Un buen aporte de la Finjus

Por Juan Bolívar Díaz

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La Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus) hizo esta semana un gran aporte para poner en evidencia la burla de la mayoría de la Cámara de Diputados que insistió en aprobar un proyecto de ley de partidos que ignora las demandas sociales y los numerosos consensos al respecto durante los últimos 16 años.

Un análisis pormenorizado del texto aprobado muestra que se distorsiona o elimina gran parte de las previsiones para garantizar el ejercicio democrático interno y la transparencia en el financiamiento de los partidos políticos contenidas en el proyecto presentado al Congreso en el 2011 por la Junta Central Electoral, fruto de una misión técnica contratada con la Organización de Estados Americanos. El proyecto recogía los avances de la democracia latinoamericana de las últimas décadas en reglamentación del partidismo político y los planteamientos consensuados entre agentes políticos y sociales desde 1998. Pero además los técnicos consultaron de nuevo a los partidos e instituciones de la sociedad civil que han militado en reglamentar la actividad partidista.

La Finjus sometió a un riguroso análisis, artículo por artículo, para comparar el proyecto aprobado con la propuesta de la JCE, para concluir en que se trata de una distorsión substancial y una gran burla a las expectativas de la sociedad dominicana, en una reiteración de lo aprobado el 3 de marzo pasado, que hubo de ser retirado días después tras la ola de protestas que despertó.

La reconocida institución de promoción de la institucionalidad nacional concluye en que de convertirse en ley el país “no contará con una norma que permita superar el actual desorden y falta de control en que se desempeñan los partidos políticos”, que el resultado final será “la profundización de la opacidad en que actúan los partidos”, y que se ignoran los suficientes consensos político-sociales sobre la necesidad de controlar la corrupción y el clientelismo para fortalecer la institucionalidad democrática.

El análisis del proyecto aprobado se resume en que reduce los derechos de los afiliados a los partidos, fortaleciendo el autoritarismo, limita la renovación del liderazgo, y elimina la obligación del voto libre y secreto en las elecciones internas, la obligación de elecciones primarias para escoger candidatos y la cuota mínima del 33 por ciento de los cargos de dirección para las mujeres.

“Contrario a la aspiración de la sociedad dominicana, el proyecto aprobado limita gravemente el rol asignado a la JCE por la Constitución para ejercer la función de control de los fondos públicos y privados que reciben los partidos”, indica el estudio. Y agrega que peor aún se amplían las facilidades para que los partidos reciban fondos de personas y entidades privadas, al mantener prácticas como colectas públicas y deducciones de salarios y se rechaza que los partidos tengan que mantener un registro de contribuyentes, informar sobre los orígenes de sus fondos y entregar sus presupuestos a la JCE.

Se elimina también la previsión del proyecto de la JCE que prohibía el uso de recursos públicos para financiar actividades electorales y un artículo que establecía en qué se puede gastar el financiamiento estatal a los partidos, reduciendo la cuota destinada a educación de sus miembros del 25 al 10 por ciento y a nada en los años de elecciones.

La aprobación por la mayoría de los diputados de los tres partidos tradicionales violentó su propio estatuto interno, sin que el proyecto fuera sometido a estudio de comisión, pasando por encima a los comisionados que estudiaban otra pieza. Se trató, definitivamente, de una burla completa a los consensos y expectativas de tantos años para mantener el desenfreno en beneficio de las cúpulas directivas de los partidos.

El proyecto está ahora en manos del Senado pero quedan pocas expectativas de que se retomen los consensos socio-políticos. Será una legislación vacía, frustratoria y reiterativa del autoritarismo y el salvajismo que caracteriza la política en nuestro país.

 

 

Otro tigueraje político con la Ley de Partidos

Por Juan Bolívar Díaz
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Los diputados del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) retiraron el proyecto de Ley de Partidos que habían aprobado en primera lectura no solo por el rechazo generalizado al tigueraje político, sino también porque su aprobación fue claramente inconstitucional, como le advirtió la Oficina Técnica de Revisión de la cámara baja.

El simple retiro sigue negando la aprobación de una ley objeto de múltiples consensos en los últimos 16 años, incluyendo uno reciente, y ratifica la imposición peledeísta que también evade el proyecto de ley del régimen electoral sometido por la Junta Central Electoral (JCE) tras una amplia consulta y asesoramiento internacional.

Consensos durante 16 años. La aprobación en primera lectura del proyecto de Ley de Partidos Políticos por la mayoría oficialista y sus aliados del Partido Reformista se correspondió con el tigueraje político que auspicia el presidente de la Cámara de Diputados, Abel Martínez, cuya última expresión había sido la reciente sanción del Código Penal, violando los procedimientos internos, la categoría de ley orgánica que requiere dos tercios de los votos, y sin votar las observaciones que le hizo el Poder Ejecutivo.

El proyecto aprobado con el rechazo de la oposición política desconoció un consenso a que habían llegado recientemente con otros partidos bajo la mediación eclesiástica y numerosos acuerdos al respecto logrados desde que se empezó a discutir esa ley en 1998, precisamente bajo hegemonía del PLD, en la Comisión para Reforma y Modernización del Estado en 1998-99, durante su primer período de Gobierno, ratificado en el Gobierno perredeísta por el Consejo Nacional para Reforma del Estado.

El propósito de una ley de partidos consensuada también formó parte del pacto suscrito en 2009 entre el presidente Leonel Fernández y el entonces candidato presidencial del PRD, Miguel Vargas Maldonado, y fue firmado también por el presidente Danilo Medina con la misma mediación de monseñor Agripino Núñez en la Universidad Católica Madre y Maestra. El proyecto, con diversas modificaciones, ha sido presentado al Congreso en una decena de legislaturas después de ser engavetado por el presidente Leonel Fernández en 1999. También los perredeístas evadieron su aprobación durante el período 1998-2006 cuando tuvieron mayoría en ambas cámaras legislativas durante 8 años, como ahora los peledeístas

Nuevo tigueraje político. En septiembre pasado, cuando una comisión multipartidista había alcanzado otro consenso para la ley, el PLD presentó un texto que lo disminuye y desde entonces la presidencia de la cámara trataba de imponerlo, apelando incluso a incentivos económicos, según denuncia de opositores y confidencia de un senador peledeísta opuesto a la maniobra.

El martes 3, iniciando la primera legislatura del año, tras un informe de comisión, incentivada por “el mago” Abel Martínez, y pese al rechazo de la mayoría de los diputados perredeístas y del Partido Revolucionario Moderno, los peledeístas dieron la primera aprobación. Como no disponían de las dos terceras partes de los votos, y contra lo que todo el mundo decía antes, decidieron que no es una ley orgánica y la dieron por aprobada con mayoría simple.

Para la aprobación, la mayoría peledeísta desestimó la advertencia de la Oficina Técnica de Revisión Legislativa de la propia cámara, que en un documento fundamentado había concluido: “Dado que la pieza legislativa propone la regulación del derecho fundamental a la asociación política por medio de los partidos y agrupaciones políticas, además de que la figura de los partidos políticos fue constitucionalizada, este proyecto de ley es de naturaleza orgánica y por tal motivo, el pleno de la Cámara de Diputados deberá aprobar dicha iniciativa con el voto de las dos terceras partes de los presentes, acorde como lo exige el artículo 112 antes citado”.

La Ley de Partidos es orgánica, de acuerdo al artículo constitucional citado, no solo por regular el derecho fundamental a la libre asociación y por ser un mandato expreso del artículo 216 de la Constitución, sino porque también se refiere al régimen electoral y regula el derecho ciudadano a ser postulado a cargos de elección popular, aunque estas dos últimas causales no aparecen en la opinión de la Oficina Técnica.

La necesaria transparencia. Hasta algunos legisladores peledeístas han favorecido el proyecto de Ley de Partidos consensuado, como el senador José Rafael Vargas, quien consideró esta semana que debe suponerse que “nadie pierde garantizando la transparencia”. Se refería a la supresión de artículos o frases del proyecto de ley que se refieren a la licitud del financiamiento, que disponen identificar sus fuentes y sancionan los abusos del patrimonio público, lo cual ha sido el mayor motivo de confrontación.

Instituciones sociales como Participación Ciudadana y la Fundación Institucionalidad y Justicia han participado, desde el “Diálogo Nacional” auspiciado por el PLD en 1997-98, en las discusiones y consensos sobre la Ley de Partidos y encabezan los reclamos de transparencia, equidad y sanciones de los delitos electorales, lo que ratificaron esta semana. El Consejo Nacional de la Empresa Privada, la Asociación de Jóvenes Empresarios, y otras instituciones empresariales y religiosas también han insistido recientemente en una legislación que contenga el derroche de recursos proveniente del patrimonio público y de fuentes ilícitas, incluyendo el narcotráfico.

Es relevante que los peledeístas hayan burlado el consenso nacional en momentos en que la opinión pública está impactada por las denuncias del convicto narcotraficante Quirino Ernesto Paulino de que él y otros de sus colegas financiaron con por lo menos 200 millones de pesos las actividades políticas del expresidente Leonel Fernández entre 2001 y 2004, lo que tras varias semanas no ha sido negado por el presidente del partido morado.

También llama la atención la cínica actitud del vocero peledeísta en la Cámara de Diputados, Rubén Maldonado, responsabilizando a “sectores insanos”, políticos y sociales, por el retiro del proyecto, aduciendo que la sociedad civil es “enemiga del PLD” y llegando al extremo de proclamar que “la democracia, la institucionalidad y el fortalecimiento de los partidos han sufrido una estocada mortal por la actitud asumida ante el proyecto por el Partido Revolucionario Moderno y sus líderes”.

Vale advertir, finalmente, que el proyecto ahora retirado adolece de múltiples carencias de los reclamos para adecentar la actividad política, controlar los períodos de campañas electorales, el monopolio de medios de comunicación, la manipulación de encuestas y la equidad. Niega la cuota mínima femenina en los cargos de los partidos, y su régimen de sanciones es tan benévolo que no desincentiva los delitos electorales. Aún en fraudes y abuso del patrimonio público, algunas multas serían de 20 salarios mínimos oficiales, (actualmente de 5,117 pesos), que apenas pasarían de los 100 mil pesos, luego de que sea cosa definitivamente sancionada por los tribunales en largo proceso, menos de lo que requeriría un abogado de tercera categoría para iniciar una defensa. Las suspensiones del financiamiento público son de 6 meses y las condenas de cárcel, cuando proceda, de 6 meses a dos años.

Una chapucería legislativa de los diputados y el PLD

Por Juan Bolívar Díaz
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No hay explicación racional para que no pasara por el Senado, como dispone la Constitución y la práctica tradicional, la aprobación de las observaciones presidenciales que procuran establecer excepciones en la penalización del aborto, dejando esa legislación en riesgo de ser declarada inconstitucional.

Tal como han sostenido expertos constitucionalistas, diversas organizaciones y algunos legisladores, la Cámara de Diputados violó preceptos constitucionales y reglamentarios para despachar atropelladamente el Código Penal reformado con una chapucería legislativa, a sabiendas de que poderosos sectores objetarán la ley.

Atropello legislativo. Como por arte de magia, el presidente de la Cámara de Diputados, Abel Martínez, se sacó de la manga un proyecto de modificación a las observaciones presidenciales y lo hizo aprobar atropelladamente para luego enviarlo al Poder Ejecutivo, desconociendo la facultad del Senado, y para colmo el presidente Danilo Medina lo promulgó horas después.

No se ha entendido el objeto de tanta prisa y poca ponderación, sobre todo ante una legislación tan polémica que de antemano algunos sectores ya habían amenazado con procurar su anulación ante el Tribunal Constitucional.

El debate hubiese permitido una mayor votación porque la confusión y el procedimiento fue rechazado hasta por legisladoras tan partidarias de la despenalización parcial del aborto, como Guadalupe Valdez y Minou Tavárez Mirabal, que no aprobaron el proyecto.

Tal como señaló la Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus), el presidente de la Cámara incurrió en varias violaciones a su reglamento interno: pasó por encima de la Comisión de Justicia, a la que se había encomendado el estudio de las observaciones presidenciales, no permitió el debate de su propuesta, ignoró la disposición que le manda dejar la conducción de la sesión en manos de la vicepresidencia cuando se conozca un proyecto propio, y ante las objeciones no consultó al plenario.

Se adiciona el hecho de que Martínez ignoró por completo el proyecto que en la sesión anterior había sometido la diputada Guadalupe Valdez para convertir en ley las observaciones presidenciales al Código Penal, violentando su derecho como legisladora. Lo mismo que ocurrió con otros que pretendían se les permitiera referirse al asunto.

Una acogida parcial. En realidad, lo aprobado el martes 16 por los diputados fue sólo una parte de las observaciones del Poder Ejecutivo. Lo que se sometió a votación no fueron las observaciones formuladas, sino un proyecto que las modifica, acogiéndolas parcialmente. Abel Martínez obvió la obligación de someter a votación separada si se acogían las observaciones y en cambio presentó y sometió a votación su propio proyecto, sobre el que algunos votaron no, pese a que eran partidarios de acoger las observaciones.

Es clarísimo que el Presidente pidió exceptuar de sanciones penales el aborto en tres circunstancias: cuando peligra la vida de la madre, en caso de violación o incesto y cuando el feto en formación tiene “malformaciones incompatibles con la vida”. Sólo se aprobó la primera. Las otras dos excepciones fueron remitidas a una “ley especial”, sin siquiera plazo para ser presentada o aprobada, lo que modifica las observaciones presidenciales.

Martínez no reveló el origen de su proyecto, ni si lo había consensuado con su partido o con el Poder Ejecutivo, pero en fuentes políticas se sostiene que fue fruto de acuerdo para superar la división de los dos sectores que se disputan el predominio en el Partido de la Liberación Dominicana, incluyendo a altos funcionarios del gobierno. Lo aprobado reenvía el debate probablemente a “las calendas griegas”, como planteó la Alianza por la Democracia, que sostiene que en este caso pasó igual que con la ley 169-14 “donde los acuerdos de aposento y el temor primaron sobre el interés de la nación y lo verdaderamente justo”. En este caso la ley ha sido vulnerada ya que seis meses después a la gran mayoría de los desnacionalizados no se les han devuelto sus documentos.

De dos tercios a la mitad. En la misma aprobación de la Cámara Baja hubo una irregularidad que puede ser objeto de inconstitucionalidad. Ha habido divergencias en cuanto a si el Código Penal puede ser considerado una ley orgánica. Pero el hecho incontrovertible es que para la aprobación del proyecto que luego observó el Presidente, se estableció los dos tercios.

El artículo 112 de la Constitución establece que “Las leyes orgánicas son aquellas que por su naturaleza regulan los derechos fundamentales”… Y precisa que para su aprobación o modificación requerirán del voto favorable de las dos terceras partes de los presentes en ambas cámaras”. Se considera que el derecho a la vida de la madre o del feto, es fundamental.

Copias del “Protocolo de Votación” de las sesiones del 1 de abril y el 18 de noviembre, en las que se aprobó el código indican arriba “Tipo de mayoría” 2/3 Presentes”, mientras la del martes 16 de diciembre indica “1/2 presentes+”. Eso significa que una mayoría simple modificó cuatro artículos de un código para el cual se había requerido dos terceras partes. En la sesión de abril 126 votaron a favor, 7 se abstuvieron y ninguno en contra. La de noviembre 132 a favor, 3 en contra y 11 abstenciones. En la de diciembre 93 aprobaron, 66 en contra y 12 no votaron. Como se puede observar en las dos primeras sesiones la aprobación superó el 90 por ciento y en la última el 58 por ciento.

Se volaron el Senado. También ha habido divergencias en cuanto a si la modificación al código penal introducida por la Cámara de Diputados tenía que pasar por el Senado. El primero en considerar que era innecesario fue el presidente de la Cámara, lo que aceptó el Ejecutivo.

La única forma en que se podría prescindir del Senado, es si los diputados hubiesen rechazado las observaciones presidenciales, porque en ese caso estaban ratificando lo ya aprobado por los senadores y porque la desestimación de cualquiera de las dos cámaras liquida las sugerencias presidenciales. Es lo que ha predominado en la práctica legislativa.

Pero aún si los diputados hubiesen acogido las tres propuestas presidenciales de excepciones a la penalización del aborto, tenían que remitirlas al Senado para que lo hiciera también. Con más razón cuando a su vez se modificaron las observaciones. En pocas palabras: se ha convertido en ley un texto sólo de los diputados, diferente al aprobado por los senadores, que trata de exceptuar la penalización del aborto si es para salvar la vida de la madre, y que dispone una ley especial para las otras dos causales.

El experto constitucionalista Cristóbal Rodríguez lo fundamenta: “la observación presidencial, si es acogida, tiene como consecuencia la incorporación de nuevos contenidos a la ley. Nuevos contenidos que, por serlo, no han sido conocidos ni sancionados por la otra cámara. En un sistema bicameral no puede haber ninguna disposición legal que no haya sido debidamente sancionada por las dos cámaras. Está en la índole del bicameralismo que el contenido de la legislación a la que los ciudadanos y los órganos del poder público deben obediencia sea el resultado de un proceso de deliberación que debe producirse en ambos hemiciclos respecto de su contenido total”.

Rodríguez cita los artículos 76 y 93 de la Constitución que establecen que el Poder Legislativo se ejerce por dos cámaras, y que corresponde al Congreso Nacional (ambas cámaras) “Conocer de las observaciones que el Poder Ejecutivo haga a las leyes”.

 

El proyecto de ley busca revocar el genocidio civil

Por Juan Bolívar Díaz
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El proyecto de ley sometido al Congreso Nacional por el Presidente Danilo Medina convalida la nacionalidad a decenas de miles de descendientes de extranjeros residentes irregulares nacidos en el país con actas de nacimiento, y establece una vía para la simple naturalización a otros que nunca obtuvieron el registro civil.

Se trata de un artificio que evade la inequidad de la sentencia 168/13 del Tribunal Constitucional (TC) sin enfrentarla, abriendo un atajo con un filigrana jurídico que atiende el clamor nacional e internacional de justicia y respeto a derechos humanos fundamentales, y al mismo tiempo que trata de conciliar las posiciones enfrentadas.

Convalidación y naturalización. Tal como habíamos advertido el 30 de marzo, (HOY: “Danilo Medina se debate entre Naturalización y Convalidación”) el primer mandatario optó por “una fórmula que resuelva el drama de los desnacionalizados y satisfaga los requerimientos del derecho internacional, evadiendo confrontar el dictamen del Tribunal Constitucional”. Se precisaba que “el Presidente podría hacer una fusión de Convalidación y Naturalización, aludiendo a un anteproyecto del Ministerio de la Presidencia y al plan originario de Naturalización rechazado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que visitó el país en diciembre, enarbolado por los defensores a rajatabla de la sentencia.

La propuesta de ley introducida a través de la Cámara de Diputados procura “establecer a) un régimen especial en beneficio de hijos de padres y madres extranjeros no residentes nacidos en el territorio nacional durante el período comprendido entre el 16 de junio de 1929 y el 18 de abril del 2007 (el que abarca la sentencia del TC) inscritos en los libros del Registro Civil dominicano en base a documentos no reconocidos por las normas vigentes para estos fines al momento de la inscripción; y b) el registro de hijos de padres extranjeros en situación irregular nacidos en la República Dominicana y que no figuran inscritos en el Registro Civil”.

Para los primeros, los desnacionalizados por el Tribunal Constitucional, dispone que la Junta Central Electoral (JCE) proceda a “regularizar y/o transcribir” sus actas en los libros del Registro Civil y “los acreditará como nacionales dominicanos”. Los que ya tenían cédulas de identidad y electoral serán dotados del mismo documento con su numeración anterior, y los que no la hayan tenido se les otorgará. El Estado les reconoce retroactivamente todos los actos de la vida civil que realizaron. En resumen, a los desnacionalizados se les convalidan plenamente sus derechos, con lo que se revierte el genocidio civil iniciado por la Junta Central Electoral en el 2007.

Los argumentos de Danilo. Tanto la carta con la que el presidente Medina remitió su proyecto al Congreso como las consideraciones del mismo, contienen planteamientos básicos sobre la dignidad humana, la justicia y la convivencia, llamados a desinflar el clima de odios y exclusiones que se ha promovido en el país en los últimos siete meses.

Indica que es el fruto del consenso logrado con sus consultas “inspirado en principios fundamentales sobre los que se erige nuestro Estado, tales como la dignidad humana, la libertad, la igualdad, el imperio de la ley, la justicia, la solidaridad y la convivencia fraterna”.

Sostiene que regularizar sus documentos “es la forma más justa, rápida y definitiva de terminar con la incertidumbre de estas personas y sus descendientes y desterrar para siempre la posibilidad de que sus derechos sean restringidos por carencias administrativas en las que ellos no tuvieron ninguna responsabilidad ni participación”.

Añade que se trata de permitir que personas que vivieron toda su vida con una identidad jurídica “se les reconozca definitivamente como válida y buena y puedan continuar su vida normalmente”.

En sus primeros considerando, la propuesta se refiere a los planteamientos de la sentencia, reconociendo su carácter vinculante para los poderes públicos, pero no excluye que los órganos políticos fruto de la voluntad popular “den respuestas a situaciones nuevas que se crean a partir de decisiones que dicta el Tribunal Constitucional”.

Luego señala que los órganos de representación popular tienen la obligación de buscar soluciones a los problemas sociales en base al interés nacional y guiados por los valores “que están plasmados en el Preámbulo de la Constitución, como son la dignidad humana, la libertad, la igualdad, el imperio de la ley, la justicia, la solidaridad y la convivencia fraterna”.

Reconoce insostenibilidad. El proyecto de ley evade herir susceptibilidades, por lo que no se refiere a la posición insostenible del apartheid creado por la sentencia ni al clamor nacional en su contra que crecía cada semana, ni al daño que ha producido a la imagen del país, pero todo eso influyó para que el presidente Medina mantuviera su reacción inicial de buscar una solución humana y justa al conflicto, y contó con la firmeza del equipo técnico y político del Ministerio de la Presidencia, sometido a ataques virulentos.

En el ámbito nacional crecía también la convicción de que había que reparar esa iniquidad y eliminar un elemento que consumió la atención nacional y muchas energías durante un tercio de los 21 meses que lleva esta gestión gubernamental.

El proyecto fue publicado el mismo día que la acreditada encuesta Penn and Schoen-SIN revelaba que el 72 por ciento aprobaba la ciudadanía de los descendientes de haitianos que habían sido registrados. En enero la Gallup-HOY registró 58 por ciento.

La acogida casi general que ha recibido el proyecto y su aprobación a unanimidad y de urgencia en la Cámara de Diputados, adelanta su rápida conversión en ley, ya que es fruto, tal como se había considerado imprescindible, de la voluntad política de los dos mayores líderes del partido gobernante, que tiene 31 de los 32 escaños y el otro, el reformista Amable Aristy adelantó su conformidad. Hasta muchos de los que defendían la exclusión han aceptado la solución “salomónica y pragmática”.

Reparos de derechos humanos. Se puede prever que la ley será acogida con alivio en el ámbito internacional, por los gobiernos y organismos multilaterales y aún en las instituciones que velan por los derechos humanos, porque dejará sin efecto el despojo de la ciudadanía a decenas de miles de personas, que en esos ámbitos se considera la violación más grave de derechos humanos en la historia del sistema interamericano.

Habrá un reparo fundamental a la decisión de convertir en extranjeros y obligar a una “naturalización ordinaria” a los descendientes de inmigrantes irregulares que nunca han sido declarados en el Registro Civil, como ya lo hizo la Agencia de la Organización de las Naciones Unidas para Refugiados y Migrantes (ACNUR), que consideró el proyecto como “un primer paso para restaurar la nacionalidad de decenas de miles de personas”.

Pero planteando que “también debería remediar de manera efectiva la situación de la mayoría de las personas afectadas por la sentencia del Tribunal cuyo nacimiento no ha sido declarado”.

En el país el Comité de Solidaridad con las Personas Desnacionalizadas valoró el proyecto como un esfuerzo del Gobierno por encontrar una salida humanitaria y justa al drama de la desnacionalización y lo acepta como una transacción de consenso, pero ratifica su convicción de que todos los nacidos en el territorio nacional antes de la Constitución del 2010 tienen derecho a la nacionalidad, incluyendo los no declarados.

Citan la sentencia del 2005 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, “nuestra última instancia en materia de derechos humanos, en el caso de las niñas Yean y Bosico.

Por igual, Participación Ciudadana consideró positiva la propuesta de ley y abogó por un mecanismo “sencillo, accesible y razonable” para la naturalización de los indocumentados nacidos en el país.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos se irá por el mismo camino de la aprobación con reparos, dados sus planteamientos históricos al respecto, y fue quien llevó el caso Yean y Bosico a la Corte. Pero por el momento los expedientes que tiene en trámites son todos de los desnacionalizados y la ley los dejaría sin objeto.

Sin duda conjuraría la avalancha de denuncias contra el país.

Los de la naturalización

Empeñado en conjurar el escándalo internacional y hacer justicia a los que habían sido aceptados como dominicanos, el Gobierno mantuvo la esencia del anteproyecto elaborado por el Ministerio de la Presidencia, del que dimos cuenta el 16 de marzo (HOY: “Toca al PLD revocar el genocidio civil”). Pero hizo concesiones a las posiciones nacionalistas en cuanto a los que nunca fueron registrados como dominicanos. Se planteaba una vía rápida para darle acceso a la naturalización sin que tuvieran que registrarse como extranjeros.

El proyecto enviado al Congreso les da un plazo de 90 días para inscribirse en el libro de extranjería y luego y otro de sesenta (60) días para acogerse al Plan Nacional de Regularización de Extranjeros.

Solo después de dos años podrán optar por la “naturalización ordinaria” Todo ello sujeto a un reglamento por definirse.

Fuentes bien informadas indican que el presidente Medina tuvo que hacer concesiones en el proyecto original que fue denunciado por la Fuerza Nacional Progresista, cuyo líder, Vincho Castillo, habría planteado la ruptura de su alianza con el partido gobernante, con lo que consiguió el apoyo del expresidente Leonel Fernández, quien a su vez negoció y logró el endurecimiento de las condiciones para la naturalización de los no registrados, que son de los más pobres del país, y cuyo número podría superar el de los descendientes de extranjeros que tienen registro de nacimiento.

Quedan excluidas de la validación las actas de nacimiento que configuren el delito de falsedad de escritura cuando el hecho “le sea imputable directamente al beneficiario”, lo que tendría que someterse a un tribunal. Los de la naturalización deberán demostrar haber nacido en el país y tener arraigo social en el mismo.

 

Hay que mantener el voto preferencial

Por Juan Bolívar Díaz

El Senado debe seguir la pauta trazada por los diputados que en septiembre aprobaron un proyecto de ley ratificando la institución democrática del voto preferencial que la Junta Central Electoral (JCE) propuso eliminar lo que aumentaría el poder de las cúpulas partidarias y reduciría la independencia del Poder Legislativo.

En vez de restringir el derecho a elegir y ser electo, debería ser ampliado separando la elección de los diputados de los senadores y de los regidores de los alcaldes concomitantemente con una ley que fortalezca la democracia interna de los partidos y evite la imposición del dinero sobre la voluntad democrática.

Proyecto congelado. Tras la aprobación en la Cámara de Diputados de una ley que ratifica el voto preferencial que rigió en las tres últimas elecciones legislativas, el 11 de septiembre pasado, las cúpulas de los partidos dominantes hacen esfuerzo por evitar su ratificación por parte del Senado de la República.

Tanto el doctor Leonel Fernández como el ingeniero Miguel Vargas Maldonado, presidentes del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) y del Partido Revolucionario Dominicano (PRD), se han manifestado públicamente contra el voto preferencial. El primero tiene notable influencia sobre gran parte de los 31 senadores de su partido. El otro es el reformista Amable Aristy Castro, mientras el PRD no tiene representación en esa cámara. Fernández y Vargas prefieren las listas cerradas con las que aumentan los poderes de quienes inscriben las candidaturas, al reservarse el orden en que aparecen los diputados, garantizando la elección a los primeros.

Entre los diputados, que favorecieron el proyecto abrumadoramente al aprobarlo en dos lecturas consecutivas con votación de131 a 11 y 121 a 14, se teme que los senadores atiendan la opinión de las cúpulas. Uno de los argumentos para bloquear la pieza ha sido que esa materia debe incluirse en la Ley de Partidos que se viene debatiendo desde 1998 y que ha ingresado infructíferamente una decena de veces a la agenda legislativa.

Como los actuales diputados fueron electos por el voto preferencial, y la mayoría prefiere mantener un sistema de elección que les garantizó su escogencia, lo que muchos, sobre todo los más independientes, creen que no hubiese ocurrido de haber dependido del orden de colocación en las boletas, como establecía el sistema tradicional. Distinto es el caso de los senadores, ya que muchos de ellos fueron señalados por la dirección partidaria.

Principales objeciones. En octubre del 2010, tras la última elección congresual y municipal, separadas de la presidencial, mediante su resolución 74-20l0, la JCE dejó sin efecto su resolución 05 del 2001 que había instituido el voto preferencial como resultado de un amplio consenso político-social que implicó la Reforma de la Ley Electoral 275-97, aprobada en diciembre del 2001. El órgano de administración electoral consideró que “no había tiempo” para implementarla en los comicios del 2002 por lo que se dejó para el 2004, y evadió aplicarlo para los regidores, como se había aprobado.

La eliminación del voto preferencial no fue fruto del consenso como su instauración, pero la mayoría de la JCE recogió las objeciones que le venían haciendo los líderes políticos, agregándole el hecho de que resulta más trabajoso el cómputo y que muchos gerentes de los colegios electorales no lograron cuadrar los resultados del escrutinio, evidenciándose las carencias matemáticas de los dominicanos.

Las mayores objeciones han sido que el voto preferencial origina competencias y divisiones al interior de los partidos, y favorece a los candidatos con mayor poder económico que sacan ventajas de la publicidad y arrancan con más anticipación, y encarece las campañas de los partidos. También que el preferencial impide garantizar la cuota femenina y la de los aliados.

En el 2010 tras la última elección congresual, la Cámara Contenciosa de la JCE fue apoderada de una treintena de impugnaciones por candidatos a diputados de los mismos partidos, incluyendo la repetida denuncia de que algunos “invertían” en delegados a las mesas para obtener votos fraudulentos.

Esencia de la democracia. La esencia de la democracia es que el elector tenga oportunidad de elegir directamente, no a través de listados cerrados determinados a conveniencia de los líderes partidarios. El preferencial se instauró junto a las circunscripciones en la reforma a la ley electoral de 1997. Su artículo 79 expresa su esencia democrática: “Las elecciones nacionales para elegir diputados y regidores se harán mediante circunscripciones electorales con el objeto de garantizar que los ciudadanos que resulten electos en las elecciones generales del año 2002 y subsiguientes sean una verdadera representación del sector de los habitantes que los elijan”.

Se dejó en manos de la JCE reglamentar el voto por circunscripciones y preferencial y se mantuvo el arrastre del senador por la elección de los diputados. Desde entonces las organizaciones sociales abogaron porque tanto la boleta legislativa como la municipal permitieran al elector votar separadamente por el senador y los diputados como por el síndico, ahora alcalde, y los regidores, lo que sería más democrático.

Al no depender del lugar en que los coloquen en las boletas, tanto los diputados como los regidores tendrían más posibilidades de independencia, de ser más fieles a sus electores que a las directrices de un sistema partidario donde no predominan las ideologías ni los proyectos de bien común.

Ahora que las elecciones congresuales y municipales volverán a realizarse en el mismo año que las presidenciales, con pocas semanas de diferencia, sería más democrático mantener el voto preferencial al menos para los diputados a fin de reducir los efectos del arrastre del voto por los candidatos a la presidencia y dejar un mayor margen de independencia a la cámara baja.

Falta reglamentación. Es cierto que tal como ha operado en el país el voto preferencial genera efectos secundarios no deseados, como los antes señalados. Pero todos se pueden controlar mediante reglamentación, que es lo que no quieren los líderes políticos. Tienen razón también en considerar que esa materia debe ser parte de la ley de partidos, pero ésta no acaba de ser aprobada. El primer proyecto de Ley de Partidos fue fruto de un amplio consenso entre líderes políticos y sociales en el marco de la Comisión para Reforma y Modernización del Estado en el primer gobierno del doctor Fernández Reyna (l996-00), a quien le fue entregado en 1999.

Durante el gobierno perredeísta de Hipólito Mejía (2000-04), esa Comisión, rebautizada como Consejo Nacional para Reforma del Estado, volvió a consensuar la ley de partidos. El PRD mantuvo mayoría en las cámaras legislativas hasta el 2006, desde cuando la tiene el PLD, pero ninguno ha aprobado la ley, aunque ha sido objeto del pacto del 2005 entre Leonel Fernández y Vargas Maldonado, y de un compromiso firmado en la campaña electoral del 2012 que prometía aprobarla en seis meses.

Para garantizar un buen desempeño del voto preferencial sería preciso limitar el tiempo de campañas y la inversión, que los candidatos a diputados no puedan promoverse individualmente en la prensa, radio y televisión, sino directamente y sólo en su circunscripción.

No es cierto que la eliminación del voto preferencial reduzca el clientelismo ni las marrullerías al interior de los partidos. Del mismo se llegó a registrar más de una lista por partido, porque había un tráfico de influencia por los primeros lugares. La eliminación de los barrilitos y cofrecitos sería también esencial para garantizar igualdad democrática, más ahora cuando los actuales legisladores habrán estado seis años recibiendo financiamiento para promoverse, en detrimento de quienes se presenten como alternativa.

Retroceden las reformas

El voto preferencial fue parte del proceso de reformas políticas e institucionales con que avanzó la nación en los años noventa hasta el 2002, cuando el PRD y Mejía anularon la prohibición de la reelección presidencial establecida en la Constitución de 1994 para reducir los abusos del patrimonio público en aras del continuismo.

La reforma constitucional del 94 también incluyó la separación de las elecciones, el voto de los residentes en el exterior, la doble nacionalidad y la mayoría del 50 por ciento para elegir al presidente.

La reforma de la ley electoral incluyó la cuota mínima del 33 por ciento de las postulaciones para la mujer, y el financiamiento estatal a los partidos políticos y las consultas de la JCE a los partidos como elemento necesario para sus decisiones.

Hubo un largo proceso de seminarios y consultas entre los sectores políticos y sociales, donde se fraguaron las reformas políticas, como también las sociales, incluyendo el código laboral y la ley de seguridad social. Varias de esas reformas han sido revocadas y algunas, como las de partido y participación social, no se han materializado, por clara resistencia del liderazgo político que ha impuesto un pragmatismo salvaje con el clientelismo, la manipulación electoral y la corrupción.