Por Juan Bolívar Díaz
El artículo 49 de la Constitución de la República establece que el Presidente de la República se elige por voto directo, lo que hace inválida la sumatoria de sufragios
Ante la manifiesta incapacidad para ponerse de acuerdo, importantes sectores del Partido Revolucionario Dominicano (PRD) consideran la posibilidad de reproducir la antidemocrática “ley de lemas”, oriunda de Uruguay, que les permitiría postular múltiples candidatos a la presidencia, pero que choca con el principio constitucional del voto directo.
Confirmando pronósticos, los líderes perredeístas prolongaron hasta el 2004 su enfrentamiento por la candidatura presidencial y las perspectivas no apuntan a una rápida solución, sino más bien a progresiva complicación en medio de un panorama económico y político dramáticamente adverso.
La agonía del perredeísmo se prolonga indefinidamente y sus recursos legales ya traspasan el marco de la Junta Central Electoral para llegar a los tribunales ordinarios y posiblemente hasta la Suprema Corte de Justicia, en tanto el tiempo transcurre inexorable a cuatro meses y medio de las elecciones presidenciales.
¿Una tabla de salvación?
La llegada del año nuevo no trajo la armonía a los ámbitos del perredeismo. Por el contrario, los diarios del último día del 2003 daban cuenta de que los tres precandidatos aliados (Milagros Ortiz Bosch, Rafael Suberví Bonilla y Emmanuel Esquea Guerrero) habían apelado a una cámara civil para que ordene la suspensión de los trabajos organizativos de la votación primaria convocada para el 18 de enero.
El trío también elevaba el tono jurídico de su cuestionamiento a la Cámara Contenciosa de la Junta Central Electoral a la que acusaron de haberse parcializado con un dictamen que en vez de propender a la unidad de su partido, lo condena a la división y por haberse sobrepasado al ordenar reabrir la inscripción de precandidatos para la convención perredeísta, algo que ninguna de las partes le había solicitado.
Cuestionada por tres de los cuatro precandidatos que la escogieron “de consenso”, la comisión organizadora parecía dispuesta a seguir adelante con la preparación de la primaria, aunque entre varios de sus miembros y miembras cundía la convicción de que será otro ejercicio inútil que sólo servirá para profundizar la crisis.
Entre integrantes de esa comisión y hasta en el propio Proyecto Presidencial Hipólito (PPH) existe la convicción de que esa votación no agregará mucha legitimidad a la candidatura del presidente Mejía, aún cuando a última hora pueda inscribir un competidor comodín. Manos aún con la oposición militante de los tres aliados.
Es en ese marco que emerge la fórmula uruguaya, reproducida en Argentina y Honduras, originalmente llamada ley de lemas. El diputado Elías Sarraf anunció en el Congreso su disposición a someter un proyecto de ley para consagrar la posibilidad de que cada partido reconocido puede presentar múltiples candidatos presidenciales.
De inmediato Eligio Jáquez, el coordinador del PPH, adelantó su simpatía con la idea que el último día del 2003 estuvo bajo consideración en altos niveles partidarios, aparentemente propulsada por miembros de la misma comisión organizadora de la convención, convencidos de que es el único camino que podría impedir la disección del buey blanco.
La fórmula podría ser aceptable para el grupo de los tres, ya que ellos la promovieron e instituyeron para la elección del candidato perredeísta. Ortiz, Suberví y Esquea fueron aliados y sus votos se sumarían para atribuírselos todos al que entre ellos hubiese obtenido la mayor cantidad.
Sería inconstitucional
Sin embargo, la fórmula que dentro de un partido puede ser válida, previo acuerdo entre las partes, puede ser atacada e invalidada a nivel nacional por opositores que en este caso tendrían argumentos para considerarla inconstitucional. También iría contra aspectos esenciales de la democracia y en vez de promover la unidad de los partidos, la socava a mediano y largo plazo.
La idea es recurrente desde hace varios años en el país siempre que el PRD ha tenido que escoger candidato presidencial, lo que casi nunca ha sido fácil. Ahora se argumenta que beneficiaría también al Partido Reformista Social Cristiano (PRSC), el cual también podría llevar más de un candidato “y salvar su unidad en peligro”. De paso los promotores esperan que esto garantice que los diputados reformistas sumen sus votos a los perredeístas para la aprobación de la ley.
Pero el asunto es más complicado. El problema fundamental es que la sumatoria de votos no puede ejecutarse sin reformar la Constitución de la República, lo que implica mayores dificultades, ya que perredeístas y reformistas no suman los dos tercios precisos para las reformas constitucionales. Se cuenta por adelantado con una férrea oposición del PLD, de la opinión pública y la sociedad civil a una nueva reforma constitucional por puros intereses partidarios y ya en medio del proceso electoral.
Hábil, el presidente del Senado, Jesús Vásquez Martínez, se adelantó a expresar su oposición a una reforma constitucional en las actuales circunstancias, aunque sin descartar que la sumatoria se consagre por ley.
El artículo 49 de la constitución de la República es preciso al instituir que “El Poder Ejecutivo se ejerce por el Presidente de la República, quien será elegido cada cuatro años por voto directo…”
La sumatoria de sufragios por partidos implica votos indirectos. Por ejemplo, un ciudadano o ciudadana puede tener problemas de conciencia para votar por el candidato 1 de su partido y lo hace por el 2, pero su sufragio puede serle cargado al que él rechazaba.
Es obvio que cualquier interesado podría llevar el caso a la Suprema Corte de Justicia para que declare inconstitucional que su voto pueda ser transferido a otro candidato, aunque sea del partido por el que votó. Peor aún si no es miembro de esa agrupación política. Y hay cientos de miles que votan sin ser miembros de los partidos.
Implicaciones antidemocráticas
Son varias las implicaciones antidemocráticas del proyecto de marras. Comenzando por el hecho de que sería una ley con nombres propios, para resolver los problemas internos de dos grupos particulares, aunque sean grandes. Más aún cuando uno de los partidos mayores, y el que en el último año encabeza las encuestas, el PLD, ya escogió su candidato presidencial con las normas vigentes.
Se argumenta que la ley de lemas dio resultado en Uruguay y Argentina, pero nadie puede decir que haya contribuido a mejorar la calidad de la democracia de esos países. Tiene implicaciones poco democráticas, como el hecho de que puede resultar electo un candidato que recibiera una minoría de los votos.
Si se asume que el PRD lleve tres o cuatro candidatos, podría darse el caso de que el más votado reciba un 25 por ciento del sufragio. El segundo un 15, el tercero 6y el cuarto un 5. La sumatoria, 51, daría por electo en primera vuelta al candidato número 1. Pero el candidato del PLD, unido, fruto de un mejor ejercicio democrático, consigue un 45 por ciento de la votación. Se habría elegido a un presidente por el que sólo un 25 por ciento de la población sufragó, y perdería aquel que obtuvo casi el doble.
Argumentos para oposición hay de sobra, y hasta para el recurso de inconstitucionalidad. Lo que implica una gran debilidad para la fórmula de la sumatoria de votos con múltiples candidatos por partido. Eso en nada beneficiará al PRD en las actuales circunstancias, al menos de cara a la opinión pública que lo vería sumando un remiendo antidemocrático a su propia incapacidad para el ejercicio de la democracia.
Y aún cuando el ejercicio del poder y la sumatoria de intereses de dos partidos pueda dar paso a la fórmula, consumiría buena parte de los próximos meses en debates que sólo reflejarían la debilidad de los proponentes. Y sometería a otra institución, la Suprema Corte de Justicia, a la obligación de pronunciarse sobre un asunto de tantas implicaciones partidarias.
Solución muy coyuntural
La sumatoria de votos podría “resolver”, más bien aplazar, las divisiones en el PRD y el PRSC, pero no las resuelve. En cualquier caso se trataría de una solución meramente coyuntural, y a mediano y largo plazo en vez de promover la unidad y fortaleza de los partidos, los debilitaría y fragmentaría, al consagrar el principio de que nadie pierde en las elecciones internas. En nada ayudaría a la unidad el que dos o tres, o no se sabe cuantos, candidatos de un mismo partido salgan a promoverse cada uno con su propio aparato propagandístico. ¿No sería legalizar la división?
Se elevaría notablemente el costo de las campañas electorales y habría que legislar para determinar cómo se distribuiría el financiamiento público a los partidos en las campañas de múltiples candidatos.
El asunto obligaría también a revisar numerosos artículos de la ley electoral vigente, como los que establecen que los dos candidatos más votados irían a una segunda vuelta. ¿Aún si fueren del mismo partido, como podría ocurrir?
Complicaría también las boletas electorales y la elección por parte de la ciudadanía menos instruida. Y lo mismo ocurriría con el cómputo y procesamiento de los resultados. La fragmentación induciría también el desinterés de la ciudadanía por las elecciones.
Por demás la reforma en consideración conspiraría contra la promoción de una cultura democrática. El que no puede perder dentro de su partido, tenderá con más razón a arrebatar afuera.
Los perredeístas deberían buscarse una solución más decorosa a sus interminables enfrentamientos y ambiciones. O resignarse a salir del Palacio Nacional el próximo 16 de agosto.-