Por Juan Bolívar Díaz
Genera rechazo el proyecto de ley del Ejecutivo para normar las entidades sin fines de lucro que contradice otro de consenso entre funcionarios públicos y dirigentes sociales
El proyecto de modificación a la ley 520, sobre instituciones sin fines de lucro, sometido al Senado por el Presidente Hipólito Mejía abre un nuevo enfrentamiento con las entidades más activas de la sociedad civil que promueven otro más completo y de consenso con numerosos organismos gubernamentales en un escenario creado hace 2 años por decreto del mismo mandatario.
La decisión del Poder Ejecutivo ha causado sorpresa hasta en funcionarios gubernamentales mientras líderes sociales consideran que se trata de una nueva burla a un organismo de participación creado por el actual gobierno, como lo es el Consejo Nacional de Seguimiento de Asociaciones Sin Fines de Lucro.
Lo peor es que el proyecto peca de superficialidad e improvisación y cae en desaguisados como el de autorizar la disolución de cualquier institución sin fines de lucro por simple mayoría de socios, que podrán repartirse su patrimonio como si se tratara de una empresa comercial, lo que reduciría la cooperación internacional con estas organizaciones.
Un proyecto peligroso
No es solo que el Poder Ejecutivo haya dejado de lado el consenso gobierno-sociedad civil para reintroducir otro proyecto de ley que nadie discutió previamente. Es que además, la versión que reposa en el Senado contiene disposiciones que podrían causar graves prejuicios a las instituciones sociales que reciben financiamiento de organismos internacionales.
El más fuerte reparo a la pieza legislativa se refiere al artículo 12 donde se plantea que “una asociación incorporada puede disolverse por voluntad expresa de la mayoría de los socios” mediante solicitud dirigida al Juez del Tribunal de Comercio correspondiente, quien nombrará dos o tres liquidadores para vender en pública subasta los bienes de la misma “y las sumas obtenidas serán divididas entre los socios a quienes coreresponda este derecho según los estatutos”.
Más fácil aún; en un segundo párrafo del artículo indicado se establece que el tribunal puede prescindir de la subasta “en caso de que todos los socios convinieren en el reparto de la propiedad”.
A diversos dirigentes sociales ha resultado extraña esta homologación de las entidades sin fines de lucro con las empresas. Se advierte que este artículo podría dar pie a la formación de entidades que el objeto de perseguir financiamiento y donaciones para luego liquidarla y repartirse fondos destinados no a socios ni accionistas, sino a específicos proyectos sociales.
Se estima que una buena proporción de las más de 10 mil entidades sin fines de lucro que existen, son de una persona o grupo familiar, o de varios amigos. Muchas de ellas, incluídas las de legisladores y políticos, deben su patrimonio al financiamiento estatal. Permitir su reparto por liquidación de la entidad es autorizar un desvío de los recursos públicos.
De aprobarse tal “facilidad”, muchas instituciones internacionales serían más exigentes y renuentes a financiar proyectos sociales dominicanos, por temor a que sus recursos vayan a parar a manos de vividores, lo que reduciría una fuente importante de ingreso que ha hecho posible el trabajo de instituciones como Profamilia, la Asociación de Rehabilitación o la fundación Dominicana de Desarrollo, para solo citar tres.
Dirigentes de las entidades sociales involucradas en la promoción de la reforma a la ley 520 salieron la semana pasada a los programas de radio y televisión a denunciar el proyecto. Objetan también el artículo 13 que faculta al Procurador General de la República a disolver cualquier entidad social que “se dedique a un fin ilícito o no realice el fin para el cual fue instituida”.
Este precepto podría ser utilizado para desmembrar entidades sociales contestatarias de las autoridades. El proyecto tiene disposiciones retroactivas como la de que todas las sociedades actualmente organizadas tendrán que obtener una resolución de incorporación de la Procuraduría General. En otras palabras que se anulan todas las incorporaciones ya dictadas por el Poder Ejecutivo.
Importantes diferencias
El anteproyecto consensuado contiene numerosos aspectos que son pasados por alto en el proyecto del Poder Ejecutivo. El primero es un compendio abarcador de 54 artículos, el segundo de 18. Este mantiene aspectos primitivos que podrían regir en 1920 cuando bajo la ocupación norteamericana se promulgó la ley 520 que rige las instituciones sociales. Como los sistemas de registro y cuentas, ahora casi todos computarizados.
El proyecto oficial, a diferencia del otro, no clasifica la diversidad de asociaciones sin fines de lucro, que las hay gremiales y profesionales, de servicios y técnicas, de beneficio público o beneficio mutuo y mixtas, así como interasociativas y territoriales, religiosas, deportivas o clubísticas.
Tampoco instituye un organismo para dar seguimiento y fomentar las actividades sociales, ni establece beneficios fiscales, ni se refiere a políticas públicas, habilitación y acreditación de ese tipo de entidades. No promueve la democracia participativa ni fomenta la transparencia en las asignaciones de recursos del presupuesto como hace el proyecto original.
Ambos proyectos derivan hacia la Procuraduría General de la República la facultad para incorporar entidades sin fines de lucro, pero el consensuado lo extiende a las procuradurías generales de las cortes de apelación, para descentralizarla y facilitar las gestiones de incorporación a los residentes en el interior del país.
Para la elaboración del proyecto consensuado se tomaron en cuenta y las normativas establecidas en otras naciones. Así mismo se partió de 5 propuestas que ya antes habían sido formuladas, incluyendo una del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo. Otra de la Alianza ONG y hasta el proyecto de código de ordenamiento de mercado de la Secretaría de Industria y Comercio. También el proyecto de ley al respecto del diputado Pelegrín Castillo y la propuesta de ley marco para las entidades sociales, elaborada por la doctora Tirsis Quezada.
Ruptura de otro consenso
Dirigentes del Instituto Tecnológico Dominicano, del Centro Juan Montalvo, Colectiva Mujer y Salud, la Fundación Solidaridad y el Foro ciudadano, que han promovido el proyecto de consenso, todavía mantienen esperanzas de que sea éste el aprobado y de que el Poder Ejecutivo retire el otro.
Al respecto realizaban gestiones ante los legisladores y buscaban la movilización de los representantes de los organismos del Estado que participaron en la elaboración del anteproyecto de ley consensuado.
Pero mientras tanto el paso del Poder Ejecutivo implica el desconocimiento de otra instancia creada por decreto del mismo presidente Mejía, en este caso el 407-01 que constituyó el Consejo Nacional de Seguimiento de Asociaciones Sin Fines de Lucro.
Recuerda la suerte corrida por el proyecto de reforma constitucional ordenado también por decreto presidencial del 2001 y que fue objeto de un amplio consenso entre organizaciones políticas, estatales y de la sociedad civil, para luego quedar como simple material de referencia.
El Anteproyecto de Ley para el Establecimiento del Marco Legal de las Asociaciones sin Fines de Lucro en la RD tuvo origen en diversas consultorías realizadas por el Programa de Fortalecimiento de las Organizaciones de la Sociedad Civil auspiciado por el Banco Interamericano de Desarrollo en los últimos cuatro años.
El proceso de su elaboración se inició en el año 1999. Se celebraron encuentros regionales e intersectoriales para determinar sus alcances. Desde el primer borrador se han producido numerosas modificaciones por sugerencias de líderes sociales y legisladores, después de múltiples encuentros de concertación.
Fue sometido al Congreso Nacional por primera vez en el año 2000. Enviado a una comisión especial de la Cámara de Diputados, nunca se evacuó el informe correspondiente y allí perimió. No tuvo mejor suerte cuando fue reintroducido en el 2002 por la misma presidenta de la cámara Rafaela Alburquerque y Pelegrín Castillo. En una tercera ocasión, el mismo año, correspondió reintroducirlo a la diputada Licelot Marte de Barrios. Una legislatura extraordinaria volvió a liquidarlo.
Los promotores recuerdan que en marzo del 2001 hicieron una presentación formal del anteproyecto al presidente Mejía, lo que originó el decreto que creó el Consejo Nacional de Seguimiento de Asociaciones sin Fines de Lucro.
En diciembre del 2002, durante un encuentro convocado por el nuevo organismo se conoció el proyecto de ley. Más tarde, en marzo del 2003, otra reunión convocada por el presidente del Consejo, Rafael Calderón, volvió a avalar el proyecto, y se pidió a los organismos del Estado que tuvieran propuestas de modificación que las remitieran para proceder a solicitar al Presidente su reintroducción al Congreso Nacional.
En el proceso participaron además, de la secretaría Técnica de la Presidencia, la Oficina Nacional de Planificación, la Procuraduría General, Tesorería Nacional, Dirección General de Presupuesto y otros organismos públicos.
| Como no se conocieron objeciones, todos creían que había un amplio consenso sobre la validez del anteproyecto, hasta que el Poder Ejecutivo, sin previo aviso ni cesantía, remitió su improvisado proyecto al Senado en Septiembre pasado. Y una vez más las promesas de “gobierno compartido” y participación social parecen quedar en los papeles del recuerdo.-