientras se teme que se profundice la confrontación.

Indicadores de la crisis son la virtual desintegración de la comisión que encabezó Pared Pérez y que aunque el proyecto de convocatoria de la Asamblea Nacional para la reforma constitucional tiene 10 días en el Senado, y allí se anunció una “comisión especial” para estudiarlo. Luego se identificó a cinco de los nueve que la integrarán: Reinaldo Pared Pérez, Adriano Sánchez Roa, Félix Vásquez, Amable Aristy Castro y Julio César Valentín. También por denuncias de intentos de soborno llevadas hasta un tribunal y por el debate provocado por quienes advierten que la ley de convocatoria requiere dos tercios de los votos al considerarla orgánica, además de un referéndum aprobatorio.

Debieron ir al Comité Central. Dadas las dificultades por las que atraviesa el proyecto de reforma, hay quienes creen que los estrategas del reeleccionismo se precipitaron pretendiendo que bastaba la aprobación del CP, cuando era aconsejable buscar la ratificación del máximo órgano de dirección del partido, después de su Congreso, que es el Comité Central (CC), lo que la hubiese revestido de mayor legitimidad a la luz del estatuto del partido.

La razón para evadir el CC pudo haber sido que los danilistas no tienen allí la clara mayoría de 25 a 10 de que disponen en el CP. Estarían más o menos a la mitad, pero con el ilimitado poder presidencial les resultaba más fácil conquistar la diferencia en un organismo de 630 personas que entre 32 senadores y un centenar de diputados.

Melanio Pared, un dirigente fundador del PLD al margen de la confrontación, dijo el miércoles por Teleantillas que el CP “actuó con irresponsabilidad”, porque es un órgano ejecutivo del CC que es a quien corresponde una decisión de esa naturaleza. Calificó la resolución que dispone la reforma constitucional como “popularmente tentadora, políticamente conflictiva y legalmente tortuosa”. Estima que como los legisladores son parte del CC, hubiesen quedado obligados a acatar su decisión, sin poder alegar que no se les permitió opinar en una materia fundamental de su oficio.

Es cierto que tradicionalmente las decisiones del CP han sido acatadas por los legisladores, pero siempre se tomaban por consenso, por lo que nadie las podía cuestionar, y nunca para algo tan fundamental como reformar la Constitución.

La fórmula leonelista. Aunque reconocen que han perdido el apoyo de dos o tres de los 17 senadores que juraban lealtad al expresidente y de una decena de diputados, los leonelistas aseguran que aún mantienen la mitad de los legisladores del PLD, “y aún cuando nos conquisten algunos más”, serán suficientes para impedir la reforma constitucional. Pero se cree que el poder presidencial y los intereses personales y partidistas determinarían que Leonel se quede con muy pocos. Aún con todos tendrían que buscarse una veintena en la oposición para los dos tercios de la Asamblea Revisora.

El temor a la división pudiera forzar a los dos líderes peledeístas a un acuerdo para apoyar un tercero como candidato presidencial unificador, pero en la medida en que la oposición tiende a recomponerse con la emergencia de Luis Abinader, se preguntan quién pudiera encarnar el “ni tu ni yo”, dado que los demás precandidatos no pasan de un dígito en las encuestas, aunque se dice que más de uno estaría esperando ser el afortunado en ese tentativo escenario. Margarita Cedeño, tercera en las encuestas tendría un veto por esposa de Leonel, a la inversa Francisco Domínguez Brito, por el expediente contra Félix Bautista.

Los leonelistas barajan su “fórmula mágica”: no hacer quedar mal a Danilo, que aún no dice públicamente que quiere buscar la reelección, y aprobar la reforma constitucional, pero para que entre en vigor a partir del 2020; que con la alta popularidad con que Danilo terminaría, sea quien sea el que gane en el 2016, que no podrá reelegirse, tendría la seguridad de la siguiente candidatura del PLD y un casi seguro triunfo. Entonces, al entrar en vigencia el dos períodos y nunca más, podría aspirar a la reelección en el 2024.

Otra vez “la maldita reelección”. La reelección ha sido una constante desde la primera constitución dominicana en 1844 cuando Pedro Santana forzó a los constituyentes a abrirle un espacio para dos períodos y ha sido la causa principal de 38 reformas constitucionales. Por ella 7 presidentes han gobernado dos tercios de la historia republicana. Casi todos, incluyendo a los de mayor dominio, Trujillo y Balaguer, comenzaron abominando del continuismo para terminar aceptando “el clamor popular”

Parece que Danilo Medina no será una excepción. Circula en la internet el vídeo de la entrevista con el Grupo Corripio en la campaña del 2012, cuando enfatizó que gobernaría cuatro años y ni un día más y se explayó en argumentos sobre los inconvenientes de la reelección para la institucionalidad democrática, lo que repitió al comienzo de su gestión.

Hipólito Mejía estableció récord al jurar más de 20 veces que no aceptaría “la maldita reelección” siendo el único en la historia nacional que fracasó en lograrla en el primer y único intento y dividió su partido. Balaguer la perdió en el 1978, pero luego de tres períodos consecutivos. Ningún presidente que buscó la repostulación ha fracasado, pero ninguno la persiguió abiertamente sin tener el control absoluto de su propio partido. Con frecuencia ha separado al vicepresidente del presidente, como a Velásquez de Horacio y Lora de Balaguer, y podría ocurrir ahora con Cedeño de Danilo.

La reelección siempre ha condicionado la gestión gubernamental y el gasto público, y ha implicado corrupción y compra de conciencia, lo que ya se está denunciando ahora, lo cual podría implicar un costo económico e institucional para la sociedad dominicana, y también costo moral para la imagen y popularidad del presidente Medina, quien ya parece inclinado a lo que siempre se ha hecho en la historia dominicana.-

Una justicia secuestrada

Por Juan Bolívar Díaz
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Las decisiones judiciales del viernes negando la posibilidad de que el Secretario de Organización del gobernante Partido de la Liberación Dominicana, Félix Bautista, y el alcalde de San Francisco de Macorís Félix Rodríguez, y compartes, puedan ser siquiera enjuiciados, ratifica el nivel de secuestro político que se ha hecho de la justicia, uno de los poderes fundamentales de la democracia, para garantizar la impunidad en la demencial corrupción que ofende y sacude el país.

El expediente contra Félix Bautista y seis asociados, elaborado por la Procuraduría General de Persecución de la Corrupción Administrativa y sustentado por el Procurador General de la República Francisco Domínguez Brito, quedará como paradigmático en la historia nacional, por el volumen de dinero involucrado y la enorme cantidad de indicios más que suficientes para que se les abriera juicio por enriquecimiento ilícito, falsedad de escritura pública y privada, corrupción y lavado de activos. Pero ni eso es posible con una justicia secuestrada por intereses políticos y económicos.

Sus propios defensores jurídicos y políticos se encargaron de proclamar que el sometimiento judicial apuntaba contra el expresidente Leonel Fernández, quien tras proclamar su Constitución del 2010 pactó con el excandidato presidencial perredeísta Miguel Vargas Maldonado para quedarse con el control institucional de la nación: Suprema Corte de Justicia, Tribunal Constitucional, Tribunal Superior Electoral, Junta Central Electoral, además de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Municipal.

Sólo en las dictaduras, y con proyectos de dominación que se han anunciado hasta el 2044, se concibe un control total y tan concentrado de las instituciones básicas de una nación, para lo cual había que acumular una gran fortuna que garantizara el predominio sin posibilidad de que ningún juez u organismo colegiado dictaminara sobre su legitimidad.

En el caso específico de Félix Bautista, se ha documentado el manejo de entre 24 y 40 mil millones de pesos, por un entramado empresarial que confluye en un dirigente político, funcionario público y ahora senador, que al llegar al gobierno en 1996 declaró un pobre patrimonio de 547 mil pesos, y que todavía en el 2010 lo juró en 16 millones de pesos, pero que dos años después proclamaba que, si se lo otorgaban, sus empresas estaban en condiciones de asumir la total reconstrucción del Haití devastado por un terremoto, tarea que demandaba decenas de miles de millones de dólares.

Todos sabemos que el poder económico y político de Bautista no era patrimonio propio y que derivaba del presidente Fernández, quien llegó a considerarlo como un hijo, y que le autorizó maniobras del calibre del contrato con la Sun Land por 130 millones de dólares. Ya Guillermo Moreno documentó en otro memorable expediente desestimado por la justicia, que las empresas de Bautista eran financiadoras fundamentales de la Fundación Global de su jefe político, y que en sólo cinco días del 2011 le donaron 45 millones de pesos.

Por suerte el Procurador Domínguez Brito ha anunciado de inmediato que apelará los dictámenes que procuran la impunidad de los Félix y sus asociados, lo que seguirá siendo un enorme desafío para esta Suprema Corte, cuya suerte parece definitivamente en juego. Como dijo confidencialmente un magistrado, Bautista (y Leonel, agregamos) dividió y desacreditó la anterior Suprema Corte con el caso Sun Land, y podría jugar el mismo papel con la actual, ya que algunos de sus 17 integrantes no pagarán el alto costo que se les reclama por cargos en los que jugó un papel significativo el propio Félix Bautista, convertido en Senador para ampliar su blindaje.

Lo de este escogido “Viernes de Dolores” duele en lo más profundo del alma y la sensibilidad nacional, aunque fuera un palo anunciado desde que el presidente de la Corte, también asociado del expresidente Fernández, encargara la instrucción del expendiente a un juez proveniente del Comité Central del partido del que Bautista y Fernández son líderes. La esperanza es que todo este descaro sirva para romper indiferencias, silencios y complicidades.

Otro tigueraje político con la Ley de Partidos

Por Juan Bolívar Díaz
08_03_2015 HOY_DOMINGO_080315_ El País12 A

Los diputados del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) retiraron el proyecto de Ley de Partidos que habían aprobado en primera lectura no solo por el rechazo generalizado al tigueraje político, sino también porque su aprobación fue claramente inconstitucional, como le advirtió la Oficina Técnica de Revisión de la cámara baja.

El simple retiro sigue negando la aprobación de una ley objeto de múltiples consensos en los últimos 16 años, incluyendo uno reciente, y ratifica la imposición peledeísta que también evade el proyecto de ley del régimen electoral sometido por la Junta Central Electoral (JCE) tras una amplia consulta y asesoramiento internacional.

Consensos durante 16 años. La aprobación en primera lectura del proyecto de Ley de Partidos Políticos por la mayoría oficialista y sus aliados del Partido Reformista se correspondió con el tigueraje político que auspicia el presidente de la Cámara de Diputados, Abel Martínez, cuya última expresión había sido la reciente sanción del Código Penal, violando los procedimientos internos, la categoría de ley orgánica que requiere dos tercios de los votos, y sin votar las observaciones que le hizo el Poder Ejecutivo.

El proyecto aprobado con el rechazo de la oposición política desconoció un consenso a que habían llegado recientemente con otros partidos bajo la mediación eclesiástica y numerosos acuerdos al respecto logrados desde que se empezó a discutir esa ley en 1998, precisamente bajo hegemonía del PLD, en la Comisión para Reforma y Modernización del Estado en 1998-99, durante su primer período de Gobierno, ratificado en el Gobierno perredeísta por el Consejo Nacional para Reforma del Estado.

El propósito de una ley de partidos consensuada también formó parte del pacto suscrito en 2009 entre el presidente Leonel Fernández y el entonces candidato presidencial del PRD, Miguel Vargas Maldonado, y fue firmado también por el presidente Danilo Medina con la misma mediación de monseñor Agripino Núñez en la Universidad Católica Madre y Maestra. El proyecto, con diversas modificaciones, ha sido presentado al Congreso en una decena de legislaturas después de ser engavetado por el presidente Leonel Fernández en 1999. También los perredeístas evadieron su aprobación durante el período 1998-2006 cuando tuvieron mayoría en ambas cámaras legislativas durante 8 años, como ahora los peledeístas

Nuevo tigueraje político. En septiembre pasado, cuando una comisión multipartidista había alcanzado otro consenso para la ley, el PLD presentó un texto que lo disminuye y desde entonces la presidencia de la cámara trataba de imponerlo, apelando incluso a incentivos económicos, según denuncia de opositores y confidencia de un senador peledeísta opuesto a la maniobra.

El martes 3, iniciando la primera legislatura del año, tras un informe de comisión, incentivada por “el mago” Abel Martínez, y pese al rechazo de la mayoría de los diputados perredeístas y del Partido Revolucionario Moderno, los peledeístas dieron la primera aprobación. Como no disponían de las dos terceras partes de los votos, y contra lo que todo el mundo decía antes, decidieron que no es una ley orgánica y la dieron por aprobada con mayoría simple.

Para la aprobación, la mayoría peledeísta desestimó la advertencia de la Oficina Técnica de Revisión Legislativa de la propia cámara, que en un documento fundamentado había concluido: “Dado que la pieza legislativa propone la regulación del derecho fundamental a la asociación política por medio de los partidos y agrupaciones políticas, además de que la figura de los partidos políticos fue constitucionalizada, este proyecto de ley es de naturaleza orgánica y por tal motivo, el pleno de la Cámara de Diputados deberá aprobar dicha iniciativa con el voto de las dos terceras partes de los presentes, acorde como lo exige el artículo 112 antes citado”.

La Ley de Partidos es orgánica, de acuerdo al artículo constitucional citado, no solo por regular el derecho fundamental a la libre asociación y por ser un mandato expreso del artículo 216 de la Constitución, sino porque también se refiere al régimen electoral y regula el derecho ciudadano a ser postulado a cargos de elección popular, aunque estas dos últimas causales no aparecen en la opinión de la Oficina Técnica.

La necesaria transparencia. Hasta algunos legisladores peledeístas han favorecido el proyecto de Ley de Partidos consensuado, como el senador José Rafael Vargas, quien consideró esta semana que debe suponerse que “nadie pierde garantizando la transparencia”. Se refería a la supresión de artículos o frases del proyecto de ley que se refieren a la licitud del financiamiento, que disponen identificar sus fuentes y sancionan los abusos del patrimonio público, lo cual ha sido el mayor motivo de confrontación.

Instituciones sociales como Participación Ciudadana y la Fundación Institucionalidad y Justicia han participado, desde el “Diálogo Nacional” auspiciado por el PLD en 1997-98, en las discusiones y consensos sobre la Ley de Partidos y encabezan los reclamos de transparencia, equidad y sanciones de los delitos electorales, lo que ratificaron esta semana. El Consejo Nacional de la Empresa Privada, la Asociación de Jóvenes Empresarios, y otras instituciones empresariales y religiosas también han insistido recientemente en una legislación que contenga el derroche de recursos proveniente del patrimonio público y de fuentes ilícitas, incluyendo el narcotráfico.

Es relevante que los peledeístas hayan burlado el consenso nacional en momentos en que la opinión pública está impactada por las denuncias del convicto narcotraficante Quirino Ernesto Paulino de que él y otros de sus colegas financiaron con por lo menos 200 millones de pesos las actividades políticas del expresidente Leonel Fernández entre 2001 y 2004, lo que tras varias semanas no ha sido negado por el presidente del partido morado.

También llama la atención la cínica actitud del vocero peledeísta en la Cámara de Diputados, Rubén Maldonado, responsabilizando a “sectores insanos”, políticos y sociales, por el retiro del proyecto, aduciendo que la sociedad civil es “enemiga del PLD” y llegando al extremo de proclamar que “la democracia, la institucionalidad y el fortalecimiento de los partidos han sufrido una estocada mortal por la actitud asumida ante el proyecto por el Partido Revolucionario Moderno y sus líderes”.

Vale advertir, finalmente, que el proyecto ahora retirado adolece de múltiples carencias de los reclamos para adecentar la actividad política, controlar los períodos de campañas electorales, el monopolio de medios de comunicación, la manipulación de encuestas y la equidad. Niega la cuota mínima femenina en los cargos de los partidos, y su régimen de sanciones es tan benévolo que no desincentiva los delitos electorales. Aún en fraudes y abuso del patrimonio público, algunas multas serían de 20 salarios mínimos oficiales, (actualmente de 5,117 pesos), que apenas pasarían de los 100 mil pesos, luego de que sea cosa definitivamente sancionada por los tribunales en largo proceso, menos de lo que requeriría un abogado de tercera categoría para iniciar una defensa. Las suspensiones del financiamiento público son de 6 meses y las condenas de cárcel, cuando proceda, de 6 meses a dos años.

Un llamado a parar la siembra de odios

Por Juan Bolívar Díaz
08_02_2015 HOY_DOMINGO_080215_ El País12 A

Más que por temor a perder la vida, la denuncia de cuatro periodistas sobre incitaciones a matarlos, expresadas en plazas públicas y por medios de comunicación, es una apelación al Gobierno y a los sectores responsables para concertar un esfuerzo que detenga la siembra de odios y estigmatizaciones que podría generar una gran tragedia.

Es alentadora la respuesta de innumerables instituciones y organizaciones nacionales e internacionales que han enfrentado a minorías fanatizadas, planteando que lo que está en juego es el respeto a derechos fundamentales, a la libertad de expresión y a los principios básicos del orden democrático, pero preocupa el silencio de las autoridades.

Ofensiva sin precedente. El periódico HOY lo planteó en su editorial del martes: “Nunca en este país, ni siquiera en épocas de oscurantismo, el fanatismo había llegado al extremo de llamar pública y abiertamente a matar periodistas por estos defender sus criterios con el derecho y la libertad que les garantiza la Constitución”.

La incitación a matar a “los Huchi Lora, Roberto Cavada y Juan Bolívar Díaz”, pronunciada ante cámaras de televisión y en un acto público en ocasión de la festividad del natalicio del fundador de la República, fue una expresión más del fanatismo que se está cultivando a nombre de un extremo nacionalismo, que podría llevar a personas desequilibradas a actos que pueden desembocar no solo en agresiones y asesinatos sino en tragedia de graves repercusiones internacionales.

La agresiva campaña comenzó para la festividad de la Restauración de la República en 2013, cuando ante el Altar de la Patria un grupo encabezado por el escritor Manuel Núñez y la comentarista Consuelo Despradel gritó la consigna de “muerte a los traidores”, identificando a varios de los periodistas que han defendido derechos humanos.

Tres meses después se ordenó la impresión de tres millones de volantes en los que se caricaturizaba a Lora y Díaz, como supuestos traidores a la patria, los que una editora se negó a imprimir.

Se presentó a las autoridades judiciales copias de los volantes que serían lanzados desde el aire y la orden de impresión por 390 mil pesos de la empresa RB Publicidad.

Lo que motivó la denuncia del lunes 2 fue el paso que dieron los promotores de muerte al acosar a los periodistas Amelia Deschamps y Roberto Cavada, a quienes individuos siguieron en dos supermercados diferentes, insultándolos y advirtiéndole que los matarían lo mismo que a Huchi y Juan Bolívar.

Los verdaderos ideólogos. El principal ideólogo de la campaña de muerte es la Fuerza Nacional Progresista, un partido aliado al Gobierno que en la última elección le aportó 0.62 por ciento de los votos, en especial su diputado por herencia Vinicio Castillo Semán, quien a través de un programa diario de televisión, en un periódico digital y por las redes electrónicas difunde calumnias y estigmas contra los que consideran traidores a la patria.

Los Castillo son promotores de una denominada Red por la Defensa de la Soberanía Nacional y una Fundación por la Soberanía, cuyo fervor nacionalista se ha reproducido en algunos núcleos en el interior del país, como el Movimiento Patriótico Independiente (MPI), que convocó la manifestación del 25 de enero en un parque de Santiago a la que asistió una veintena de personas.

En un volante distribuido el viernes en Santiago cuando la procuradora fiscal interrogaba a Díaz Estrella, se sostiene que “la nación está siendo agredida con la complicidad del Gobierno traidor, cobarde y boschista de Danilo Medina”.

Formulan una mezcolanza, afirmando que el Gobierno está “guiado por los imperialismos yanqui y europeo, por la Iglesia Católica-Vaticano y demás sectas religiosas, y los gobiernos cubano, venezolano y argentino”, junto a los comunicadores dominicanos traidores a la patria.

También ante el Altar de la Patria el Día de Duarte, se escucharon gritos de “Danilo traidor a la patria” y de “muerte a los traidores”.

Díaz Estrella, quien arrastra una condena por homicidio involuntario en ejercicio de la medicina, es un viejo militante del Partido Comunista de la República Dominicana (Pacoredo) al igual que uno de sus abogados, Jorge Mora, y varios de sus miembros. Ese grupo político generó confrontaciones con otros de la izquierda con balance de varios muertos en la década del setenta.

Pero es significativo y preocupante que jerarcas de la categoría del presidente del Tribunal Constitucional, Milton Ray Guevara, y el arzobispo cardenal López Rodríguez coincidan con los núcleos nacionalistas en denunciar una supuesta conspiración contra la soberanía nacional, como hicieron el Día de Duarte.

No al discurso del odio. Decenas de organismos nacionales e internacionales, partidos y dirigentes políticos, de periodistas, de derechos humanos, sindicales, religiosas y sociales de todo género se han manifestado en solidaridad con los periodistas amenazados, pero llama la atención el silencio de las autoridades y del partido de Gobierno y sus dirigentes.

El presidente Medina instruyó al Jefe de la Policía Nacional para investigar la denuncia y envió al ministro de Interior y policía y al titular de la Dirección Nacional de Investigaciones a ofrecer protección a los denunciantes.

El periodista Díaz agradeció ambos gestos, pero dijo que prefería ver al Presidente desautorizando y condenando las incitaciones públicas a matar y el discurso del odio, como han hecho recientemente la premier alemana Angela Merkel y el presidente de Francia Francois Hollande, antes y después del grave atentado terrorista de enero en París, rechazando firmemente los discursos del odio tanto de los fundamentalistas como de grupos ultranacionalistas que promueven la xenofobia.

Al igual que el Papa Francisco, esos mandatarios han defendido los derechos de los inmigrantes y sus descendientes y los aportes que hacen a sus economías. Merkel fue tan lejos como encabezar, junto al presidente alemán, Joachim Gauck, una manifestación contra los odios y exclusiones en la histórica Puerta de Brandeburgo el 13 de enero.

Enlutado por la docena de muertos en París, Hollande, empero, proclamó que “los musulmanes son las primeras víctimas del fanatismo”, desligándolos de responsabilidad en el terrorismo yihadista.

Entre las múltiples muestras de condenas a la incitación a matar periodistas dominicanos, resalta la del Consejo Nacional de la Empresa Privada (CONEP) que gastó cientos de miles de pesos para publicar un enérgico comunicado en todos los diarios nacionales dándose por conmocionado por las incitaciones a matar periodistas.

Formuló un “llamado de alerta a las autoridades y la clase política para que pongan en marcha acciones que promuevan la concordia, la unión, la tolerancia y la fraternidad en nuestra sociedad, así como a interponer sus buenos oficios para que se depongan actitudes extremas”.

La fobia antihaitiana

La denuncia de los cuatro periodistas, Deschamps, Lora, Cavada y Díaz advierte de una ofensiva encaminada a callarlos y contra la libertad de prensa, promovida por un grupo político cuyos intereses y negocios ellos han afectado con denuncias como la frustrada estafa de terrenos estatales en Bahía de las Aguilas, los fraudes bancarios y el oneroso contrato de los rayos X para los puertos.

Pero no hay dudas que la fobia antihaitiana es una de sus más fuertes motivaciones, y de ahí los ataques a todos los periodistas, articulistas y dirigentes sociales que han rechazado la desnacionalización de los descendientes de inmigrantes irregulares que habían sido registrados como dominicanos. En las últimas semanas han puesto en Internet una “galería de mercenarios”, con las fotografías de diez de los dirigentes del Comité de Solidaridad con las Personas Desnacionalizadas. Ahí también aparece Díaz y la antropóloga y comentarista de televisión Ana Selman, el director del Centro Bonó, Roque Félix, los economistas Miguel Ceara Hatton y Pavel Isa, el sacerdote Mario Serrano, el artista Víctor Víctor, la sindicalista Eulogia Familia, el sociólogo Wilfredo Lozano y el abogado constitucionalista Cristóbal Rodríguez.

En un artículo publicado esta semana titulado “El masacre se pasa a pie; la masacre no”, Melvin Mañón rememora la matanza dominicana de haitianos en 1937 y sostiene que la fobia antihaitiana está promoviendo otra con una serie de acciones y saturación de odio a través de medios de comunicación. Y justo esta misma semana un guardián disparó hiriendo a seis haitianos que reclamaban salarios vencidos en una construcción estatal.

 

Una chapucería legislativa de los diputados y el PLD

Por Juan Bolívar Díaz
jj

No hay explicación racional para que no pasara por el Senado, como dispone la Constitución y la práctica tradicional, la aprobación de las observaciones presidenciales que procuran establecer excepciones en la penalización del aborto, dejando esa legislación en riesgo de ser declarada inconstitucional.

Tal como han sostenido expertos constitucionalistas, diversas organizaciones y algunos legisladores, la Cámara de Diputados violó preceptos constitucionales y reglamentarios para despachar atropelladamente el Código Penal reformado con una chapucería legislativa, a sabiendas de que poderosos sectores objetarán la ley.

Atropello legislativo. Como por arte de magia, el presidente de la Cámara de Diputados, Abel Martínez, se sacó de la manga un proyecto de modificación a las observaciones presidenciales y lo hizo aprobar atropelladamente para luego enviarlo al Poder Ejecutivo, desconociendo la facultad del Senado, y para colmo el presidente Danilo Medina lo promulgó horas después.

No se ha entendido el objeto de tanta prisa y poca ponderación, sobre todo ante una legislación tan polémica que de antemano algunos sectores ya habían amenazado con procurar su anulación ante el Tribunal Constitucional.

El debate hubiese permitido una mayor votación porque la confusión y el procedimiento fue rechazado hasta por legisladoras tan partidarias de la despenalización parcial del aborto, como Guadalupe Valdez y Minou Tavárez Mirabal, que no aprobaron el proyecto.

Tal como señaló la Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus), el presidente de la Cámara incurrió en varias violaciones a su reglamento interno: pasó por encima de la Comisión de Justicia, a la que se había encomendado el estudio de las observaciones presidenciales, no permitió el debate de su propuesta, ignoró la disposición que le manda dejar la conducción de la sesión en manos de la vicepresidencia cuando se conozca un proyecto propio, y ante las objeciones no consultó al plenario.

Se adiciona el hecho de que Martínez ignoró por completo el proyecto que en la sesión anterior había sometido la diputada Guadalupe Valdez para convertir en ley las observaciones presidenciales al Código Penal, violentando su derecho como legisladora. Lo mismo que ocurrió con otros que pretendían se les permitiera referirse al asunto.

Una acogida parcial. En realidad, lo aprobado el martes 16 por los diputados fue sólo una parte de las observaciones del Poder Ejecutivo. Lo que se sometió a votación no fueron las observaciones formuladas, sino un proyecto que las modifica, acogiéndolas parcialmente. Abel Martínez obvió la obligación de someter a votación separada si se acogían las observaciones y en cambio presentó y sometió a votación su propio proyecto, sobre el que algunos votaron no, pese a que eran partidarios de acoger las observaciones.

Es clarísimo que el Presidente pidió exceptuar de sanciones penales el aborto en tres circunstancias: cuando peligra la vida de la madre, en caso de violación o incesto y cuando el feto en formación tiene “malformaciones incompatibles con la vida”. Sólo se aprobó la primera. Las otras dos excepciones fueron remitidas a una “ley especial”, sin siquiera plazo para ser presentada o aprobada, lo que modifica las observaciones presidenciales.

Martínez no reveló el origen de su proyecto, ni si lo había consensuado con su partido o con el Poder Ejecutivo, pero en fuentes políticas se sostiene que fue fruto de acuerdo para superar la división de los dos sectores que se disputan el predominio en el Partido de la Liberación Dominicana, incluyendo a altos funcionarios del gobierno. Lo aprobado reenvía el debate probablemente a “las calendas griegas”, como planteó la Alianza por la Democracia, que sostiene que en este caso pasó igual que con la ley 169-14 “donde los acuerdos de aposento y el temor primaron sobre el interés de la nación y lo verdaderamente justo”. En este caso la ley ha sido vulnerada ya que seis meses después a la gran mayoría de los desnacionalizados no se les han devuelto sus documentos.

De dos tercios a la mitad. En la misma aprobación de la Cámara Baja hubo una irregularidad que puede ser objeto de inconstitucionalidad. Ha habido divergencias en cuanto a si el Código Penal puede ser considerado una ley orgánica. Pero el hecho incontrovertible es que para la aprobación del proyecto que luego observó el Presidente, se estableció los dos tercios.

El artículo 112 de la Constitución establece que “Las leyes orgánicas son aquellas que por su naturaleza regulan los derechos fundamentales”… Y precisa que para su aprobación o modificación requerirán del voto favorable de las dos terceras partes de los presentes en ambas cámaras”. Se considera que el derecho a la vida de la madre o del feto, es fundamental.

Copias del “Protocolo de Votación” de las sesiones del 1 de abril y el 18 de noviembre, en las que se aprobó el código indican arriba “Tipo de mayoría” 2/3 Presentes”, mientras la del martes 16 de diciembre indica “1/2 presentes+”. Eso significa que una mayoría simple modificó cuatro artículos de un código para el cual se había requerido dos terceras partes. En la sesión de abril 126 votaron a favor, 7 se abstuvieron y ninguno en contra. La de noviembre 132 a favor, 3 en contra y 11 abstenciones. En la de diciembre 93 aprobaron, 66 en contra y 12 no votaron. Como se puede observar en las dos primeras sesiones la aprobación superó el 90 por ciento y en la última el 58 por ciento.

Se volaron el Senado. También ha habido divergencias en cuanto a si la modificación al código penal introducida por la Cámara de Diputados tenía que pasar por el Senado. El primero en considerar que era innecesario fue el presidente de la Cámara, lo que aceptó el Ejecutivo.

La única forma en que se podría prescindir del Senado, es si los diputados hubiesen rechazado las observaciones presidenciales, porque en ese caso estaban ratificando lo ya aprobado por los senadores y porque la desestimación de cualquiera de las dos cámaras liquida las sugerencias presidenciales. Es lo que ha predominado en la práctica legislativa.

Pero aún si los diputados hubiesen acogido las tres propuestas presidenciales de excepciones a la penalización del aborto, tenían que remitirlas al Senado para que lo hiciera también. Con más razón cuando a su vez se modificaron las observaciones. En pocas palabras: se ha convertido en ley un texto sólo de los diputados, diferente al aprobado por los senadores, que trata de exceptuar la penalización del aborto si es para salvar la vida de la madre, y que dispone una ley especial para las otras dos causales.

El experto constitucionalista Cristóbal Rodríguez lo fundamenta: “la observación presidencial, si es acogida, tiene como consecuencia la incorporación de nuevos contenidos a la ley. Nuevos contenidos que, por serlo, no han sido conocidos ni sancionados por la otra cámara. En un sistema bicameral no puede haber ninguna disposición legal que no haya sido debidamente sancionada por las dos cámaras. Está en la índole del bicameralismo que el contenido de la legislación a la que los ciudadanos y los órganos del poder público deben obediencia sea el resultado de un proceso de deliberación que debe producirse en ambos hemiciclos respecto de su contenido total”.

Rodríguez cita los artículos 76 y 93 de la Constitución que establecen que el Poder Legislativo se ejerce por dos cámaras, y que corresponde al Congreso Nacional (ambas cámaras) “Conocer de las observaciones que el Poder Ejecutivo haga a las leyes”.

 

RD de espalda al universo de los derechos humanos

Por Juan Bolívar Díaz
tema de hoy

La sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que declara inconstitucional la adhesión a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) deja al país de espalda al universo de los derechos humanos y expuesto a continuas condenas que podrían ocasionar graves daños económicos y a la imagen de la nación.

Las reacciones internacionales muestran el aislamiento de la nación, mientras en el plano interno los expertos constitucionalistas y en derecho internacional se muestran consternados y avergonzados por la inconsistencia del dictamen, que el gobierno podría subsanar pidiendo al Congreso Nacional que ratifique la competencia de esa Corte.

Profunda división. Tal como ocurrió con la sentencia 168-13 que avaló la política de desnacionalización de los descendientes de inmigrantes irregulares, la 256-14 emitida esta semana por el Tribunal Constitucional, declarando inconstitucional la adhesión del país a la CIDH, profundiza la división en la sociedad dominicana, predominando el discurso nacionalista que reivindica una soberanía obsoleta por múltiples tratados internacionales, no sólo en derechos humanos, también en comercio, medio ambiente, derecho de autor…

La opinión pública está influida por la posición gubernamental conservadora, que ha arrastrado al partido de gobierno al ultranacionalismo, dejando atrás sus orígenes boschistas, y gran parte de la población parece encontrar en ella una fuente para reafirmarse frente a los nacionales y descendientes del país más pobre y atrasado del continente. La generalidad de los periódicos apoyan la posición nacionalista, los principales programas de televisión la cuestionan y la radio aparece dividida.

Donde ha habido mayor coherencia y profundidad es entre los más reputados expertos en derecho constitucional y relaciones internacionales, que han rechazado o disentido en diversos grados con las sentencias del TC, como Eduardo Jorge Prats, Olivo Rodríguez Huerta, Cristóbal Rodríguez, Flavio Darío Espinal, Carlos Salcedo, Nassef Perdomo, o Ariel Gautreaux, y juristas como el expresidente de la Suprema Corte de Justicia, Jorge Subero Isa y el jurista Francisco Álvarez Valdez. Tras una serie de consideraciones jurídicas, en un artículo el viernes en HOY, Jorge Prats concluyó con dos palabras “¡Qué vergüenza!”.

TC viola ley y su estatuto. No debe pasar desapercibida la denuncia de dos de los tres jueces del TC que rechazaron la sentencia con “votos disidentes” ponderados en el sentido de que en su prisa por emitir su dictamen, que a juicio de Katia Miguelina Jiménez “responde más a un acto de reacción que a un razonamiento jurídico”, el tribunal violentó el artículo 180 de la Constitución, su Ley Orgánica 137-11 y su propio reglamento interno “textos que son categóricos al indicar que los votos deben consignarse en la sentencia”, dice textualmente Hermógenes Acosta.

La jueza Jiménez y el juez Acosta se quejan de que el TC publicó su sentencia 256-14 sin darle oportunidad a explicitar su voto disidente como ordenan esos textos. Con extensión de 39 y 13 páginas, sus argumentos contrarios a la mayoría fueron incorporados posteriormente a la sentencia en la página de internet del Tribunal Constitucional. El de la otra magistrada que disintió, Ana Isabel Bonilla, de 6 páginas, fue incluido antes de la emisión.

Acosta cita que el reglamento jurisdiccional del TC establece un plazo de 10 días hábiles a contar de la comunicación de la sentencia para formular el voto particular, y que la práctica en cientos de casos implicaba por lo menos 5 días, pero esta vez se publicó al tercer día. Él, como la doctora Jiménez, tuvieron que redactar sus objeciones sin haber recibido el texto aprobado por la mayoría, y en su punto 8 indica que “el proyecto de sentencia que nos ocupa fue aprobado con modificaciones, de las cuales tuve conocimiento en horas de la tarde del día de hoy (4 de noviembre) cuando entré a la página oficial del TC”. Agrega en el punto 9 que “he sido sancionado de manera injusta e injustificada”.

Katia Jiménez dice que se enteró por el periódico El Día de la decisión de publicar la sentencia sin esperar su voto disidente, que reivindica no sólo constitucional, legal y reglamentariamente, sino como “desprendimiento del derecho a la libertad de expresión”. En su argumento 4.1.12 se queja de que la mayoría de los jueces citaron un dictamen de la Suprema Corte del 2055 (No.4 BJ1137.23) para argumentar a favor de acoger el recurso de inconstitucionalidad, pero decidieron “dejar de lado el hecho de que en esa misma sentencia la Suprema Corte reconoce la competencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos”, y cita el texto específico.

La esencia del rechazo. Los tres jueces disidentes, como la generalidad de los expertos que han analizado la sentencia, basan su rechazo en que el Congreso Nacional reconoció la competencia de la Corte Interamericana al ratificar la Convención Interamericana de Derechos Humanos que la instituye. Citan su artículo 33 que crea tanto la Comisión como la Corte Interamericana, que luego dedica todo su capítulo VIII a especificar las competencias y funcionamiento de la CIDH. Coinciden también en que la Convención especifica que no se necesita “convención especial” para reconocer la jurisdicción de la Corte.

Hermógenes Acosta añade que el Congreso también ratificó la competencia de la CIDH al aprobar la Ley Orgánica del TC 137-11, donde establece “Que dentro de los procedimientos constitucionales a ser regulados se encuentra el control preventivo de los tratados internacionales y la regulación de la ejecución de las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos”.

Citan la llamada “doctrina Estoppel”, según la cual no se puede adoptar una conducta jurídica contraria a los actos anteriormente adoptados, refiriéndose a las múltiples ocasiones en que el Estado aceptó la vinculación con la CIDH, como por ejemplo al defenderse en cinco casos o al hacer elegir una dominicana como jueza de la misma. Lo mismo cuenta para el TC que llegó a firmar un Acuerdo Marco de Cooperación con la CIDH (ver cuadro anexo).

Una salida improbable. Las primeras manifestaciones del gobierno son de estricto apego a las decisiones del TC, citando su ley orgánica y la Constitución, aunque la primera, en su artículo 37.1, también declara la vinculación con los tratados y los tribunales internacionales, colocados en la última instancia en materia de derechos humanos.

La última declaración del canciller dominicano Andrés Navarro, el viernes, no descarta que el país se salga de la jurisdicción de la CIDH, pero indicó que un grupo de expertos analiza la situación.

Si el problema es que el Congreso no ha ratificado la competencia de la Corte, como ha dictaminado el TC, una salida podría ser enviar el protocolo al Poder Legislativo para que decida. Sería una forma del gobierno compartir la responsabilidad en una decisión de graves y prolongadas complicaciones para la política exterior y la imagen del país. Hay quienes creen que podrían originarse boicots y hasta sanciones económicas. Por lo menos la Unión Europea condiciona cooperación a la observación de los principios fundamentales de derechos humanos.

Hay quienes citan el caso de Venezuela, que denunció la Convención y la Corte, pero la República Dominicana es mucho más dependiente del comercio, la inversión, el turismo y la cooperación internacional, y no tiene aliados exteriores que la puedan defender ante acusaciones de violación de derechos de decenas de miles de personas.

En última instancia, como sostuvo la jueza Katia Jiménez, el desconocimiento de la competencia de la CIDH es reactiva, una forma de decir que ya no hay que cumplir la condena que restituye los derechos de los desnacionalizados, porque simplemente el reconocimiento de esa corte durante 15 años “era inconstitucional”.

Total rechazo internacional
Donde la nueva sentencia del TC ha vuelto a tener un rechazo absoluto es en el ámbito internacional, encabezado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, el órgano encargado por la carta de la OEA y la Convención Interamericana de Derechos Humanos de velar por la aplicación de los tratados al efecto, la cual dijo que ese dictamen “no encuentra sustento alguno en el derecho internacional, por lo cual no puede tener efectos”. Agregó que tampoco existe base en el mismo para entender que pueda tener efectos en el futuro, porque la Convención “no establece la posibilidad de que un Estado que continúa siendo parte del Tratado se desvincule de la competencia de la Corte”.

Amnistía Internacional y el Centro Kennedy para los Derechos Humanos se sumaron de inmediato a las advertencias de que la nación dominicana se coloca de espaldas al universo de los derechos humanos. Las repercusiones alcanzaron la primera plana del principal periódico español, El País, y de los noticiarios de televisión del mundo.

La Comisión Interamericana evalúa desde el 2011, con por lo menos tres audiencias públicas, los casos de unas 48 personas afectadas por la desnacionalización, cuyos expedientes podrían pasar en cualquier momento a la Corte y motivar condenas sobre condenas, bajo la jurisprudencia de que los hijos no heredan la condición migratoria de sus padres y por el principio de la no retroactividad.

Ya esta semana la Agencia de las Naciones Unidas para los Refugiados colocó a la República Dominicana en un exclusivo club mundial donde se concentra la apatridia, ocupando el quinto lugar, después de Birmania, Costa de Marfil, Tailandia y Lituania, con un estimado de 200 mil personas privadas de nacionalidad.

 

 

Otra chapucería antidemocrática

Por Juan Bolívar Díaz
Serán dos las convenciones y una reforma estatutaria sobre lo que tendrá que pronunciarse el Tribunal Superior Electoral

La proclamación del ingeniero Miguel Vargas Maldonado como candidato presidencial del Partido Revolucionario Dominicano (PRD) sin convocatoria previa y una reforma estatutaria al vapor tendrá que ser anulada por el Tribunal Superior Electoral si queda algún vestigio del estado de derecho en el país.

La elección violó los preceptos constitucionales, la ley electoral y el estatuto partidista, con el agravante de que ya en el 2009 la Cámara Contenciosa de la Junta Central Electoral (JCE) anuló un operativo similar en otra convención protagonizado por el mismo grupo político.

Chapucerías sin límites

Sin haber podido aún validar ante el Tribunal Superior Electoral (TSE) el desastre convencional del 20 de julio para elegir sus máximos dirigentes, el PRD protagonizó el domingo 14 otra chapucería al proclamar al ingeniero Vargas Maldonado como su candidato presidencial para el 2016, sin llenar los mínimos requisitos democráticos.

El expeditivo procedimiento fue tan contundentemente violatorio de preceptos fundamentales que sólo se puede explicar en la indiferencia y la complicidad con que se asume el retroceso democrático en la sociedad dominicana y particularmente en la mayoría de los medios de comunicación. Pero más allá del hastío ante el desguañangue del más antiguo partido del país la ocurrencia es tan grotesca que cuestiona el estado de derecho.

El desafío será particularmente fundamental para el TSE ante el cual el PRD de Miguel Vargas no pudo presentar el listado de concurrentes a la votación para elegir las autoridades partidarias, que concluyó en un inmenso desorden el 20 de julio pasado, para lo cual venció un plazo esta semana. Es imposible presentarlo porque gran parte de las mesas de votación ni siquiera operaron en provincias y municipios completos, como pudieron comprobar los periodistas. El TSE había autorizado la juramentación de quienes fueron proclamados dirigentes electos, en tanto fijaba para el día 30 el juicio de fondo sobre su legalidad, motorizado por Guido Gómez Mazara, candidato a la presidencia del PRD, al que se impidió a tiros ejercer el voto junto a un grupo de seguidores.

Como Gómez Mazara anunció que también impugnará la proclamación de la candidatura presidencial de Vargas, serán dos las convenciones y una reforma estatutaria sobre lo que tendrá que pronunciarse el tribunal electoral.

Se volaron los estatutos

Aunque varios días antes corrió el rumor de que Vargas sería proclamado candidato, no se produjo la convocatoria previa en un diario. El mismo artículo 68 de la Ley Electoral también instituye que “Además dichas convenciones deberán estar constituidas de conformidad con las disposiciones que a ese respecto habrán de contener los estatutos del partido”. Y resulta que el artículo 177 de los estatutos del PRD indica que “La elección del candidato (a) a la presidencia de la República será efectuada por el voto universal de la militancia del Partido; el (la) candidato (a) por la Convención Nacional Extraordinaria especialmente convocada para esos fines”.

Es obvio que la convención del pasado domingo no cumplió ese precepto básico como tampoco el contenido en el artículo estatutario 172 que garantiza que “Todos (as) los (a) dirigentes y militantes tienen el derecho de presentar su candidatura para puestos dirigenciales dentro del Partido y para ser postulados a cargos públicos de elección popular”.

Para más violaciones flagrantes, la letra b del artículo 24 del mismo estatuto instituye que es atribución de la Convención Extraordinaria “conocer los resultados de las elecciones primarias y proclamar los (as) candidatos (as) del Partido a la Presidencia y la Vicepresidencia de la República escogidos de acuerdo a estos Estatutos Generales”.

Las violaciones a los estatutos perredeístas son tan obvias que intentando evadirlas fue que, antes de proclamar la candidatura de Vargas, se cocinó al vapor una reforma estatutaria. Pero también esta desconoció los estatutos, que en su artículo 212 establecen que “para modificar los presentes Estatutos Generales, por mandato de la Comisión Política, la Comisión de Reforma Estatutaria del Partido emprenderá esa labor. Una vez terminado el trabajo, esa Comisión deberá poner en manos de la Comisión Política del Comité Ejecutivo Nacional el proyecto de estatutos modificados. La Comisión Política estudiará las modificaciones y las remitirá al Comité Ejecutivo Nacional con su opinión.

El Comité Ejecutivo Nacional deberá presentarlo en la próxima Convención Nacional para su aprobación, enmienda o rechazo”.

Como es fácil advertir, los estatutos perredeístas establecen un complejo procedimiento justamente para evitar que cualquier reunión o convención sea apoderada sorpresivamente de una modificación de los fundamentos legales de la organización. Eso es normal en todo tipo de institución o entidad social, hasta en un condominio de 12 viviendas o en una junta de vecinos.

Jurisprudencia de la JCE

Si todas las violaciones a preceptos constitucionales, legales y estatutarios no son suficientes para anular la proclamación de la candidatura presidencial de Vargas Maldonado, que será una gran apuesta para Gómez Mazara, el TSE tendrá que pasar por encima de una jurisprudencia en materia de reforma estatutaria, establecida por la Cámara Contenciosa de la JCE, que fue el tribunal electoral hasta la Constitución del 2010.

Dos de los actuales titulares del TSE, los doctores Mariano Rodríguez y John Guiliani Valenzuela, presidente y miembro, tenían los mismos cargos en la Cámara Contenciosa de la JCE, y firmaron la Resolución 049/2009 del 17 de julio del 2009, que “declara la nulidad de la convocatoria para la celebración de la XXVIII convención Nacional Extraordinaria del Partido Revolucionario Dominicano para reformar los estatutos, por no haber sido realizada de conformidad con el artículo 212 de los estatutos vigentes”.

La misma resolución declara “buena y válida la Convención única y exclusivamente para la proclamación y juramentación del Ing. Miguel Vargas Maldonado como Presidente del PRD”. Fundamenta la anulación de la reforma estatutaria en que no se aportaron pruebas de que se había realizado de acuerdo a los preceptos establecidos en los artículos 172, 177 y 212 de los estatutos perredeístas arriba citados.

Pocos fuera del PRD entienden el desenfado con que en ese partido se han violado los preceptos democráticos, constitucionales, legales y estatutarios, poniéndosela bien difícil tanto al TSE como a la JCE que el día 14 envió inspectores para verificar la juramentación de los nuevos dirigentes, después de haberse negado a hacerlo en la convención que supuestamente los eligió. Al parece se trata de otra joya de alfarería política del genio político de Miguel Vargas Maldonado, como lo aprecia gran parte del aparato mediático creado y controlado por el expresidente Leonel Fernández.

El imperio de Vargas

La Convención Ordinaria del domingo 14 había sido convocada para juramentar a los dirigentes dados por electos en julio, pero tan pronto eso ocurrió propusieron una inmediata reforma estatutaria para convertirla en Convención Extraordinaria y “poder elegir” por aclamación al ingeniero Vargas como candidato presidencial para el 2016. Además se le confirieron poderes especiales para escoger candidato vicepresidencial, gestionar y formalizar alianzas y para completar la matrícula de los organismos directivos del partido.

“El Día de Miguel Vargas” tituló HOY el lunes al dar cuenta del procedimiento expeditivo con que se proclamó el primer candidato para los comicios presidenciales a celebrarse dentro de 20 meses.

De esa forma el empresario y dirigente político materializó lo que había planteado en el 2009, que el candidato presidencial fuera a la vez presidente del partido, pero él mantuvo el cargo cuando Hipólito Mejía fue escogido candidato presidencial en el 2011, aunque se negó a participar en su campaña electoral.

La primera violación de derechos en que incurrieron fue en perjuicio de 800 de los 4 mil 400 delegados a la convención que no asistieron y no fueron previamente avisados de que, además de juramentar los nuevos dirigentes, también deberían elegir el candidato presidencial, nominación a la que ellos tenían derecho, al igual que cualquier miembro de ese partido.

Numerosos artículos de la Constitución garantizan el derecho a elegir y ser elegido, y el 216 sujeta los partidos a los principios de la carta magna y “su conformación y funcionamiento deben sustentarse en el respeto a la democracia interna y a la transparencia de conformidad con la ley”. Y ocurre que el artículo 68 de la Ley Electoral establece que la nominación de los candidatos a cargos electivos debe ser hecha “por el voto afirmativo de la mayoría de los delegados a convenciones regulares y públicamente celebradas tres días, por lo menos, después de haber sido convocadas por medio de un aviso público en un diario de circulación nacional”.

 

Sería absurdo desconocer la Corte de Derechos Humanos

Por Juan Bolívar Díaz
HUMANOS123

El Tribunal Constitucional (TC) sometería al Gobierno a una grave crisis de relaciones internacionales de repercusiones impredecibles si acoge la petición de un grupo para que declare inconstitucional el reconocimiento de la jurisdicción de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que data de 1999.

Entre juristas y sectores gubernamentales se teme la ocurrencia, considerada absurda por cuanto chocaría con la propia ley orgánica y sentencias del Constitucional y de la Suprema Corte de Justicia y obligaría a llevar la adscripción al Congreso Nacional a no ser que se quiera denunciar la Convención Americana de Derechos Humanos.

Una persistente versión. La versión circula desde hace varias semanas entre juristas y relacionados del Gobierno que se niegan a aceptar que tal chapucería jurídica pueda ser posible, pero fue denunciada el pasado día 25 por el exembajador ante la Organización de Estados Americanos Roberto Álvarez en un artículo publicado en el periódico digital Acento, quien expresaba su esperanza de que el informe sea infundado.

Álvarez, doctorado en derecho y relaciones internacionales de dos prestigiosas universidades norteamericanas, y quien fuera abogado adscrito a la secretaría general de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos con sede en Washington, abordó en un extenso artículo las consecuencias del desconocimiento de la CIDH después de 15 años aceptando su jurisdicción. Sostiene que constituiría un grave aprieto para el Gobierno ya que tal decisión podría ser declarada como “un hecho ilícito internacional”.

El TC se aprestaría a acoger la petición de un grupo encabezado por Juan Manuel Rosario, Pelegrín Castillo (actual ministro de Minería), Pedro Casals Victoria, Miguel Castillo Pantaleón, Mario Bonetti y Leyla Roldán, quienes sostienen que el reconocimiento de la jurisdicción de la Corte Interamericana es inconstitucional por no haber sido expresamente aprobado por el Congreso Nacional.

El recurso fue iniciado en el 2005 ante la Suprema Corte de Justicia, la que lo traspasó al Constitucional cuando fue constituido en el 2011. La instancia fue revivida bajo la algarabía nacionalista tras la sentencia 168-13 que desconoció la nacionalidad a los descendientes de inmigrantes indocumentados nacidos en el país, por temor a que este asunto llegue a la CIDH que ya ha establecido jurisprudencia en el caso de dos niñas descendientes de haitianos a las que en el 2005 dispuso su registro como dominicanas.

Rectificación del Procurador. Al caer el 2013, ya había preocupación en el Gobierno por lo que el Procurador General Francisco Domínguez Brito revocó la opinión consultiva que había emitido en el 2006 el Procurador Adjunto Angel Castillo Tejada respaldando la inconstitucionalidad. Mediante el Auto 0085 Domínguez Brito instruye al Procurador Adjunto Ricardo José Tavera Cepeda para que remita al TC una opinión “acorde con lo establecido por el artículo 62.1 de la Convención Americana de Derechos Humanos”.

La extensa nueva opinión del Ministerio Público, del 11 de diciembre del 2013, que ha trascendido en los últimos días, fundamenta el rechazo de la petición de inconstitucionalidad en base a la Constitución del 2010, la Convención sobre Tratados de La habana de 1932, la Convención de Viena de 1962 y la Convención Americana de Derechos Humanos de 1969, así como en el instrumento de ratificación de la misma por el Estado dominicano, aprobado por el Congreso Nacional en 1977, entre otros.

En resumen, la constitucionalidad de la adscripción a la CIDH es justificada en la ratificación por el Congreso Nacional de la Convención Americana de Derechos Humanos que creó la Corte como órgano jurisdiccional para interpretar y aplicar la Convención, y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos como el órgano de promoción de los derechos humanos que analiza las denuncias de violación a los mismos. El 25 de marzo de 1999 el Gobierno del presidente Leonel Fernández “reconoce como obligatoria de pleno derecho y sin convención especial la competencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre todos los casos relativos a la interpretación o aplicación de la Convención Americana de Derechos Humanos”, acogiéndose al procedimiento establecido en el artículo 62.1 de la misma.

Agrega que al aceptar la jurisdicción de la Corte se ejerce el derecho y la obligación contraídos al suscribir la Convención, y que el Estado dominicano ha dado aquiescencia en múltiples oportunidades a la competencia de la CIDH. Cita las sentencias 0084 -13 y 136-13 del Tribunal Constitucional que reconocen “el carácter vinculante de las decisiones de esa jurisdicción internacional”, al igual que la Resolución 1920-2003 de la Suprema Corte de Justicia, y el artículo 74.3 de la Constitución que otorga jerarquía constitucional a los tratados, pactos y convenciones sobre derechos humanos suscritos por el Estado.

Sin precedente e ineficaz. No hay precedentes de una desafiliación a la CIDH bajo el pretexto de que no fue aprobada por el parlamento. 15 de los 21 países que han aceptado la jurisdicción de la Corte se acogieron a la suscripción de la Convención, la que dejó sentado que ello no requiere “convención especial”, aunque otros 6 si buscaron la ratificación parlamentaria.

Tres países han renunciado a la jurisdicción de la corte: Trinidad-Tobago porque no pudo adaptarse a la Convención al mantener la pena de muerte, el Perú del dictador Alberto Fujimori, protestando una condena, pero el gobierno que lo sucedió, revocó esa decisión, y Venezuela, que es el único de los suscritores que se mantiene fuera tras denunciar a la Corte y la Comisión como instrumentos de Estados Unidos.

La descalificación por el TCD sería ridícula después que la RD ha aceptado cinco juicios en la CIDH, entre ellos los de las niñas Yean y Bosico y el de la desaparición de Narciso González. Incluso la dominicana Radhys Abréu de Polanco fue electa jueza de la Corte para el período 2006-12 a propuesta del gobierno dominicano en la Asamblea General de la OEA en la cancillería de Santo Domingo en el 2006.

Por otra parte, si los que quieren desconocer la CIDH buscan desligarla de un posible enjuiciamiento a la sentencia 168-13, por los casos de desnacionalizaciones que tramita la Comisión de Derechos Humanos, resulta ineficaz, ya que el artículo 78.2 de la Convención especifica que los órganos del sistema mantienen la jurisdicción sobre violaciones de derechos ocurridas antes de una desafiliación.

Consecuencias impredecibles. La denuncia de la Convención Americana de Derechos Humanos es imprescindible para desconocer los órganos que instituye y por lo que la motivaría redimensionaría el escándalo originado por la sentencia 168-13, dejando al país como un paria de derechos humanos en el continente. Lo expone a problemas en los tratados comerciales con Estados Unidos y al de los países Asia, Caribe y Pacífico con la Unión Europea. No ayudaría a una nación con tan alta dependencia de factores externos como el turismo, las remesas, la inversión extranjera y la cooperación y el comercio internacional.

A lo interior colocaría al Gobierno en una situación más embarazosa que la derivada de la sentencia 168-13, que le distrajo la atención durante el último año. Consciente de las impredecibles consecuencias, el presidente Danilo Medina tendría que evadir denunciar la Convención de Derechos Humanos casi después de cuatro décadas de suscrita y ratificada.

En tal escenario el mandatario tendría que optar por la humillación de enviar el protocolo al Congreso Nacional para que lo ratifique. El único resultado sería tiempo perdido y mayor descrédito internacional. Todo parece tan absurdo que hay razones para dudar que se materialice la temida sentencia. Y como las versiones han llegado a altas figuras gubernamentales y ruedan por embajadas y organismos internacionales, se supone que se habrán hecho las advertencias correspondientes.