El auto de la Fiscal abona la impunidad

Por Juan Bolívar Díaz
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El archivo definitivo de la querella de Guillermo Moreno para que se investigue la fortuna del expresidente Leonel Fernández y su Fundación Global, dispuesto por la procuradora fiscal del Distrito Nacional, Yeni Berenice Reynoso, contiene elementos de racionalidad pero abona la impunidad en la gerencia pública nacional.

Llama la atención que el dictamen sugiere la comisión de actos reñidos con la moral y la ética sancionados en las sociedades democráticas, pero al mismo tiempo se rechaza realizar una investigación a fondo para verificar sus reales alcances, bajo el alegato de que no hay tipificación delictual.

Nada sorprendente. A nadie debe haber sorprendido la decisión de la fiscal de disponer el archivo definitivo de la querella contra el doctor Leonel Fernández y su Fundación Global, pues desde que fue presentada el 24 de enero pasado se advirtió que ese sería su destino, dado el absoluto control de los mecanismos judiciales que dejó amarrado el querellado.

La leve esperanza de independencia que se desprendía de las condiciones éticas y profesionales de la joven fiscal fue aniquilada por las presiones públicas y privadas que se ejercieron sobre ella, con concertados ataques políticos y personales a través de medios de comunicación, al extremo de haberle llevado una turba vociferante y amenazante disfrazada de abogados frente a su despacho el 5 de abril.

Ya en el análisis “El Nunca Jamás de Guillermo Moreno” (HOY 17 de febrero) se advertía que esa querella “constituye una carga muy pesada que podría poner en juego la tranquilidad y hasta la carrera de la joven abogada Yeni Berenice Reynoso…La generalidad de los observadores cree que es un peso demasiado grande por los poderes que concentra el expresidente Fernández, especialmente en las altas cortes”.

La decisión de la joven fiscal pudo haber quedado sellada al final de abril cuando el expresidente de la Suprema Corte de Justicia Jorge Subero Isa confesó que ese organismo se inclinó ante el presidente Fernández en el escandaloso caso de la Sun Land. Si 18 magistrados de experiencia, muchos  en el final de sus carreras, con por lo menos tres de ellos favoreciendo el imperio de la justicia, no pudieron desafiar el poder, por qué habría de hacerlo una joven fiscal solitaria y apenas en el inicio de su carrera.

Salida con racionalidad. En medio de un fuego cruzado, la talentosa Yeni Berenice Reynoso se buscó una salida con un elemento que no deja de tener racionalidad, acogiéndose al “Principio de Legalidad Penal”, sobre la base de que las acusaciones contenidas en la querella del doctor Moreno no están tipificadas como delitos.

Cita el artículo 40 de la Constitución que proclama que “Nadie puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan infracciones penal o administrativa”.

Ella pudo haberse inhibido en el caso, aduciendo que tenía conflicto, ya que la  defensa la encabeza el exprocurador general Radhamés Jiménez, quien la designó fiscal, o porque ella misma es una beneficiaria de la Fundación Global donde cursa una maestría de 10 mil dólares, pero para muchos habría sido una forma de escapatoria.

El auto de archivo se fundamenta en que “la falta de tipificación de las acciones impide que el Ministerio Público pueda actuar, más aún hace de las diligencias de investigación propuestas por el querellante un proyecto de caso fracasado, ya que estando la Fiscalía convencida, en base a criterios jurídicos, que por la deficiencia del sistema legislativo dominicano, en lo que respecta al tema en cuestión, no es posible imputar determinadas conductas, embarcarse en la empresa de una investigación en esas circunstancias es violatorio de los principios de razonabilidad, lógica jurídica y contraviene la disposición del principio dos del Código Procesal Penal”…

Se afianza citando el artículo 146 de la Constitución, invocado por el querellante, que condena toda forma de corrupción en los órganos del Estado, y plantea que “Será sancionada con la pena que la ley determine, toda persona que sustraiga fondos públicos o prevaleciéndose de sus posiciones dentro de los órganos y organismos del Estado, sus dependencias o instituciones autónomas, obtenga para sí o para terceros provecho económico”. Para sostener a continuación que se trata de un principio general que aún no ha sido objeto de una legislación específica.

Admite hechos condenables. Como en el caso Sun Land, donde la Suprema Corte rechazó conocer la instancia de inconstitucionalidad aunque admitía que aquel endeudamiento público debía ser autorizado por el Congreso Nacional, la querella contra Leonel Fernández y Funglode se desestima aduciendo falta de tipificación penal, pero el dictamen reconoce que las imputaciones deberían ser objeto de sanción.

En su punto 16 establece que la legislación dominicana “para tipificar y sancionar hechos que en la mayoría de las sociedades democráticas se consideran delitos es obsoleta, no facilita la imputación objetiva ni contribuye, en lo referente al marco legal, a hacer eficiente la persecución contra la corrupción”.

En su punto 84 “la Fiscalía del Distrito es de criterio que en un Estado Social, Democrático y de Derecho, no es posible que se tenga que perseguir la corrupción con un Código Penal que data del 1808, no obstante de que su promulgación en República Dominicana es de 1882. Es necesario que el sistema dominicano sea dotado de una legislación que se corresponda con los tiempos actuales, a los fines de no tener que seguir llamando ¨indelicadeza¨ a acciones que deben ser sancionadas penalmente, pero que la Fiscalía en ninguna circunstancia puede inobservar el principio de legalidad y mucho menos usurpar la función de legislador”.

En el punto 33 del auto la Fiscalía expresa su criterio de que “es indispensable que el legislador pueda regular y obligar a transparentar cualquier donación que reciba un funcionario público”, indicando que países como Colombia y Estados Unidos, “que han reconocido que a través de ¨donaciones¨ se cometen verdaderos actos de corrupción, han tomado medidas al respecto”.

Al fundamentar el archivo de la querella,  el punto 20,  expresa que “mal haría la Fiscalía con iniciar una investigación para probar hechos que en cierto modo han sido admitidos por los querellados, pero que la legislación dominicana no tipifica y en consecuencia no sanciona”. En el 49 plantea que “no es posible perseguir penalmente a nadie por cometer actos que riñan contra la ética o la moral, si el legislador no ha convertido esas conductas, acciones u omisiones en tipo penales que describan y sancionen de forma clara una conducta”. Y en el 62 argumenta que la competencia de la Fiscalía “no incluye investigar o juzgar penalmente el ámbito de la ética o la moral”.

Podía encontrar agravantes. La debilidad de la decisión de la Fiscalía radica en que renuncia a investigar para determinar el monto de las multimillonarias donaciones recibidas por Funglode,  si rebasaban el límite de lo voluntario para caer en la extorsión, soborno, cohecho, tráfico de influencia, conflictos de intereses  o en “delitos de los funcionarios que se hayan mezclado en asuntos incompatibles con su calidad”, invocados por la querella, como sancionados en los artículos 166, 167, 174,176, 177 y 361 del Código Penal. También evadió determinar la responsabilidad del presidente Fernández quien, según su defensa, durante sus últimos 8 años de Gobierno  era apenas un “directivo honorario” de Funglode, aunque se paseó por el mundo en su calidad de Presidente, pero firmando acuerdos para beneficio de su fundación y despachaba todas las noches en su edificio.

La Fiscalía desestimó tres propuestas de diligencias de investigación que presentó el querellante para establecer las funciones públicas y privadas y las diligencias de las personas que sin ser dirigentes de Funglode manejaron sus cuentas con decenas de millones de pesos. La segunda para requerir los registros contables que conforme a la ley debía llevar la fundación, solicitud al Ministerio de Obras Públicas sobre obras concedidas y pagos a cinco empresas donantes de Funglode, así como a la Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado sobre otras diez. En la tercera instancia se pedía interrogar a cinco personas específicas que habrían tenido que dar contribuciones a Funglode para recibir pagos por servicios al Estado.

La investigación podía arrojar luces sobre las triangulaciones en operaciones como construcción y equipaje de su edificio, así como en torno a los donantes y el volumen de dinero recibido en sus primeros 9 meses durante la primera gestión presidencial de Fernández. Tan solo en Baninter, al quebrar en el 2003, había 119 millones de pesos en cuentas de la fundación.

Es obvio que la Fiscalía llegó a la conclusión de que los fondos obtenidos por la fundación del presidente Fernández fueron donaciones lícitas sin haber realizado la menor investigación. No siguió el ejemplo de Francia o España, donde se investiga a la directora del Fondo Monetario Internacional Christine Lagarde y a la infanta Cristina, hija del Rey, para determinar si son imputables de tráfico de influencia. La primera cuando era funcionaria francesa y la segunda por acciones de su esposo.

Aunque hace esfuerzo por fundamentar su dictamen, la fiscal Reynoso sienta un precedente que abona a favor de la impunidad. Como escribió el notable jurista Francisco Alvarez Valdez, “la percepción que quedará es que Leonel Fernández es intocable, que no puede ser objeto ni siquiera de un proceso de investigación, que nadie puede llamarlo a interrogatorio, y que esta es la prueba final de que se ha convertido en el nuevo Balaguer o sencillamente que no hemos superado esa época”.

 

Nadie está por encima de la ley

Por Juan Bolívar Díaz

El postulado de que nadie puede estar por encima de la ley es universal y ha sido consignado de una u otra forma en todas las constituciones dominicanas desde la fundación de la República, incluyendo la promulgada por el presidente Leonel Fernández el 26 de enero del 2010, cuyo artículo 39 consigna: “Derecho a la igualdad. Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, reciben la misma protección y trato de las instituciones, autoridades y demás personas y gozan de los mismos derechos, libertades y oportunidades, sin ninguna discriminación”… El numeral 1 de este artículo “condena todo privilegio o situación que tienda a quebrantar la igualdad” y el 3 proclama que el Estado “debe promover las condiciones jurídicas y administrativas para que la igualdad sea real y efectiva”.

 Procede este recordatorio tras el bochornoso espectáculo montado ante la Procuraduría Fiscal del Distrito Nacional el 5 del mes en curso buscando impedir que se investigue una documentada querella formulada contra el mismo mandatario que promulgó la Constitución vigente, por demás un jurista de profesión y vocación desde antes que se le atribuyeran los atributos sobrenaturales que en la historia nacional se otorga a los presidentes, sobre todo a los siete que han gobernado dos tercios del período republicano.

La turba que se presentó ante la Procuraduría Fiscal del Distrito Nacional pretendió intimidar al querellante, el ex incumbente del mismo organismo Guillermo Moreno y a sus abogados, pero también constituyó una grosera presión contra la actual titular, Yenice Berenice Reynoso. Lo más grave del caso es que estaba constituida por varios centenares de abogados transportados desde diferentes jurisdicciones del país, entre los cuales había muchos empleados del Estado, consultores jurídicos y antiguos fiscales, de quienes se debía esperar respeto a la majestad de la justicia.

Todavía es más escandaloso que esa turba vociferante y amenazante acompañara un  consejo de defensa del querellado que está encabezado por el doctor Radhamés Jiménez, quien durante varios años fuera Procurador General de la República. Como se trata de un abogado caracterizado por la ponderación y el raciocinio jurídico, debe entenderse que el caso ha generado un grave descontrol emocional.

Nadie puede pretender negar el derecho a la defensa al ciudadano Fernández, inocente hasta que un tribunal legítimo le declare culpable de las imputaciones que se le puedan formular. Tampoco se debe aspirar a un linchamiento judicial, pero tampoco se le puede considerar por encima de la ley ni de la justicia por más que sus defensores lo crean “el más grande dominicano de todos los tiempos”.

Para nada honra ni ayuda a la defensa del ex presidente Fernández que la misma se fundamente en la injuria y la descalificación  del querellante, también jurista y de impoluta conducta profesional y ciudadana, quien fuera precisamente el primer fiscal distrital del ahora querellado. Lo que les corresponde es responder minuciosamente los cargos, formulados  con abundante documentación, de lo que se presume como  prevaricación, lavado de activos, concusión, perjurio, de actividades incompatibles con el cargo de Presidente de la República, y de enriquecimiento ilícito.

La joven y brillante fiscal Reynoso, reconocida por todos desde su gestión como Procuradora Fiscal de Santiago, por lo que fue promovida al Distrito Nacional precisamente por el ex Procurador General Jiménez, merece respeto y consideraciones y no las chantajistas denotaciones de que ahora se le hace objeto por medios de comunicación. La merece por la majestad del cargo, por sus condiciones personales, intelectuales, profesionales y morales y hasta por su juventud y condición de mujer inspiradora de una nueva generación de funcionarios judiciales.

Ante la querella lo que corresponde es una investigación que reivindique la institucionalidad judicial y la independencia de sus agentes. Abundan los  procesamientos y condenas de ex mandatarios, de dirigentes políticos y altos funcionarios, como ha ocurrido recientemente en Brasil, Guatemala, España, Francia, Italia, Taiwán, Israel y otros países. Ahora mismo están sujetos a imputaciones de corrtupción una hija del rey de España y el ex presidente francés Nicolás Sarkozy, y bajo investigación el expresidente de Brasil Lula da Silva, quien terminó su gestión con altísima aprobación. Es que en la democracia nadie está por encima de la ley.

 

 

El Nunca Jamás de Guillermo Moreno

Por Juan Bolívar Díaz
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La generalidad de los que han leído la querella del doctor Guillermo Moreno para que se investiguen las cuentas del expresidente Leonel Fernández (LF) y su Fundación Global (Funglode) concluyen en que es un documento con abundante fundamentación que por lo menos pone de relieve la ausencia de transparencia.

Aunque se presentan indicios documentales de serias irregularidades, muchos estiman que las debilidades institucionales de la nación dejan escasas  posibilidades de que la querella prospere, y hay quienes esperan que siquiera sirva para incentivar transparencia y escrupulosidad en la gestión pública.

La valentía de Moreno.  La iniciativa del jurista y profesor universitario que fuera el primer procurador fiscal del presidente Fernández en 1996 y candidato presidencial en las elecciones del año pasado, es un acto de valentía frente al poder político, económico y judicial  acumulado por el exmandatario y líder del gobernante Partido de la Liberación Dominicana (PLD). Por supuesto que está movida por intencionalidad política, como es lógico y normal en todas las actividades de los personajes públicos, pero merece una ponderación y respuestas más allá de la simple descalificación.

Frente al cúmulo de documentos contenidos en la querella, el más interesado en su dilucidación debería ser el propio acusado, sobre todo cuando todo el país le atribuye la también intencionalidad política de buscarse por lo menos un cuarto período de gobierno. El doctor Fernández y sus abogados podrían aprovechar la circunstancia para hacer transparente todo el financiamiento y el gasto de la Fundación Global que acaba de cumplir trece años de constituida, el 3 de enero del 2000, al amparo de su primer período de gobierno (1996-2000).

En el mundo democrático no se acepta que un presidente en ejercicio constituya una fundación y recabe recursos multimillonarios mientras ejerce la labor de gobierno, porque se presta al tráfico de influencia, cuando no a la extorsión. Eso se reserva a los ya retirados de la competencia política y en cualquier caso tienen que publicar anualmente sus ingresos y gastos, con las fuentes de financiamiento.

La falta de información sobre las fuentes de financiamiento y el gasto de Funglode ha sido objeto de murmullos en los ámbitos diplomáticos y de instituciones internacionales. Hasta personalidades invitadas a actividades de esa entidad han quedado sorprendidas por el lujo de sus instalaciones y se han interesado por saber cómo se financia. El año pasado se produjo una exclamación de molestia por parte de representantes de un organismo internacional ante tres periodistas cuando al pronunciar un discurso el embajador de su país informó de un programa con la Fundación Global. Aludieron a que la cooperación internacional debería  ser coherente con el reclamo de transparencia.

Consistente documentación.  Las lujosas edificaciones de Funglode, con oficina de alta clase en Nueva York, y sus múltiples actividades son suficiente evidencia de una entidad multimillonaria. Y lo fue casi desde el principio ya que al quebrar el Banco Intercontinental en marzo del 2003, tenía allí depósitos financieros por 104 millones 49 mil pesos, más 15 millones 67 mil 245 pesos en tres cuentas corrientes, y 15 mil 791 dólares, para un total superior a 119 millones de pesos, según detalló la comisión del Banco Central que intervino el banco.

La querella documenta la movilización de decenas de millones de pesos obtenidos mientras el doctor Fernández era presidente de la nación, pero manejados en cuentas personales, primero a nombre de Manuel Rodríguez Casado, y luego de Marilis Pérez y Luisa del Pilar Marte, la primera asistente personal de Diandino Peña, ministro administrativo de la presidencia, luego ministro de Obras Públicas y finalmente director de la Opret, constructora de las dos líneas del metro capitalino. Las cuentas permanecieron a nombre de esos particulares que nunca fueron directivos de Funglode, aún años después que la entidad tuviera formal incorporación y pudiera operar en el mercado bancario.

Los lectores de la querella que ha sido profusamente difundida en innumerables sitios de Internet y en un folleto editado con el título de ¡Nunca Más!, resultan impresionados por la cantidad de facsímiles de cheques y cuentas bancarias que la documentan. Sostiene que la cuenta en Baninter a nombre de Rodríguez Casado, cerrada en septiembre del 2000, manejó entre depósitos y créditos 66 millones 622 mil 292 pesos en los primeros nueve meses de la fundación y cuando Fernández todavía era presidente de la nación. En algunas fechas los depósitos fueron multimillonarios: 11 millones 200 mil el 15 de junio, 15 cheques de un millón cada uno el 19 de junio, y un depósito de 7 millones de pesos el 15 de agosto, último día del gobierno 96-2000, mediante un cheque de administración comprado con dinero en efectivo.

Pesada carga para la Fiscal.  La querella con 104 “elementos de prueba” presentada a la procuradora fiscal del Distrito Nacional el 24 de enero constituye una carga muy pesada que podría poner  en juego la tranquilidad y hasta la carrera de la joven abogada Yeni Berenice Reynoso, traída a la capital tras acumular prestigio en la fiscalía de Santiago. La generalidad de los observadores cree que es un peso demasiado grande por los poderes que concentra el expresidente Fernández, especialmente en las altas cortes. Aunque no faltan quienes esperan que ella se constituya en una especie de Baltasar Garzón, el juez español que ganó prestigio mundial con atrevidas acciones judiciales.

El 5 de enero Moreno y sus abogados adicionaron un documento amparados en el Código procesal Penal señalando una serie de diligencias que la fiscalía debería realizar ante instituciones financieras públicas y privadas para investigar los cargos que formulan al expresidente y su fundación. También las cuentas de las personas que manejaron recursos de Funglode.

Piden centrar indagaciones sobre las declaraciones juradas ante la Dirección General de Impuestos Internos que debió hacer la fundación a partir del 2005 cuando entró en vigencia la Ley 122-05 sobre entidades sin fines de lucro y que obliga a transparentar cada año los ingresos y egresos de las mismas. Solicitan identificar nombres y montos de los donantes, empresas o personas.

Los cargos específicos.   Los cargos presentados en la querella incluyen la violación al artículo 146 de la Constitución que sanciona la corrupción y penaliza a quien “prevaliéndose de sus posiciones dentro de los órganos y organismos del Estado, sus dependencias o instituciones autónomas, obtenga para sí o para terceros provecho económico”. Así como a quien “proporcione ventajas a sus asociados, familiares, allegados, amigos o relacionados”.

También imputan delitos establecidos en el Código Penal como concusiones de funcionarios públicos, de funcionarios mezclados en asuntos incompatibles con su calidad, violación a la ley que castiga el lavado e incremento patrimonial derivado de actividades ilícitas, y los crímenes de prevaricación y perjurio.

Es obvio que no resulta fácil comprobar ni condenar tantos y tan graves cargos y menos a un líder político, con amplia defensa, pero la documentación es tan pesada y abundante que en cualquier democracia siquiera de mediana intensidad produciría un gran escándalo político. Por lo menos obliga a una minuciosa y extensa investigación a no ser que se le pretenda despachar políticamente.-

Muchas operaciones turbias

La querella de Moreno, sustentada por tres brillantes jóvenes abogados, Cristóbal Rodríguez, Carlos Moisés Almonte y Jorge Luis Polanco Rodríguez, muestra numerosas operaciones trianguladas de cuentas. Por ejemplo para la construcción y equipamiento del edificio de Funglode de la cuenta Marilis-Luisa se destinan al menos 15 millones de pesos a Promociones Madeira SA, pero los cheques eran depositados en una cuenta a nombre de Maritza López y/o José Abréu, funcionarios y aliados políticos de los gobiernos de Fernández. De aquí se documentan cuatro pagos entre febrero y septiembre del 2002 para equipos y cubicaciones de la fundación que totalizan 4 millones 474 mil pesos.

La querella ejemplifica cargos a LF como propiciar compañías e interpósitas personas como “empresarios” para captar recursos y ponerlos a su disposición a través de Funglode, lo que consideran incompatible con la función pública y violatorio de la ley; prestadores de servicios al Estado hacían contribuciones; entidades públicas convertidas en clientes y patrocinadores de la fundación. Se citan cheques con montos de cientos de miles de pesos de instituciones como el Banco Central, Indotel y varios ministerios para patrocinar cursos, seminarios, cenas y fiestas de la fundación.

Una extensa documentación se refiere al patrocinio de Funglode por diez empresas cuya propiedad se atribuye al actual senador Félix Bautista, íntimo colaborador de LF, quien dirigiera la poderosa Oficina de Ingenieros Supervisores de  Obras del Estado entre el 2000 y 2010. Según la instancia de Moreno sólo en el 2001 esas contribuciones totalizaron alrededor de 45 millones  de pesos, con citas y facsímiles de dos bancos. Documentan transferencias de diversas empresas contratistas del Estado por sumas de cientos de miles de dólares y millones de pesos.