Fallo del Tribunal Electoral abona la división del PRD

Por Juan Bolívar Díaz

Contrario a lo que dice su último dictamen en la crisis del principal partido opositor, el Tribunal Superior Electoral (TSE) fue apoderado de los documentos, certificados por la Junta Central Electoral (JCE), que permiten comprobar la sustitución de unos 629 dirigentes y la inclusión adicional de otros 300, para totalizar 929.

La clara negación de justicia profundiza el desguañangue del PRD, alienta las confrontaciones y remite a los afectados a protestas que podrían generar graves actos de violencia y una ingobernabilidad partidaria que anularía  esa formación política, conduciendo a un régimen unipartidista.

 La tremenda corte. En la madrugada del martes 16 el TSE  rechazó la solicitud de amparo a sus derechos ciudadanos elevada originalmente por 69 dirigentes perredeístas, a los cuales se adhirieron posteriormente poco más de un centenar.  La declaró “inadmisible por resultar notoriamente improcedente”, bajo el argumento fundamental de que “por los medios de prueba aportados, este Tribunal no ha podido comprobar la condición de miembros del Comité Ejecutivo Nacional de dichos accionantes y en consecuencia no se ha probado la violación de los derechos fundamentales alegados”.

Por lo que se discutió en  audiencia y recogió la prensa, la JCE se declaró incapacitada para certificar la lista de miembros del CEN perredeísta electos en la convención nacional  del 2010 por un período de cuatro años y que en marzo del 2012 rigió la elección de los candidatos a diputados del exterior en los comicios del 2012 y la aprobación del programa de gobierno, y que dio facultad al candidato presidencial  Hipólito Mejía para pactar alianzas.

En la primera audiencia del recurso, el TSE resolvió formular dos peticiones, a la JCE y al presidente del PRD Miguel Vargas. Pero en  el primer caso incurrió en dos  “errores”, al pedir “los resultados de la XXVII Convención Nacional Ordinaria del PRD, celebrada el 27 de septiembre del 2009, especificando los nombres, número de cédula y el cargo de todos los candidatos que resultaron electos por el voto directo en la indicada convención”

Pero resulta que aunque la Convención comenzó en el 2009, se extendió hasta el 2010 y fue en febrero de este año que fueron electos los miembros del CEN. Y además una buena proporción de los mismos no son electos por “voto directo”, sino que lo son “de oficio”, por ser legisladores y alcaldes, expresidentes de la República y del partido, y una cuota de los vicepresidentes y subsecretarios generales son propuestos por el presidente a ratificación de la Comisión Política.

Donde no se equivocó el Tribunal fue en la petición al presidente del partido, a quien le precisaron el listado “de todas las personas que en la actualidad ostentan la calidad de miembros del CEN”. La actualidad son los que Vargas Maldonado registró en la JCE el 18 de mayo y el primero de junio del 2012, sin el concurso del secretario general como indican los estatutos.

El TSE sí tenía los electos. Por los términos equívocos en la solicitud, la JCE pudo sacar el bulto al conflicto. Parecía una nueva demostración de parcialidad de un tribunal cuyos integrantes se los repartieron el expresidente Leonel Fernández y Vargas Maldonado. Pero al día siguiente quedó evidente que ese fallo es un escándalo mayúsculo, que en cualquier país de mediana intensidad democrática tendría consecuencias.

El doctor Enmanuel Esquea, dirigente perredeísta y principal abogado de los recurrentes, mostró por Teleantillas que el Tribunal sí tenía el listado completo de los integrantes del CEN electos en el 2010 y que sesionaron en el 2012, incluido como anexo por los peticionarios del amparo. Mostró el listado, con fotos, nombres y cédulas del CEN del 2010, con el sello de recibido de la JCE en la primera página,  selladas todas las páginas, y al final la certificación sellada del secretario general del organismo, Ramón Hilario Espiñeira, que reza; “La presente es copia fiel y conforme a su original, al cual me remito, la que expido, firmo y sello, recibido en la Secretaría General en fecha 19 de marzo del 2012”. Agrega que fue emitida el 22 de abril del 2013.

Es obvio que los jueces pudieron comparar la lista oficial registrada en la JCE en marzo del 2012, con 2005 miembros, con las introducidas el 18 de mayo y el 1 de junio del mismo año, con 2007 y 2307 miembros, para comprobar si hay sustituidos e incluidos. Porque los impetrantes del amparo los presentaron debidamente certificados por la JCE. Sería la primera vez que un tribunal desconoce una certificación oficial.

El documento aportado al TSE, el Acta de la reunión ordinaria del CEN del 4 de marzo del 2012, podía ayudar a los jueces a establecer la realidad, puesto que la JCE certificó que el quórum fue de 1156 de los 2007 integrantes del organismo. El tribunal desoyó a los abogados que pidieron atención a los documentos presentados y que compareciera Vargas Maldonado, bajo el increíble argumento de que “sus declaraciones no aportarían valor probatorio alguno”.

 Más leña al fuego.  Es obvio que la decisión del TSE constituyó una negativa de justicia que se inscribe en la dirección de terminar de desguañangar al principal partido de la oposición que parece irrevocablemente dividido.

Al negar tan arbitrariamente el acceso a la justicia a los recurrentes, en vez de ser un factor de conciliación, el tribunal toma posición y echa más leña al fuego en que se consume una de las organizaciones fundamento del sistema político dominicano. Y al declarar inadmisible el recurso, no se pronuncia sobre el fondo, que es si los recurrentes son o no miembros del principal órgano directivo del PRD, bajo el falso argumento de que no se ha podido comprobar.

Después de la experiencia de enero pasado, cuando cientos de militantes perredeístas irrumpieron en una reunión del CEN convocada por Vargas Maldonado, se generalizan los temores de que rebrote la violencia en el nuevo intento por reunir el organismo con las exclusiones. Los que alegan la exclusión y todos los que cuestionan a Vargas Maldonado han reiterado que se harán presentes donde quiera que lo convoquen.

Por de pronto, el tremendo fallo generó reacciones duras como las del expresidente Hipólito Mejia de que no les están dejando más alternativa que “tomar las calles”, es decir, recurrir a protestas, mientras prometen endurecer la oposición al Gobierno. Se agudizan las acusaciones de que el líder del partido gobernante, Leonel Fernández, contribuye al incendio en interés de destrozar el PRD, y empiezan a responsabilizar también al presidente Medina.

La crisis del PRD es más significativa por la desmovilización que afecta al Partido Reformista Social Cristiano, tercera organización del sistema político, despersonalizado y virtualmente absorbido por el partido de gobierno.

Para qué descuartizan el PRD

Negado a dar pasos conciliatorios que restablezcan la unidad del PRD, o permitan una expresión democrática de sus militantes, teniendo  como fuerza principal el apoyo de los tribunales que constituyó con el líder del PLD, Vargas Maldonado parece no importarle ninguna consecuencia.  Para la opinión pública, y así lo han marcado las encuestas,  es obvio que sólo controla una minoría de ese partido. Y no se sabe si su resentimiento es mayor con Hipólito Mejía o con la gran mayoría de los dirigentes nacionales que lo apoyaron hasta el 2011.

Por eso tiene a la casa nacional del PRD bajo secuestro y busca el auxilio de la fuerza pública para hacer una reunión allí, ya que los hoteles y salones de reuniones se niegan a acogerlo para evitarse riesgos.

La situación se complicará aún más dado que este viernes 19 de julio  se cumplió el plazo de cuatro años por el que fue juramentado como presidente del PRD, lo que también está certificado por la JCE y se puede encontrar en los periódicos de esos días. Es posible que ahora es cuando comience la parte más peligrosa y crítica de la  confrontación, porque la mayoría de los perredeístas está perdiendo las tenues esperanzas de reunificación y muchos parecen dispuestos a tomar posición.

Al final lo que quedaría del partido más antiguo del país pueden ser apenas cenizas, lo que dejaría espacio para que surja una opción alternativa que cierre posibilidades aún al que se quede con la franquicia, sea por decisión legítima de la mayoría o por imposición con la colaboración de fuerzas externas.

Los sectores más duros del PLD y sus millonarios voceros tienen razón para  alentar el desguañangue del partido blanco. Por de pronto está incapacitado para hacer la mínima oposición y su descrédito va en ascenso. Como telón de fondo está la falta de democracia y las debilidades institucionales de los partidos dominicanos que históricamente se debaten entre el caudillismo autoritario y la anarquía.

 

Dura prueba para la Comisión de Etica

Por Juan Bolívar Díaz
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Por su triple condición de dirigente político, funcionario del Estado y director de la Comisión de Ética e Integridad Gubernamental (DIGEIG), el doctor Marino Vinicio Castillo (Vincho) está en la obligación de responder  la investigación periodística que sostiene que ocultó gran parte de su patrimonio en su Declaración Jurada de Bienes.

Los documentos publicados por el periódico digital Acento y dilucidados en programas de radio y televisión son una dura prueba para los esfuerzos de transparencia puestos en marcha por el Gobierno del presidente Danilo Medina que compromete a sus funcionarios con un Código de Pautas Eticas.

Un modesto patrimonio.  Desde que se conoció la declaración de bienes del Doctor Vincho Castillo hubo sorpresas de que presentara un patrimonio de apenas 21 millones 633 mil pesos, propio de cualquier profesional medio, a pesar de haber encabezado durante décadas uno de los bufetes de abogados más prominentes, con un edificio propio, donde jura tener acciones por solo 39,400 pesos, habiendo defendido banqueros involucrados y condenados por fraudes de decenas de miles de millones de pesos.

Una investigación del periódico Acento, dirigido por el periodista Fausto Rosario, encontró que en su declaración jurada no se incluyeron cuentas bancarias, ni automóviles, ni vivienda, ni ganado, ni el valor de numerosas propiedades agropecuarias.

No incluye los detalles de tres propiedades del doctor Castillo Rodríguez que totalizan 681,345 metros cuadrados en las parcelas 107, 112 y 168 de los distritos catastrales 9 y 2 del municipio de San Francisco de Macorís.

Tampoco incluye los detalles de otra propiedad en la parcela 48, distrito catastral 9 del Distrito Nacional, ni los de otras cuatro que, en copropiedad con sus hermanos, posee en San Francisco de Macorís y que totalizan 189,836 metros cuadrados.

En todos los casos el periódico digital incluyó las certificaciones correspondientes de los registradores de títulos, emitidas a finales de mayo pasado.

Para más complicaciones, Acento señala que  esa declaración jurada tampoco cumplió con el requisito legal de señalar todos los herederos, al no incluir dos de sus hijos, reconocidos. Publica facsímiles del extracto de  sus respectivas actas de nacimiento, así como de la declaración jurada donde se lee: “Yo, Marino Vinicio Castillo Rodríguez, declaro bajo la fe del juramento que los datos consignados en la presente declaración de patrimonio son correctos y que no he omitido ni falseado dato alguno, siendo en consecuencia todo su contenido la fiel expresión de la verdad”.

Se espera una respuesta. El reportaje fue publicado el jueves 4 de julio y más de una semana después no ha sido rebatido ni aclarado por el doctor Vincho Castillo, pese a haber estado en debate en los telediarios y  programas televisivos de investigación como el de Nuria Piera, así como en numerosos programas de radio.

Hasta ahora el funcionario ha evadido referirse al fondo del reportaje, y en cambio el pasado domingo respondió en su programa de televisión con denuestos y descalificaciones no solo del periódico que publicó la investigación, sino de reconocidos periodistas, de empresarios e instituciones que no tuvieron nada que ver con la publicación, como Participación Ciudadana, a la que catalogó como una mafia de delincuentes, aunque a través de esta reconocida entidad, el presidente Danilo Medina se comprometió con Transparencia Internacional a cumplir un “Protocolo por la Transparencia y la Institucionalidad”. Y una de las responsabilidades que atribuyó a la DIGEIG fue precisamente darle seguimiento a ese compromiso.

Todavía se espera que el veterano abogado haga su propia defensa, explicando los alcances de su declaración patrimonial bajo juramento, atendiendo al numeral 3 del artículo 146 de la Constitución de la República, a la Ley  82-79, sobre Declaración Jurada de Bienes, y al Decreto 2006 que la reglamenta, a la Ley 41-08 de Función Pública, al Decreto 486-12 del presidente Danilo Medina que instituye la Dirección General de Etica e Integridad Gubernamental, así como al Código de Pautas Eticas que suscribió tras ser designado como director de este organismo.

Como dirigente político Castillo debería responder, y lo obliga su condición de funcionario del Estado, y precisamente encargado de velar por la ética y la transparencia del Gobierno, por lo que su silencio compromete uno de los propósitos de combate a la corrupción con que arrancó el Gobierno del presidente Medina, cuando instituyó la DIGEIG el 21 de agosto del 2012, cinco días después de su juramentación, y cuando  hizo firmar a los altos funcionarios, tras hacerlo él mismo, su Código de Pautas Eticas.

Las funciones de Vincho.  El artículo 1 del Decreto 486-12 “crea la Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental (DIGEIG), como órgano rector en materia de ética, transparencia, gobierno abierto, lucha contra la corrupción, conflicto de interés y libre acceso a la información, en el ámbito administrativo gubernamental”.

Los numerales 30 al 32 de su artículo 6 la responsabilizan de “realizar el seguimiento y coordinar el envío a la Tesorería Nacional o la institución que corresponda por parte de los funcionarios gubernamentales obligados por ley a presentar Declaración Jurada de Bienes”, a exigir la presentación de la misma y a solicitar “informaciones sensibles en las dependencias estatales o revisar la documentación necesaria …si las mismas se encontraran afectadas por rumores o denuncias de inobservación  que comprometan la moral de los miembros de la administración pública”.

El artículo 7 es más comprometedor, al establecer que la DIGEIG “solicitará a los servidores públicos obligados a presentar la Declaración Jurada de Bienes, entregar un informe financiero anual, a fin de evaluar la consistencia con su declaración”. Precisa que “Estos informes serán requeridos entre el 15 y el 30 de agosto de cada año”.

El Código de Pautas Eticas firmado por Vincho Castillo y demás altos funcionarios establece en su numeral 6 el compromiso de “CUMPLIR las normas de transparencia, comprometiéndome a:

a) Presentar mi declaración jurada de bienes, a más tardar a los 30 días de asumir el cargo, y a demostrar el origen de los mismos antes, durante y después de haber finalizado mis funciones, o a requerimiento de una autoridad competente.

b) Presentar anualmente mis informes fiscales y la constancia de mis compromisos tributarios, así como las exigencias que se me requieran con esa finalidad”.

La credibilidad del Gobierno.  Si el doctor Vincho Castillo no dilucida objetivamente la acusación de haber falseado su Declaración Jurada de Bienes, dejará comprometida la credibilidad de la política de transparencia y ética del Gobierno, dado el hecho de que es, precisamente, el funcionario encargado de dirigirla.

El reportaje de Acento es de las piezas periodísticas más contundentes que se recuerden, en cuanto a sustento en documentos oficiales.

De no disipar toda duda, correspondería al Procurador General de la República, Francisco Domínguez Brito, realizar las investigaciones correspondientes, con todas sus consecuencias si se determina que hubo un juramento falso. De no hacerlo parecerá  que el doctor Castillo está por encima de la ley.

Domínguez Brito es de los funcionarios a quienes Vincho Castillo ha criticado públicamente y no por razones de ética ni transparencia.

Para la institucionalidad y la convivencia democrática sería lamentable que se pase por alto un informe de esa naturaleza, lo que sería atribuido al terrorismo verbal  y al chantajismo con que el doctor Castillo se refiere a todos cuantos disienten de sus posiciones, ya sean políticas o legales, incluyendo los fraudes bancarios.

Ha llegado al extremo de insinuar falsas vinculaciones con el narcotráfico y las mafias internacionales que han ganado terreno en el país en la última década, infiltrando a las instituciones del Estado, pese a que el polémico abogado ha dirigido el Consejo Nacional de Drogas y ha  sido asesor presidencial en materia de drogas.

El juramento falso está sancionado en el Código Penal Dominicano desde principios del siglo pasado cuando el Gobierno militar emitió la orden ejecutiva 202, que en su numeral 1 establece: “Perjurio es la afirmación de un hecho falso, bajo el juramento o promesa de decir la verdad; sea al declarar por ante algún tribunal, juez, funcionario u otra persona competente para recibir el juramento o la promesa, sea en algún documento suscrito por la persona que haga la declaración, en cualquier procedimiento civil o criminal, en cualquier caso en que la ley exija o admita el juramento o la promesa”.

El poder del doctor  Castillo podría estar siendo sobreestimado, si se mide por la votación de su partido Fuerza Nacional Progresista, que la única vez que participó solo en una elección, en 1990 y precisamente con él de candidato presidencial, apenas consiguió 6,063 votos, el 0.32 por ciento del sufragio. Aunque no hay dudas de que infunde terror en dirigentes de todos los sectores sociales que temen ser víctimas de fabulaciones e insinuaciones maliciosas.

Se espera respuesta

El reportaje fue publicado el jueves 4 de julio y más de una semana después no ha sido rebatido ni aclarado por el doctor Vincho Castillo, pese a haber estado en debate en los telediarios y  programas televisivos de investigación como el de Nuria Piera, así como en numerosos programas de radio.

Hasta ahora el funcionario ha evadido referirse al fondo del reportaje, y en cambio el pasado domingo respondió en su programa de televisión con denuestos y descalificaciones no solo del periódico que publicó la investigación, sino de reconocidos periodistas, de empresarios e instituciones que no tuvieron nada que ver con la publicación, como Participación Ciudadana, a la que catalogó como una mafia de delincuentes, aunque a través de esta reconocida entidad, el presidente Danilo Medina se comprometió con Transparencia Internacional a cumplir un “Protocolo por la Transparencia y la Institucionalidad”. Y una de las responsabilidades que atribuyó a la DIGEIG fue precisamente darle seguimiento a ese compromiso.

Todavía se espera que el veterano abogado haga su propia defensa, explicando los alcances de su declaración patrimonial bajo juramento, atendiendo al numeral 3 del artículo 146 de la Constitución de la República, a la Ley  82-79, sobre Declaración Jurada de Bienes, y al Decreto 2006 que la reglamenta, a la Ley 41-08 de Función Pública, al Decreto 486-12 del presidente Danilo Medina que instituye la Dirección General de Etica e Integridad Gubernamental, así como al Código de Pautas Eticas que suscribió tras ser designado como director de este organismo.

Como dirigente político Castillo debería responder, y lo obliga su condición de funcionario del Estado, y precisamente encargado de velar por la ética y la transparencia del Gobierno, por lo que su silencio compromete uno de los propósitos de combate a la corrupción con que arrancó el Gobierno del presidente Medina, cuando instituyó la DIGEIG el 21 de agosto del 2012, cinco días después de su juramentación, y cuando  hizo firmar a los altos funcionarios, tras hacerlo él mismo, su Código de Pautas Eticas.

 

El auto de la Fiscal abona la impunidad

Por Juan Bolívar Díaz
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El archivo definitivo de la querella de Guillermo Moreno para que se investigue la fortuna del expresidente Leonel Fernández y su Fundación Global, dispuesto por la procuradora fiscal del Distrito Nacional, Yeni Berenice Reynoso, contiene elementos de racionalidad pero abona la impunidad en la gerencia pública nacional.

Llama la atención que el dictamen sugiere la comisión de actos reñidos con la moral y la ética sancionados en las sociedades democráticas, pero al mismo tiempo se rechaza realizar una investigación a fondo para verificar sus reales alcances, bajo el alegato de que no hay tipificación delictual.

Nada sorprendente. A nadie debe haber sorprendido la decisión de la fiscal de disponer el archivo definitivo de la querella contra el doctor Leonel Fernández y su Fundación Global, pues desde que fue presentada el 24 de enero pasado se advirtió que ese sería su destino, dado el absoluto control de los mecanismos judiciales que dejó amarrado el querellado.

La leve esperanza de independencia que se desprendía de las condiciones éticas y profesionales de la joven fiscal fue aniquilada por las presiones públicas y privadas que se ejercieron sobre ella, con concertados ataques políticos y personales a través de medios de comunicación, al extremo de haberle llevado una turba vociferante y amenazante disfrazada de abogados frente a su despacho el 5 de abril.

Ya en el análisis “El Nunca Jamás de Guillermo Moreno” (HOY 17 de febrero) se advertía que esa querella “constituye una carga muy pesada que podría poner en juego la tranquilidad y hasta la carrera de la joven abogada Yeni Berenice Reynoso…La generalidad de los observadores cree que es un peso demasiado grande por los poderes que concentra el expresidente Fernández, especialmente en las altas cortes”.

La decisión de la joven fiscal pudo haber quedado sellada al final de abril cuando el expresidente de la Suprema Corte de Justicia Jorge Subero Isa confesó que ese organismo se inclinó ante el presidente Fernández en el escandaloso caso de la Sun Land. Si 18 magistrados de experiencia, muchos  en el final de sus carreras, con por lo menos tres de ellos favoreciendo el imperio de la justicia, no pudieron desafiar el poder, por qué habría de hacerlo una joven fiscal solitaria y apenas en el inicio de su carrera.

Salida con racionalidad. En medio de un fuego cruzado, la talentosa Yeni Berenice Reynoso se buscó una salida con un elemento que no deja de tener racionalidad, acogiéndose al “Principio de Legalidad Penal”, sobre la base de que las acusaciones contenidas en la querella del doctor Moreno no están tipificadas como delitos.

Cita el artículo 40 de la Constitución que proclama que “Nadie puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan infracciones penal o administrativa”.

Ella pudo haberse inhibido en el caso, aduciendo que tenía conflicto, ya que la  defensa la encabeza el exprocurador general Radhamés Jiménez, quien la designó fiscal, o porque ella misma es una beneficiaria de la Fundación Global donde cursa una maestría de 10 mil dólares, pero para muchos habría sido una forma de escapatoria.

El auto de archivo se fundamenta en que “la falta de tipificación de las acciones impide que el Ministerio Público pueda actuar, más aún hace de las diligencias de investigación propuestas por el querellante un proyecto de caso fracasado, ya que estando la Fiscalía convencida, en base a criterios jurídicos, que por la deficiencia del sistema legislativo dominicano, en lo que respecta al tema en cuestión, no es posible imputar determinadas conductas, embarcarse en la empresa de una investigación en esas circunstancias es violatorio de los principios de razonabilidad, lógica jurídica y contraviene la disposición del principio dos del Código Procesal Penal”…

Se afianza citando el artículo 146 de la Constitución, invocado por el querellante, que condena toda forma de corrupción en los órganos del Estado, y plantea que “Será sancionada con la pena que la ley determine, toda persona que sustraiga fondos públicos o prevaleciéndose de sus posiciones dentro de los órganos y organismos del Estado, sus dependencias o instituciones autónomas, obtenga para sí o para terceros provecho económico”. Para sostener a continuación que se trata de un principio general que aún no ha sido objeto de una legislación específica.

Admite hechos condenables. Como en el caso Sun Land, donde la Suprema Corte rechazó conocer la instancia de inconstitucionalidad aunque admitía que aquel endeudamiento público debía ser autorizado por el Congreso Nacional, la querella contra Leonel Fernández y Funglode se desestima aduciendo falta de tipificación penal, pero el dictamen reconoce que las imputaciones deberían ser objeto de sanción.

En su punto 16 establece que la legislación dominicana “para tipificar y sancionar hechos que en la mayoría de las sociedades democráticas se consideran delitos es obsoleta, no facilita la imputación objetiva ni contribuye, en lo referente al marco legal, a hacer eficiente la persecución contra la corrupción”.

En su punto 84 “la Fiscalía del Distrito es de criterio que en un Estado Social, Democrático y de Derecho, no es posible que se tenga que perseguir la corrupción con un Código Penal que data del 1808, no obstante de que su promulgación en República Dominicana es de 1882. Es necesario que el sistema dominicano sea dotado de una legislación que se corresponda con los tiempos actuales, a los fines de no tener que seguir llamando ¨indelicadeza¨ a acciones que deben ser sancionadas penalmente, pero que la Fiscalía en ninguna circunstancia puede inobservar el principio de legalidad y mucho menos usurpar la función de legislador”.

En el punto 33 del auto la Fiscalía expresa su criterio de que “es indispensable que el legislador pueda regular y obligar a transparentar cualquier donación que reciba un funcionario público”, indicando que países como Colombia y Estados Unidos, “que han reconocido que a través de ¨donaciones¨ se cometen verdaderos actos de corrupción, han tomado medidas al respecto”.

Al fundamentar el archivo de la querella,  el punto 20,  expresa que “mal haría la Fiscalía con iniciar una investigación para probar hechos que en cierto modo han sido admitidos por los querellados, pero que la legislación dominicana no tipifica y en consecuencia no sanciona”. En el 49 plantea que “no es posible perseguir penalmente a nadie por cometer actos que riñan contra la ética o la moral, si el legislador no ha convertido esas conductas, acciones u omisiones en tipo penales que describan y sancionen de forma clara una conducta”. Y en el 62 argumenta que la competencia de la Fiscalía “no incluye investigar o juzgar penalmente el ámbito de la ética o la moral”.

Podía encontrar agravantes. La debilidad de la decisión de la Fiscalía radica en que renuncia a investigar para determinar el monto de las multimillonarias donaciones recibidas por Funglode,  si rebasaban el límite de lo voluntario para caer en la extorsión, soborno, cohecho, tráfico de influencia, conflictos de intereses  o en “delitos de los funcionarios que se hayan mezclado en asuntos incompatibles con su calidad”, invocados por la querella, como sancionados en los artículos 166, 167, 174,176, 177 y 361 del Código Penal. También evadió determinar la responsabilidad del presidente Fernández quien, según su defensa, durante sus últimos 8 años de Gobierno  era apenas un “directivo honorario” de Funglode, aunque se paseó por el mundo en su calidad de Presidente, pero firmando acuerdos para beneficio de su fundación y despachaba todas las noches en su edificio.

La Fiscalía desestimó tres propuestas de diligencias de investigación que presentó el querellante para establecer las funciones públicas y privadas y las diligencias de las personas que sin ser dirigentes de Funglode manejaron sus cuentas con decenas de millones de pesos. La segunda para requerir los registros contables que conforme a la ley debía llevar la fundación, solicitud al Ministerio de Obras Públicas sobre obras concedidas y pagos a cinco empresas donantes de Funglode, así como a la Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado sobre otras diez. En la tercera instancia se pedía interrogar a cinco personas específicas que habrían tenido que dar contribuciones a Funglode para recibir pagos por servicios al Estado.

La investigación podía arrojar luces sobre las triangulaciones en operaciones como construcción y equipaje de su edificio, así como en torno a los donantes y el volumen de dinero recibido en sus primeros 9 meses durante la primera gestión presidencial de Fernández. Tan solo en Baninter, al quebrar en el 2003, había 119 millones de pesos en cuentas de la fundación.

Es obvio que la Fiscalía llegó a la conclusión de que los fondos obtenidos por la fundación del presidente Fernández fueron donaciones lícitas sin haber realizado la menor investigación. No siguió el ejemplo de Francia o España, donde se investiga a la directora del Fondo Monetario Internacional Christine Lagarde y a la infanta Cristina, hija del Rey, para determinar si son imputables de tráfico de influencia. La primera cuando era funcionaria francesa y la segunda por acciones de su esposo.

Aunque hace esfuerzo por fundamentar su dictamen, la fiscal Reynoso sienta un precedente que abona a favor de la impunidad. Como escribió el notable jurista Francisco Alvarez Valdez, “la percepción que quedará es que Leonel Fernández es intocable, que no puede ser objeto ni siquiera de un proceso de investigación, que nadie puede llamarlo a interrogatorio, y que esta es la prueba final de que se ha convertido en el nuevo Balaguer o sencillamente que no hemos superado esa época”.

 

El Nunca Jamás de Guillermo Moreno

Por Juan Bolívar Díaz
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La generalidad de los que han leído la querella del doctor Guillermo Moreno para que se investiguen las cuentas del expresidente Leonel Fernández (LF) y su Fundación Global (Funglode) concluyen en que es un documento con abundante fundamentación que por lo menos pone de relieve la ausencia de transparencia.

Aunque se presentan indicios documentales de serias irregularidades, muchos estiman que las debilidades institucionales de la nación dejan escasas  posibilidades de que la querella prospere, y hay quienes esperan que siquiera sirva para incentivar transparencia y escrupulosidad en la gestión pública.

La valentía de Moreno.  La iniciativa del jurista y profesor universitario que fuera el primer procurador fiscal del presidente Fernández en 1996 y candidato presidencial en las elecciones del año pasado, es un acto de valentía frente al poder político, económico y judicial  acumulado por el exmandatario y líder del gobernante Partido de la Liberación Dominicana (PLD). Por supuesto que está movida por intencionalidad política, como es lógico y normal en todas las actividades de los personajes públicos, pero merece una ponderación y respuestas más allá de la simple descalificación.

Frente al cúmulo de documentos contenidos en la querella, el más interesado en su dilucidación debería ser el propio acusado, sobre todo cuando todo el país le atribuye la también intencionalidad política de buscarse por lo menos un cuarto período de gobierno. El doctor Fernández y sus abogados podrían aprovechar la circunstancia para hacer transparente todo el financiamiento y el gasto de la Fundación Global que acaba de cumplir trece años de constituida, el 3 de enero del 2000, al amparo de su primer período de gobierno (1996-2000).

En el mundo democrático no se acepta que un presidente en ejercicio constituya una fundación y recabe recursos multimillonarios mientras ejerce la labor de gobierno, porque se presta al tráfico de influencia, cuando no a la extorsión. Eso se reserva a los ya retirados de la competencia política y en cualquier caso tienen que publicar anualmente sus ingresos y gastos, con las fuentes de financiamiento.

La falta de información sobre las fuentes de financiamiento y el gasto de Funglode ha sido objeto de murmullos en los ámbitos diplomáticos y de instituciones internacionales. Hasta personalidades invitadas a actividades de esa entidad han quedado sorprendidas por el lujo de sus instalaciones y se han interesado por saber cómo se financia. El año pasado se produjo una exclamación de molestia por parte de representantes de un organismo internacional ante tres periodistas cuando al pronunciar un discurso el embajador de su país informó de un programa con la Fundación Global. Aludieron a que la cooperación internacional debería  ser coherente con el reclamo de transparencia.

Consistente documentación.  Las lujosas edificaciones de Funglode, con oficina de alta clase en Nueva York, y sus múltiples actividades son suficiente evidencia de una entidad multimillonaria. Y lo fue casi desde el principio ya que al quebrar el Banco Intercontinental en marzo del 2003, tenía allí depósitos financieros por 104 millones 49 mil pesos, más 15 millones 67 mil 245 pesos en tres cuentas corrientes, y 15 mil 791 dólares, para un total superior a 119 millones de pesos, según detalló la comisión del Banco Central que intervino el banco.

La querella documenta la movilización de decenas de millones de pesos obtenidos mientras el doctor Fernández era presidente de la nación, pero manejados en cuentas personales, primero a nombre de Manuel Rodríguez Casado, y luego de Marilis Pérez y Luisa del Pilar Marte, la primera asistente personal de Diandino Peña, ministro administrativo de la presidencia, luego ministro de Obras Públicas y finalmente director de la Opret, constructora de las dos líneas del metro capitalino. Las cuentas permanecieron a nombre de esos particulares que nunca fueron directivos de Funglode, aún años después que la entidad tuviera formal incorporación y pudiera operar en el mercado bancario.

Los lectores de la querella que ha sido profusamente difundida en innumerables sitios de Internet y en un folleto editado con el título de ¡Nunca Más!, resultan impresionados por la cantidad de facsímiles de cheques y cuentas bancarias que la documentan. Sostiene que la cuenta en Baninter a nombre de Rodríguez Casado, cerrada en septiembre del 2000, manejó entre depósitos y créditos 66 millones 622 mil 292 pesos en los primeros nueve meses de la fundación y cuando Fernández todavía era presidente de la nación. En algunas fechas los depósitos fueron multimillonarios: 11 millones 200 mil el 15 de junio, 15 cheques de un millón cada uno el 19 de junio, y un depósito de 7 millones de pesos el 15 de agosto, último día del gobierno 96-2000, mediante un cheque de administración comprado con dinero en efectivo.

Pesada carga para la Fiscal.  La querella con 104 “elementos de prueba” presentada a la procuradora fiscal del Distrito Nacional el 24 de enero constituye una carga muy pesada que podría poner  en juego la tranquilidad y hasta la carrera de la joven abogada Yeni Berenice Reynoso, traída a la capital tras acumular prestigio en la fiscalía de Santiago. La generalidad de los observadores cree que es un peso demasiado grande por los poderes que concentra el expresidente Fernández, especialmente en las altas cortes. Aunque no faltan quienes esperan que ella se constituya en una especie de Baltasar Garzón, el juez español que ganó prestigio mundial con atrevidas acciones judiciales.

El 5 de enero Moreno y sus abogados adicionaron un documento amparados en el Código procesal Penal señalando una serie de diligencias que la fiscalía debería realizar ante instituciones financieras públicas y privadas para investigar los cargos que formulan al expresidente y su fundación. También las cuentas de las personas que manejaron recursos de Funglode.

Piden centrar indagaciones sobre las declaraciones juradas ante la Dirección General de Impuestos Internos que debió hacer la fundación a partir del 2005 cuando entró en vigencia la Ley 122-05 sobre entidades sin fines de lucro y que obliga a transparentar cada año los ingresos y egresos de las mismas. Solicitan identificar nombres y montos de los donantes, empresas o personas.

Los cargos específicos.   Los cargos presentados en la querella incluyen la violación al artículo 146 de la Constitución que sanciona la corrupción y penaliza a quien “prevaliéndose de sus posiciones dentro de los órganos y organismos del Estado, sus dependencias o instituciones autónomas, obtenga para sí o para terceros provecho económico”. Así como a quien “proporcione ventajas a sus asociados, familiares, allegados, amigos o relacionados”.

También imputan delitos establecidos en el Código Penal como concusiones de funcionarios públicos, de funcionarios mezclados en asuntos incompatibles con su calidad, violación a la ley que castiga el lavado e incremento patrimonial derivado de actividades ilícitas, y los crímenes de prevaricación y perjurio.

Es obvio que no resulta fácil comprobar ni condenar tantos y tan graves cargos y menos a un líder político, con amplia defensa, pero la documentación es tan pesada y abundante que en cualquier democracia siquiera de mediana intensidad produciría un gran escándalo político. Por lo menos obliga a una minuciosa y extensa investigación a no ser que se le pretenda despachar políticamente.-

Muchas operaciones turbias

La querella de Moreno, sustentada por tres brillantes jóvenes abogados, Cristóbal Rodríguez, Carlos Moisés Almonte y Jorge Luis Polanco Rodríguez, muestra numerosas operaciones trianguladas de cuentas. Por ejemplo para la construcción y equipamiento del edificio de Funglode de la cuenta Marilis-Luisa se destinan al menos 15 millones de pesos a Promociones Madeira SA, pero los cheques eran depositados en una cuenta a nombre de Maritza López y/o José Abréu, funcionarios y aliados políticos de los gobiernos de Fernández. De aquí se documentan cuatro pagos entre febrero y septiembre del 2002 para equipos y cubicaciones de la fundación que totalizan 4 millones 474 mil pesos.

La querella ejemplifica cargos a LF como propiciar compañías e interpósitas personas como “empresarios” para captar recursos y ponerlos a su disposición a través de Funglode, lo que consideran incompatible con la función pública y violatorio de la ley; prestadores de servicios al Estado hacían contribuciones; entidades públicas convertidas en clientes y patrocinadores de la fundación. Se citan cheques con montos de cientos de miles de pesos de instituciones como el Banco Central, Indotel y varios ministerios para patrocinar cursos, seminarios, cenas y fiestas de la fundación.

Una extensa documentación se refiere al patrocinio de Funglode por diez empresas cuya propiedad se atribuye al actual senador Félix Bautista, íntimo colaborador de LF, quien dirigiera la poderosa Oficina de Ingenieros Supervisores de  Obras del Estado entre el 2000 y 2010. Según la instancia de Moreno sólo en el 2001 esas contribuciones totalizaron alrededor de 45 millones  de pesos, con citas y facsímiles de dos bancos. Documentan transferencias de diversas empresas contratistas del Estado por sumas de cientos de miles de dólares y millones de pesos.