Proyecto bien concebido para la ley de partidos

Por Juan Bolívar Díaz
http://hoy.com.do/image/article/632/460x390/0/92AE4B07-97AE-414E-9114-6BB4BCC041A6.jpeg

El proyecto de Ley de Partidos y Agrupaciones Políticas presentado al Congreso por la Junta Central Electoral (JCE) es más completo y mejor concebido que los varios consensuados en los últimos 12 años y representa un desafío al sistema partidista dominicano.

Además de definir derechos y deberes de los partidos y la ciudadanía, el proyecto plantea la regulación de la elección de dirigentes y candidatos, la propaganda política, las finanzas y rendición de cuentas, con un régimen de sanciones que podría ser todavía más riguroso.

Proyecto  bien concebido.  El proyecto de Ley de Partidos y Agrupaciones Políticas introducido al Congreso Nacional por la Junta Central Electoral es el más amplio y mejor concebido de los presentados a las cámaras legislativas en los últimos 12 años y engavetados a pesar de haber sido consensuados entre dirigentes políticos y sociales.

El artículo 1 de la pieza define su objeto: “La presente ley regula el ejercicio del derecho de todos los ciudadanos y ciudadanas a organizar partidos y agrupaciones políticas o formar parte de ellos, y establece las normas que regirán la constitución y reconocimiento, organización, autorización, funcionamiento, participación en procesos electorales, vigilancia y sanciones de los partidos y agrupaciones políticas”.

Al tomar en cuenta que la Ley Electoral vigente tendrá que ser reformulada en virtud de mandatos de la nueva Constitución, la JCE elaboró un proyecto de ley referente al régimen de los partidos separándolo del código operativo de ese organismo y de la organización de los procesos electorales nacionales.

Las consideraciones en que se basa el proyecto de ley parten de que los partidos son instituciones fundamentales e indispensables del sistema democrático, que resulta impostergable su fortalecimiento institucional, ya que son de naturaleza esencialmente pública y están vinculados al ordenamiento jurídico del Gobierno y el Estado.

Se fundamenta también en que “la sociedad dominicana demanda una mayor calidad del sistema democrático y del ejercicio político que le concierne para lo que se requiere del fortalecimiento institucional de los partidos y agrupaciones políticas del país, transparentando en mayor medida su accionar, haciéndolos más incluyentes, logrando una mejor y más amplia participación de la ciudadanía, y propiciando una práctica política consecuente con los principios, los valores y la ética que resultan esenciales al sistema democrático”.

Alcances más relevantes.  La pieza legislativa es particularmente relevante en planteamientos que persiguen garantizar la democracia interna y los derechos ciudadanos dentro de los partidos, obligando a la renovación democrática periódica de sus dirigentes y a la libre elección de candidatos, limitando a 20 por ciento de los cargos electivos la proporción que pueden escoger los órganos directivos.

Dedica todo un capítulo a reglamentar las precampañas electorales, incluyendo normativas para la propaganda en un período de cinco meses que comenzaría un año antes de las elecciones, todavía largo si se compara con otros países y aún con los tres meses que la Ley Electoral vigente establece para las campañas nacionales.

Las elecciones primarias podrían ser organizadas por los mismos partidos o, a formal solicitud, por la JCE, aunque en este caso los costos serían deducidos del financiamiento que la ley otorga a los partidos reconocidos.

El proyecto establece un régimen regulatorio del financiamiento de los partidos, limitando el monto de los aportes, obligando a un registro contable e informes semestrales, con registro de contribuyentes y a disposición de cualquier interesado, acorde con a Ley de Libre Acceso a la Información. Crea una “Unidad Especializada de Control Financiero de los partidos” por parte de la JCE, con “la responsabilidad de fiscalizar el financiamiento de los partidos y agrupaciones políticas y los topes de gastos de precampaña electoral”.

Se prohíbe todo género de abuso y beneficio de los recursos del Estado en todos sus estamentos, del Gobierno central o de las instituciones descentralizadas incluyendo los ayuntamientos, prohibiendo las inauguraciones de obras en los seis meses anteriores a las elecciones. Otorga facultad a la JCE para regular y de ser necesario anular cualquier operación ilícita de los recursos y medios del Estado.

Desafío a los partidos.  Con el proyecto de Ley de Partidos, la JCE vuelve a desafiar a los partidos dominantes, tanto el de la Liberación Dominicana, que ahora controla el Congreso, como al Revolucionario Dominicano, que lo tuvo durante el período 1998-2006. Ambos han evadido aprobar los proyectos de Ley de Partidos Políticos consensuados desde 1999 con dirigentes sociales en el marco de la Comisión Presidencial para Reforma del Estado, transformada luego en el Consejo Nacional de Reforma del Estado.

El último intento de regular las campañas y precampañas electorales lo representó un proyecto elaborado por la JCE en el 2007 y que fue rechazado por los partidos, en parte argumentando que el órgano de arbitraje electoral carecía de facultades para hacerlo.

Pero la Constitución del 2010 estableció en el Párrafo IV de su artículo 212 que la Junta Central Electoral “velará porque los procesos electorales se realicen con sujeción a los principios de libertad y equidad en el desarrollo de las campañas y transparencia en la utilización del financiamiento. En consecuencia tendrá facultad para reglamentar los tiempos y límites en los gastos de campaña, así como el acceso equitativo a los medios de comunicación”.  Y el artículo 216 indica que la conformación y el funcionamiento de los partidos deben sustentarse en el respeto a la democracia interna y a la transparencia, de conformidad con la ley”.

El proyecto de la JCE no alcanza la profundidad de la legislación y las regulaciones electorales de Brasil, Chile, México y otras naciones latinoamericanas,  pero en el país representa avances significativos que desafían al liderazgo político, como el contenido de su artículo 8: “Se consideran principios y valores fundamentales para el ejercicio de la democracia política: la libertad, la justicia, la solidaridad, el pluripartidismo, la diversidad ideológica, el acatamiento a la voluntad de las mayorías, la equidad y transparencia en la competencia partidista, la alternabilidad en el poder, el uso de medios democráticos para acceder a la dirección del Estado, y el reconocimiento de los derechos de las minorías”.

Régimen de sanciones

El proyecto de Ley de Partidos establece un régimen de penalidades para las violaciones específicas de lo consignado en sus 77 artículos, con lo que se superaría una legislación electoral poco específica en esa materia, lo que ha determinado que muchos de sus enunciados fueran convertidos en “letra muerta”. La mayor penalidad es por desviación de los fondos del financiamiento a los partidos referida al artículo 408 del Código Penal que prevé hasta diez años de prisión.

En términos de coerción personal se indica la prisión correccional de 6 meses a un año, e inhabilitación para ser candidato a posiciones electivas en los dos períodos electorales siguientes a la condena irrevocable para los violadores del artículo 19 que se refiere a una amplia gama de delitos, que incluyen desconocer derechos ciudadanos, violencia, alteración del orden público, sobornos y dádivas para obtener votos, despojo de candidaturas ganadas en las primarias, imponer deducciones de salarios y cualquier forma de abuso de los bienes y fondos públicos.

En materia de multas la mayor sanción oscila entre 100 y 200 salarios mínimos del sector público que con el monto actual de 5 mil pesos mensuales, equivaldrían a entre 500 mil y un millón de pesos. Otras violaciones se sancionarían con multas que oscilan entre 50 y 100 salarios mínimos. En caso de financiamiento ilegal, los candidatos, partidos o personas físicas y morales serán sancionados con multas equivalentes al doble del monto implicado.

En algunos delitos electorales las sanciones deberían ser mayores, como lo señalara el reconocido jurista y dirigente de Participación Ciudadana Francisco Alvarez Valdez en una tertulia sobre el proyecto. Consideró benigna la inhabilitación por sólo un período de los que incurran en fraude electoral, lo mismo que la multa por el doble del financiamiento ilegal.

Planteamientos fundamentales del Proyecto de Ley de Partidos    

  • • Reafirma la cuota legal del  33 por ciento de las candidaturas para las mujeres
  • • Establece las elecciones primarias para escoger candidatos
  • • Limita al 20% las candidaturas que pueden señalar los órganos directivos
  • • Establece en 5 meses el período de las precampañas electorales
  • • La dirección de los partidos debe renovarse a más tardar cada 4 años
  • • Voto secreto para elegir autoridades y candidatos
  • • Los partidos deben establecer un sistema contable y rendir cuentas
  • • Limita los aportes individuales a los partidos
  • • Se prohíbe despojar a un ganador de candidatura
  • • Prohíbe todo abuso de bienes y recursos estatales en las precampañas
  • • Prohíbe inaugurar obras públicas en los 6 meses antes de las elecciones
  • • Limita la propaganda y manifestaciones al aire libre en las precampañas
  • • Destina el 25% del financiamiento público a los partidos a educación
  • • Condena la imposición de cuotas a empleados públicos o privados
  • • Prohíbe amenazas, coacciones, engaños, sobornos y dádivas para buscar votos
  • • Establece un régimen de sanciones a las violaciones a la ley de partidos

La Ley de Partidos:otra burla política

Por Juan Bolívar Díaz

http://hoy.com.do/image/article/489/460x390/0/93EE60CE-A608-412F-8432-ABDEDE44B767.jpeg

El Partido de la Liberación Dominicana (PLD) ha dado larga al compromiso que hizo con el Partido Revolucionario Dominicano (PRD) de aprobar el Proyecto de Ley de Partidos y Agrupaciones Políticas, con el obvio objetivo de que no pueda regir la campaña electoral para los comicios de mayo próximo.

A casi doce años de discusiones y consensos el sistema político sigue renuente a la aprobación de un código que establecería límites a la extensión y el financiamiento de las campañas, que promovería transparencia y sancionaría los abusos de los recursos del Estado.

Ya no hay tiempo

En los próximos ocho días la Junta Central Electoral tiene que publicar la proclama que da inicio a la campaña electoral para los comicios legislativos y municipales de mayo próximo y una vez más sin que se hayan dado los pasos legales para establecer límites al financiamiento y la propaganda electoral y sancionar el abuso de los recursos del Estado que se han venido reclamando hace más de una década.

Aunque las discusiones sobre la Ley de Partidos políticos datan de 1999 cuando la entonces Comisión para la Reforma y Modernización del Estado elaboró el primer proyecto, todavía el sistema partidista se muestra renuente a una reglamentación más estricta de las actividades de elección de candidatos y campañas electorales.

A partir del año 2000 la comisión, rebautizada como Consejo Nacional de Reforma del Estado, retomó el consenso con delegados de todos los partidos reconocidos y de numerosas instituciones sociales, reformulando un proyecto que llegó al Congreso por primera vez en el 2003 y desde entonces, con más o menos variantes, ha sido reintroducido unas siete veces, las últimas dos a principios del 2009 y en agosto pasado.

El proyecto de ley, reintroducido por el diputado Angel Acosta,  fue objeto de ingentes negociaciones en una amplia comisión  hasta ser aprobado por la Cámara de Diputados a principios de agosto del 2009, pocos días antes que concluyera la legislatura. Perimió al no ser conocido por el Senado, siendo reintroducido en la Cámara Baja poco después de iniciada la segunda legislatura del año pasado. Desde entonces los mismos legisladores que lo sancionaron en agosto le han dado largas. Por más prisa que ahora se den para aprobarlo en las dos cámaras a partir de la nueva legislatura que comienza el 27 de febrero, se tomaría el mes de marzo y ya la JCE no tendría tiempo para consensuar reglamentos para su aplicación.

Otro pacto violado

La aprobación de la Ley de Partidos fue incorporada al acuerdo pactado en mayo del 2009 por el presidente Leonel Fernández y Miguel Vargas Maldonado mediante negociaciones realizadas entre comisionados de los dos partidos mayoritarios. El vicepresidente de la República Rafael Alburquerque, quien encabezó los negociadores del PLD, ha reconocido dos veces el compromiso.

A mediados de agosto la dirección del PRD llegó a anunciar que no cumplirían el acuerdo para viabilizar el proyecto de Constitución hasta que no fuera aprobado el proyecto de Ley de Partidos. Pero poco después Vargas Maldonado dio marcha atrás bajo la promesa del PLD de que tan pronto salieran de la Constitución, darían paso a la ley en octubre.

Pasaron cinco meses para que el Comité Político del partido de Gobierno se abocara a discutir el proyecto y en su última reunión esta semana lo dejó pendiente para otra sesión, mientras su secretario general Reinaldo Pared Pérez proclamaba que “de ninguna manera festinaremos un proyecto tan trascendental”, tratando de ignorar los años que lleva en debate y los numerosos consensos de que ha sido objeto, incluyendo el de la comisión de la Cámara de Diputados que lo aprobó el año pasado.

Es evidente que los peledeístas están burlando el pacto con el PRD, por lo menos dando larga para que de ser aprobada la ley no pueda ser aplicada en la campaña electoral próxima. Su posición se fortaleció esta semana cuando 21 partidos minoritarios pidieron que se aplace la aprobación de la ley para después de los comicios, o que por lo menos se introduzca un transitorio para que no se aplique este año el artículo que dejaría sin reconocimiento legal a los que no obtengan al menos el 2 por ciento de los votos en los comicios de mayo o consigan algún legislador. El Partido Reformista Social Cristiano, por separado, también pidió aplazar la legislación.

El interés del PRD

El PRD, que no hizo esfuerzo alguno por convertir en ley el proyecto en los 8 años en que tuvo la mayoría en el Congreso Nacional (1998-2006) lo declaró prioridad tras la experiencia de la campaña electoral del 2008 cuando el PLD utilizó todos los recursos del Estado para mantenerse en el poder.

Desde un año antes de esos comicios fue la Cámara Administrativa de la JCE la que puso interés en una reglamentación para acortar la campaña electoral y establecer límites a la propaganda, así como para hacer transparente el ingreso y los gastos de los partidos y candidatos. En el mismo tribunal electoral se dio larga al proyecto de reglamento hasta hacer imposible su aplicación. Muchas de las objeciones aducían que esa reglamentación tenía que hacerse mediante  ley.

El proyecto de ley de partidos ha sido favorecido por múltiples organizaciones sociales, algunas de las cuales, como Participación Ciudadana, plantearon que fuera objeto de la Cumbre celebrada a principios del 2009, pero el PRD no participó en esa ronda de negociaciones, desaprovechando la oportunidad de socializar el compromiso.

A punto de iniciarse la campaña electoral, los perredeístas lucen casi solos en el empeño por aprobar la ley de partidos, convencidos de que sus contrincantes volverán a abusar de los recursos del Estado. A ello atribuyen que el PLD no haya cumplido el compromiso de viabilizar la legislación. Los dos partidos mayoritarios se han alternado el interés por la legislación cuando están en la oposición.

Tímidos avances

El proyecto no es una panacea para perfeccionar el sistema político y afianzar la institucionalidad democrática, pero conlleva algunos avances, especialmente al establecer sanciones a las marrullerías electorales, incluyendo la posibilidad de suspender el financiamiento estatal a los partidos que abusen de los recursos del Estado o incurran en otras violaciones establecidas en su artículo 22.

El régimen de sanciones persigue llenar un vacío de la ley electoral estableciendo penalidades como la prisión correccional hasta de un año, multas que pueden ascender a 200 salarios mínimos e inhabilitación temporal para ser candidatos a quienes incurran en violaciones de la ley.

Establece límites el financiamiento de las personas individuales y obligaría a los partidos a transparentar sus ingresos y gastos, facultando a la JCE para realizar auditorías para determinar el uso de los recursos que reciben los partidos del Presupuesto Nacional, así como para establecer reglamentos de las campañas electorales.  Tiene también una serie de previsiones para evitar la monopolización de los medios de comunicación en las campañas electorales, así como para garantizar el acceso de todos los partidos y candidatos a los medios de comunicación, especialmente a los que son propiedad del Estado.  Contiene todo un capítulo destinado a garantizar la democracia interna de los partidos y a regular la selección de los dirigentes y de los candidatos a los cargos electivos.