En la Ley del Régimen Electoral hay avances, frustraciones y hasta retrocesos, como en la Ley de Partidos con grandes incertidumbres, ambas aprobadas de emergencia después de muchos años relegadas en el Congreso y por el liderazgo político nacional
Por Juan Bolívar Díaz
La nueva Ley del Régimen Electoral aprobada esta semana por el Congreso Nacional y aún pendiente de promulgación contiene algunos avances, pero también frustraciones y hasta retrocesos, como ocurrió con la Ley de Partidos y Agrupaciones Políticas de agosto pasado, en ambos casos sin que sus resultados justifiquen la larga espera ni limiten el costo de la política.
“Como caña pa´l ingenio” tituló HOY la aprobación de la Ley Electoral, cuando se cerraba la legislatura y en medio de las incertidumbres que afectan la Ley de Partidos, con impugnaciones de inconstitucionalidad y rechazo al financiamiento estatal adicional de la actividad partidista metido de contrabando.
Como caña pa´l ingenio
El proyecto de Ley del Régimen Electoral llevaba más de siete años, dando tumbos en el Congreso Nacional, presentado por la Junta Central Electoral (JCE) a fines del 2011 para adecuar esa legislación al nuevo marco establecido en la Constitución del 2010 y le pasaron dos elecciones generales relegado por la mayoría peledeísta. El de Ley de Partidos, aprobado en agosto pasado, pasó 16 años en el Congreso. Ambos fueron aprobados de urgencia, en lecturas consecutivas, sin dar tiempo a la ponderación y sin escuchar viejos clamores de democratización.
Como se trata de un texto de 293 artículos, muchos con varios párrafos, es muy probable que muchos legisladores no conocieron más que el informe de la comisión bicameral que lo sancochó para que pudiera ser aprobado en la legislatura que agonizaba, extendida por el presidente Danilo Medina. No lo pudieron salvar de visibles defectos de redacción, redundancias y hasta confusiones, como el artículo 147 sobre “candidaturas independientes”.
Se ignora si de haber sido ponderado, algún legislador hubiese advertido que el régimen de sanciones contenido en los artículos 278-286, no es disuasivo de las violaciones y que en varios casos es hasta ridículo, como cuando establece multas de 2 y 5 salarios mínimos del sector público, que es de 5 mil 110 pesos. Para casi todas las violaciones, incluyendo fraudes electorales, sobornos para inducir el voto, falsedades de registros, o violación de las restricciones de campaña electorales y topes de gasto, las sanciones son de 6 meses a 2 años de cárcel.
Al igual que en la Ley de Partidos, la mayor sanción está reservada para el que denigre o injurie a candidatos y dirigentes políticos, en esta de 3 a 10 años de cárcel, en aquella se le equipara con los crímenes y delitos de alta tecnología que conllevan cárcel, para quien a través de las redes sociales difunda informaciones “que empañe la imagen de un candidato”.
Los aspectos positivos
El primer elemento positivo de la Ley del Régimen Electoral es que adecúa la legislación a los principios de legalidad, trasparencia, libertad y equidad, establecidos en la Constitución, y separa por completo las funciones administrativas y normativas de las contenciosas en materia electoral, reconociendo la independencia del Tribunal Superior Electoral, instituido por la Constitución promulgada hace 9 años. Demasiado tiempo para algo fundamental.
La ley sanciona el transfuguismo, impidiendo una vieja práctica de perdedores en elecciones de candidatos, que pasan a ser postulados por otros partidos. Establece una Procuraduría Fiscal especializada para perseguir los delitos electorales, aunque la deja dependiendo de la Ley del Ministerio Público, con escasa independencia del Poder Ejecutivo.
Separa la votación de los municipios de la de los distritos municipales y mantiene el voto preferencial para elegir los regidores y vocales municipales, disposición que muchos querían eliminar, aunque se queda corta al no dar también la opción a los electores de votar por un representante en la sala capitular distinto del acalde seleccionado.
La nueva ley prohíbe realizar campaña fuera del período que proclame la JCE, y las inauguraciones de obras nacionales dentro de los 60 días antes de las elecciones presidenciales y congresuales y las de los ayuntamientos desde 40 días antes de los comicios municipales. El abuso de las inauguraciones llegó al extremo de que un mes antes de las elecciones del 2016, el presidente Medina “puso en marcha” la extensión de la segunda línea del metro, aunque no fue hasta dos años y cuatro meses después, en agosto del 2018, cuando en realidad entró en servicio.
Retroceso y frustraciones
La mayor objeción a la Ley del Régimen Electoral, apuntada como un gran retroceso, está en la aplicación de la cuota mínima de postulaciones por género. El artículo 136 acoge el principio constitucional de equidad de género, y eleva la cuota femenina al establecer que no debe haber menos del 40 por ciento ni más del 60 por ciento de las postulaciones a cargos electivo para mujeres y hombres. Pero lo daña la coletilla “de la propuesta nacional”, en vez de en cada demarcación electoral y por nivel de elección como regía y ratificó la Ley de Partidos 33-18.
Con razón el “Foro Feminista Magaly Pineda” se apresuró a objetarlo y pidió la observación presidencial, en virtud del mandato del artículo 39 de la Constitución que ordena al Estado“garantizar la participación equilibrada de mujeres y hombres en las candidaturas a los cargos de elección popular”. Con “la propuesta nacional”, los partidos pueden relegar a las mujeres a las candidaturas en las demarcaciones donde tienen menos probabilidad de ganar, como objeta el Foro. Pero también podrían concentrarlas en las más de 3 mil 500 candidaturas municipales, especialmente para regidoras, vocales y suplentes.
La mayor frustración de la ley aprobada está en haber rechazado el viejo clamor nacional de que se garantice el voto directo, de mandato constitucional, en la elección de los senadores, permitiendo la escogencia de estos independientemente de los diputados con voto preferencial. Eso lo reclamaron hasta la última sesión, sin ser escuchados, los legisladores de varios partidos opositores.
Alto costo de la política
La ley Electoral, como la de Partidos, no proyecta la reducción del costo de la política que hace años reclama la sociedad, al quedarse corta en la limitación de la irrupción del Estado en las campañas electorales, así como en los topes de gastos de los candidatos, que en el caso de los presidenciales llegarían el próximo año a casi mil millones de pesos, a razón de 127 por electores empadronados.
Los topes son igualmente altos para los demás candidatos, a razón de 105 pesos por electores para los congresuales y 87.50 para los aspirantes a alcaldes. Así en la provincia Santo Domingo que tendrá alrededor de millón y medio de electores, a cada candidato a senador y a las 36 curules de diputados, se les legitima gastar hasta 157 millones de pesos, y 131 millones para los candidatos a la alcaldía. En una provincia media, como Espaillat, con 175 mil electores, cada candidato al Congreso podría gastar hasta 18 millones de pesos. Además de que a cada partido se le autoriza gastar 1.75 (sin especificar pesos) por elector, muy poco en relación a los candidatos.
La inversión para obtener cargos electivos es muy superior si se toma en cuenta los topes de gastos establecidos para las precampañas en la Ley de Partidos: 70 pesos por elector para los aspirantes a candidatos presidenciales, 60 para los congresuales, 50 pesos para alcaldes, 25 para regidores y vocales. En resumen, que para ganar un cargo electoral se gasta muchas veces más que lo que se percibe como sueldo en 4 años, lo que mantiene el reinado del dinero en la enclenque democracia dominicana, que en gran parte proviene del Estado, del patrocinio de grupos económicos y de actividades ilegales, incluyendo el narcotráfico.
Además de todo eso está el financiamiento a los partidos, que este año es de mil 506 millones de pesos y el doble en el 2020, el presupuesto de varios millones anuales para la JCE y todavía quieren que les financien las elecciones primarias.
Seguirá pendiente la reforma política
Visto el resultado hasta ahora de la Ley de Partidos y tal como se proyecta la del Régimen Electoral, parece que seguirá pendiente una reforma política integral que garantice el libre juego democrático, independientemente de quien usufructúe los poderes del Estado o reúna más dinero, legítimo o ilegítimo.
Lo de la Ley de Partidos no podría ser más decepcionante, con varias demandas de
inconstitucionalidad, algunas indiscutibles, pendientes en el Tribunal Constitucional que ya las declaró de urgencia, y ahí está el lío de las elecciones primarias, después del rechazo general al financiamiento clandestino impuesto, aunque mucho se advirtió que el subsidio de todos los partidos no alcanzaba para cubrir sus costos, como quedó en el artículo 47 de la ley.
El costo de las primarias ha sido calculado por la JCE en mil 449 millones de pesos, por lo que los 200 pesos que se acordó aportarían los 5 partidos que tendrían elecciones primarias, representan apenas el 14 por ciento, y el 13 por ciento del subsidio de todos los partidos para este año.
El futuro de las leyes queda también en el aire, a la luz de sus débiles sanciones y la disposición a violarlas, ya manifiesta en el financiamiento de las primarias.
Por demás es relevante que las campañas por candidaturas, hayan seguido abiertamente sin que nadie pueda aplicar la ley en algo tan visible como las vayas en las vías públicas, lo que deja interrogantes de cómo aplicarán los límites de recaudaciones y de gastos que se pueden ocultar. Se dice que los 32 libros puestos en circulación por Leonel Fernández hace dos semanas, y los regalos de anillos y computadoras de Félix Bautista y Lucía Medina a 70 graduandos con honores en San Juan, no se cuentan como gastos de precandidatos. –
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