Procede ahora la Ley de Partidos

Por Juan Bolívar Díaz

Ahora que la Asamblea Nacional ha concluido la aprobación de la nueva Constitución de la República es imperativo que las cámaras legislativas se aboquen a aprobar el Proyecto de Ley de Partidos y Agrupaciones Políticas que se viene consensuando desde hace diez años y que ya fuera aprobado por los diputados en agosto pasado al finalizar la anterior legislatura.

Se trata, además, de uno de los compromisos asumidos por el presidente Leonel Fernández y su Partido de la Liberación Dominicana y por el presidente del Partido Revolucionario Dominicano, Miguel Vargas Maldonado, en las concertaciones que facilitaron la aprobación de la nueva carta magna, que involucraron a una decena de comisionados de ambas instituciones políticas.

Vargas Maldonado recordó el compromiso el pasado miércoles, considerando que esa ley, al igual que la nueva Constitución, “debe servir de impulso a la democratización y al fortalecimiento institucional del país”.

Justamente en menos de una semana tanto el presidente de la Junta Central Electoral (JCE), como el presidente de su Cámara Administrativa, doctores Julio César Castaños y Roberto Rosario, insistieron sobre la necesidad de reglamentar las campañas electorales para establecer límites que preserven los valores democráticos.

El doctor Rosario recordó los esfuerzos que hizo la Cámara Administrativa el año antes de las últimas elecciones para reglamentar tanto la extensión, propaganda  y el gasto de las campañas electorales como las finanzas de los partidos. Castaños fue más específico al plantear que tan pronto proclamen la nueva Constitución ese organismo se abocará a reglamentar las campañas electorales, con límites a su duración, al gasto de partidos y candidatos y a la propaganda, en base a “los principios de equidad, libertad y transparencia” que indica el numeral 4 del artículo 262 de la nueva carta magna.

Durante años ha habido amplio consenso en la sociedad dominicana sobre la necesidad de reglamentar el accionar político partidista y las campañas electorales para preservar los principios democráticos y dar transparencia a esas fundamentales actividades humanas. Ello es más urgente en vista de la inflación que se registra en el costo de las campañas electorales, aún para obtener una nominación para regidor. Más necesario cuando  se dan regresiones como la de aumentar el poder de las cúpulas directivas de los partidos en la elección de los candidatos, que el proyecto de Ley de Partidos preconiza como derecho de los militantes, excepto un pequeño porcentaje para facilitar alianzas.

La aprobación de la Ley de Partidos debe adelantarse a la reglamentación de la JCE, porque tendría mayor legitimidad y porque ya hay amplio consenso partidista y social y un compromiso de las dos fuerzas políticas predominantes. Aunque es obvio que ya el capítulo referente a las elecciones primarias de los partidos, con las correcciones correspondientes, no podrá ser aplicado en esta oportunidad, todavía hay tiempo para dar vigencia a otros aspectos como el funcionamiento de los partidos y las campañas electorales nacionales.

Vale recordar que el proyecto de Ley de Partidos plantea avances fundamentales como la opción de votar separado el senador de los diputados, que debería extenderse al síndico de los regidores. Así mismo garantiza el derecho a encuestas, sondeos y conteos rápidos con la única limitación de que no se publiquen dentro del horario de votación.

El proyecto contiene amplias normativas sobre las campañas electorales y los límites de los organismos del Estado durante las mismas, otorga facultades a la JCE para establecer topes de gastos e instituye normativas para la transparencia del financiamiento y el gasto de partidos y candidatos. Con las correspondientes sanciones para las violaciones, independientemente de las que correspondan al código penal.

La salud democrática de la nación y la preservación de sus  instituciones políticas demandan la rápida aprobación de la Ley de Partidos y Agrupaciones Políticas. Desde luego, para darle cumplimiento.