Novedoso proyecto de reforma electoral

Por Juan Bolívar Díaz
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El proyecto de reformas a la Ley Electoral,  elaborado por la OEA, contiene importantes regulaciones a la extensión y el gasto en las campañas electorales con topes e identificación de donantes, y actualiza las sanciones.

El proyecto de reformas a la Ley Electoral elaborado por una misión técnica de la Organización de Estados Americanos (OEA) contiene numerosas novedades regulatorias de la extensión y el gasto de las campañas electorales y faculta a la Junta Central Electoral (JCE) a cautelar el abuso de los recursos estatales.

El documento está ahora en manos del Pleno de los gerentes electorales que deberían hacerlo propio y tramitarlo a los partidos y al Congreso Nacional con la urgencia que demanda la adecuación de la legislación al nuevo orden constitucional antes de que se inicie formalmente la adelantada campaña electoral.

Una urgente adecuación.  La JCE pidió asistencia técnica a la OEA para elaborar un proyecto de reformas integrales a la vigente Ley Electoral que quedó obsoleta con la Constitución de la República promulgada en enero del 2010, para lo cual a mediados del año vino al país una misión técnica que realizó consultas con los funcionarios electorales y los partidos políticos.

El documento fue entregado en Washington el 26 de septiembre al presidente de la JCE, Roberto Rosario, y al miembro titular del organismo Eddy Olivares, por el secretario general de la OEA, José Miguel Insulza. Pese a la urgencia de la legislación fue más de mes y medio después que esta semana fue entregado al Pleno de la Junta que deberá hacerlo propio y tramitarlo a los partidos y al Congreso Nacional, donde hace meses duerme el proyecto de Ley de Partidos Políticos.

Este proyecto es un desafío a los legisladores por las novedosas regulaciones que  implica, y dada la escasa voluntad que ha mostrado el sistema político dominicano para establecer límites a las campañas electorales y los abusos de recursos estatales, así como por la actualización de las sanciones a los violadores de las normas.

La urgencia está determinada en primer lugar, por la necesidad de adecuar la Ley Orgánica de la JCE al nuevo orden constitucional que separó en dos organismos autónomos las funciones administrativas y normativas de las contenciosas del sistema electoral. La nueva JCE tiene ahora un solo órgano ejecutivo, el Pleno de sus miembros titulares, por lo que se requiere eliminar de la Ley Electoral la división de cámaras Administrativa y Contenciosa.

El proyecto es integrado por 248 artículos, 68 más que los 180 de la ley actual, incluyendo 4 nuevos que definen los principios generales. El 6 remite las funciones contenciosas al nuevo Tribunal Superior Electoral aún pendiente de ser constituido.

Una reforma integral.  El artículo primero del proyecto indica el objetivo de regular el ejercicio ciudadano de elegir y ser elegido, el procedimiento y desarrollo del proceso electoral y el funcionamiento y competencias de la JCE “como máximo ente responsable de la organización de los comicios”.  Aquí se debería incluir también la gestión del registro civil, la que certeramente es detallada en el texto. El proyecto de la OEA tiene una importante omisión, al no especificar el tiempo que durará la campaña electoral, limitándose a plantear en su artículo 119 que “se entenderá abierto desde el día en que se emita la proclama por parte de la JCE, y concluirá a las 12:00 de la noche del jueves inmediatamente anterior al día de las elecciones”.

La ley vigente establece que la Junta Central Electoral debe proclamar el inicio de la campaña electoral al menos 90 días antes de la votación, aunque los partidos y candidatos la inician hasta más de un año antes.

Se incluyen amplias previsiones para normar al artículo 81 de la nueva Constitución que instituye la elección de siete diputados en representación de la comunidad dominicana en el exterior. Condiciona la postulación a haber residido en la circunscripción correspondiente por lo menos los cinco años anteriores.

Establece tres circunscripciones en el exterior. La primera, que comprende Canadá y Estados Unidos (excluyendo Miami), elegirá 3 diputados (as). La segunda circunscripción corresponde a Miami, Curazao, Panamá, Puerto Rico, San Marteen y Caracas y elegirán 2 diputados(as). La tercera se encuentra en Europa (Madrid, Barcelona, y Amsterdam) y tendrá 2 diputados (as).

Se propone ampliar los límites para la inscripción de candidaturas y registro de alianzas, fusiones o coaliciones. El primero que es de 60 días antes de los comicios, pasaría a 75, y el segundo, que es de 75 días, se llevaría a 90.

Reformas transcendentes.  La limitación de la campaña electoral al período oficial, la prohibición de usar recursos y actos estatales para hacer propaganda política,  la presentación de un presupuesto de gastos al comenzar la campaña, incluido un tope a ser establecido por la JCE, la definición de normas éticas en la competencia electoral, y la actualización del régimen de sanciones son de los aspectos más relevantes del proyecto de la OEA.

El artículo 132 plantea:  No puede difundirse propaganda ni realizarse acto alguno de campaña electoral fuera del período definido por la presente ley, con excepción de lo dispuesto por la Ley de Partidos Políticos con relación a las Precampañas. Exceptúa la divulgación de las actividades de los partidos. Prohíbe la publicidad anónima, indicando que deberá indicar el responsable.

Según los artículos 166-167, los partidos o sus candidatos deberán depositar ante la JCE, en un plazo no menor a 60 días antes de los comicios, un presupuesto general de ingresos y gastos en el proceso electoral, que incluirá la nómina de contribuyentes, fuentes y relación de ingresos. Indica que la JCE, en consulta con los partidos, “definirá el tope de gastos” que no podrá superar el presupuesto más alto presentado por los partidos, y en el mismo se incluirá “todo tipo de aportes, ya sea en calidad de  donación, cesión o préstamo que no implique la erogación de recursos económicos”. Prohíbe la contribución de las personas jurídicas.

La celebración de actos públicos de los organismos estatales “no podrá servir de escenario para la promoción de cualquiera de los candidatos”, incluyendo propaganda o cualquier actividad. Tampoco utilizar en las campañas recursos materiales, equipos o personal pagado por el Estado. Las inauguraciones quedarían prohibidas en los últimos 15 días de campaña. Durante toda la campaña la publicidad estatal no podrá promover directa ni indirectamente la motivación del sufragio a favor de candidatos. Las encuestas no podrán publicarse dentro de los cinco días anteriores a la votación y hasta 3 horas después de la misma.

  Cuestión de ética y equidad

El proyecto de la OEA contiene múltiples regulaciones destinadas a mejorar la competencia electoral, a garantizar la equidad democrática y a defender los principios éticos que deben normar las actividades de partidos y candidatos. Su artículo 123 establece que la campaña electoral “deberá enmarcarse dentro de las más altas normas de ética”  y a continuación explicita cuatro fundamentales.

Se otorga a la JCE la facultad de promover debates de programas y propuestas y de adoptar  medidas cautelares para hacer cumplir la normativa, incluso para “hacer cesar el uso indebido de los recursos y medios públicos y aquellos que puedan  ser considerados ilícitos” y actualiza el régimen de sanciones de una lista específica de “delitos electorales” ahora medidas en base a salarios mínimos que pueden llegar a 200. Y los “delitos electorales” conllevarían hasta dos años de reclusión, además de multas.

El documento elaborado por especialistas de la OEA tiende a una actualización integral de la legislación electoral dominicana, a tono con las tendencias en la materia en diversos países latinoamericanos. Hace tiempo que los analistas internacionales colocan a la República Dominicana entre los países con mayor atraso en las regulaciones de las campañas electorales, del financiamiento y el gasto de los partidos y candidatos.

La lentitud con que el presidente de la JCE ha manejado el proyecto de la OEA, dejando pasar ya casi dos meses, puede ser indicativo de las dificultades de que el mismo pueda aprobarse siquiera antes de que se inicie formalmente la campaña electoral, lo que dependerá de la voluntad que muestren los partidos por normativas que promueven la transparencia, la equidad y la democracia electoral.

Ninguno de los partidos mayoritarios ha mostrado disposición a las reformas que plantea el documento elaborado por la OEA. No respaldaron el proyecto presentado en el 2007, con más anticipación a la siguiente elección, para reglamentar la campaña electoral, que fue una valiente iniciativa de la entonces Cámara Administrativa, cuando era presidida por el doctor Rosario e incluía a otros dos de los cinco actuales titulares de la JCE.

Sin embargo, esta vez el proyecto tiene una ventaja, y es la urgencia institucional de adecuar la JCE al nuevo orden constitucional para ratificar plenamente su legitimidad antes de que se ejecute el proceso electoral en marcha.

 

Es urgente mejorar el régimen electoral

Por Juan Bolívar Díaz
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Ahora que ha anunciado la elaboración de dos proyectos de ley sobre el sistema de partidos y el régimen electoral, la Junta Central Electoral (JCE) debe aprovechar el mandato que le otorga la nueva Constitución para auspiciar reformas que fortalezcan la democracia dominicana.

El desafío es para todo el sistema partidista y la sociedad civil, que deben honrar los consensos de 12 años sobre un nuevo régimen de partidos y una reglamentación de las campañas electorales, del financiamiento y los procedimientos democráticos, con las consiguientes penalidades.

Del orden constitucional

Por lo que anunció al finalizar mayo, la JCE tiene el propósito de aprovechar las nuevas facultades que le otorga la Constitución del 2010 para proponer una reforma electoral de amplio espectro y un proyecto de ley de partidos políticos que garantice la democracia interna y los derechos ciudadanos.

 Al respecto, el organismo se ha buscado la asesoría de especialistas de la Organización de Estados Americanos (OEA) para presentar a consideración del liderazgo político y social un proyecto de modificación de la Ley Electoral vigente, cuyo primer borrador era conocido esta semana por la JCE con la meta de iniciar su discusión pública el mes próximo.

El presidente de la JCE, doctor Roberto Rosario, ha precisado que se requiere una coordinación entre la ley de partidos y la ley electoral, aprovechando el mandato de los artículos  211 y 212 de la Constitución promulgada el año pasado, que es hasta redundante en las responsabilidades de ese organismo.

El artículo 211 indica que la JCE y las Juntas Electorales “tienen la responsabilidad de garantizar la libertad, transparencia, equidad y objetividad de las elecciones”, y el enunciado básico del 212 le otorga “facultad reglamentaria en los asuntos de su competencia”.

Para no dejar dudas, los constitucionalistas fueron más específicos, al introducir un Párrafo IV donde se proclama que “La Junta Central Electoral velará porque los procesos electorales se realicen con sujeción a los principios de libertad y equidad en el desarrollo de las campañas y transparencia en la utilización del financiamiento. En consecuencia, tendrá facultad para reglamentar los tiempos y límites en los gastos de campaña, así como el acceso equitativo a los medios de comunicación”.

El artículo 216 demanda una legislación que, como él mismo indica, sustente el funcionamiento de los partidos “en el respeto a la democracia interna y a la transparencia”, así como “garantizar la participación de ciudadanos y ciudadanas en los procesos políticos que contribuyan al fortalecimiento de la democracia”.

Ley de Partidos Políticos

Desde finales de la década de los 90 se hacen esfuerzos por una ley que rija los partidos políticos. Ya en 1999, representantes partidistas y de organizaciones sociales llegaron a un primer proyecto consensuado para una Ley de Partidos y Agrupaciones  Políticas, en el marco de la Comisión Presidencial para Reforma y Modernización del Estado creada por el presidente Leonel Fernández, quien, sin embargo, engavetó la propuesta.

La comisión, transformada en Consejo Nacional de Reforma del Estado por el presidente Hipólito Mejía, retomó el proyecto y volvió a consensuarlo con dirigentes políticos y sociales. Fue introducido al Congreso unas tres veces por varios legisladores, pero la mayoría del Partido Revolucionario Dominicano también lo engavetó.

El de Partidos Políticos debe ser el proyecto de ley que más  veces ha sido introducido al Congreso Nacional, alrededor de ocho, la primera en el 2003 y las dos últimas en el 2009, cuando en agosto llegó a ser aprobado por la Cámara de Diputados, pero no fue sancionado por el Senado, esta vez controlado por el Partido de la Liberación Dominicana.

La aprobación de la Ley de Partidos quedó incorporada como compromiso derivado del pacto por la reforma constitucional firmado en mayo de 2009 entre el presidente Leonel Fernández y el excandidato presidencial del PRD Miguel Vargas Maldonado. El vicepresidente Rafael Alburquerque quedó encargado de una comisión peledeísta que lo estudiaría para darle curso, lo que no ha ocurrido dos años después.

La última versión, introducida a la Cámara de Diputados  en la segunda legislatura de 2009 por el legislador Ángel Acosta quedaría desfasada con un proyecto integral de reforma de la Ley Electoral como el que ha anunciado el doctor Rosario.

Propuestas democratizadoras

Son múltiples las propuestas que se han formulado en las últimas dos décadas en orden a la democratización y transparencia del sistema político y electoral dominicano, entre las cuales resaltan:

– Garantizar la elección democrática de los dirigentes de los partidos políticos.

– Obligatoriedad de elecciones primarias para la escogencia de todos los candidatos.

– Ampliación del derecho ciudadano a elegir los diputados separados de los senadores y los alcaldes de los regidores.

– Mayores facilidades para la presentación de candidaturas independientes.

– Límites rígidos a los períodos de campañas para escoger candidatos y para la elección nacional, así como para el financiamiento, la propaganda  y la inversión.

– Prohibición terminante del uso de recursos estatales en las campañas electorales, así como de propaganda gubernamental y actos de inauguración de obras públicas durante el período de las campañas.

– Fortalecer las facultades de las Juntas Electorales Municipales para el recuento de votos cuando proceda.

– Garantizar la representación de las minorías políticas, ya instituida en la Constitución, pero desconocida por la ley reglamentaria.

– Obligar a los partidos a hacer transparente su financiamiento y gastos y que sean auditados por la Cámara de Cuentas como todos los organismos que reciben fondos públicos.

– Efectivas sanciones administrativas y penales para las violaciones a la Ley Electoral y sus correspondientes reglamentaciones.

– Eliminar las restricciones a la publicación de conteos rápidos y encuestas a la salida de los centros de votación.

Una reforma integral

Lo que anunció el 29 de mayo el doctor Rosario es una reforma integral a la Ley Electoral 275-97, que vaya más allá de la simple adecuación del sistema  electoral, dividido por la nueva Constitución en dos organismos autónomos, el organizacional y reglamentario representado ahora por la JCE, y el contencioso por el Tribunal Superior Electoral. A la adecuación se refiere un proyecto de ley que cursa en el Senado y que debería ser aplazado hasta esperar el que la JCE tiene en proceso de elaboración.

Según Roberto Rosario, en la Ley Electoral se incluiría normas sobre el financiamiento de la actividad política, creando un sistema de revisión de cuentas,  el funcionamiento integral del sistema electoral, uso de los medios de comunicación en los procesos electorales y a mecanismos de investigación como las encuestas.

El proyecto de la JCE estará basado en un estudio comparativo de la legislación electoral latinoamericana realizado por los expertos de la secretaría de asuntos políticos de la OEA. A partir de julio esperan las propuestas de los partidos, que en general no han mostrado firme voluntad de actualizar la legislación electoral. Se planea reuniones de los técnicos con los líderes políticos y sociales para incentivarlos a formular propuestas.

La última reforma substancial  a la ley electoral fue aprobada en 1997, la cual incluyó el financiamiento del presupuesto nacional a los partidos políticos, las circunscripciones electorales y el voto preferencial por los diputados, y estableció la cuota del 25 por ciento de las postulaciones para las mujeres, elevado al 33 por ciento en el 2000.

En el 2007, la JCE presentó un Proyecto de Reglamento de Campaña Electoral, Actos de Propaganda y Uso de los Medios de Comunicación, elaborado por su Cámara Contenciosa, de la que eran parte la mayoría de los actuales miembros de la JCE, los doctores Roberto Rosario, José Ángel Aquino y Francisco Féliz. La propuesta tampoco contó con el apoyo de los partidos mayoritarios.